Nación
Ordenan devolver a usuarios de Montería cobros no autorizados en tarifas de aseo
La SuperServicios identificó que entre julio de 2017 y abril de 2021 la empresa Urbaser incluyó cobros no autorizados en el Incentivo a la Regionalización.
La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios identificó cobros no autorizados en las tarifas aplicadas por la Empresa del Servicio de Aseo de Montería (Urbaser) entre julio de 2017 y abril de 2021, que deberán ser devueltos a los usuarios de la compañía.
De acuerdo con el control tarifario realizado por la Dirección Técnica de Gestión de Aseo de la SuperServicios, se evidenció que Urbaser aplicó de manera incorrecta la metodología tarifaria expedida por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA).
Entre julio de 2017 y abril de 2021 la empresa incluyó cobros no autorizados en el Incentivo a la Regionalización, que impacta el costo de disposición final de los prestadores que atienden los municipios de Ayapel, Buenavista, Lorica, Montelíbano, Moñitos, Planeta Rica, Canalete, Cotorra, Los Córdobas, Pueblo Nuevo, Puerto Escondido, Tierralta, Valencia, San Antero, Puerto Libertador, Momil, San Andrés de Sotavento y La Apartada, en el departamento de Córdoba, y el municipio de Caimito en Sucre, que disponen en el relleno sanitario Loma Grande.
El director técnico de Gestión de Aseo de la SuperServicios, Armando Ojeda Acosta, indicó que “el control tarifario y la identificación de esos cobros a devolver por Urbaser son resultado de los compromisos adquiridos con los usuarios ante las quejas e inquietudes presentadas en un ejercicio de participación ciudadana desarrollado en el 2021 en Montería”.
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Además, aseguró que los resultados del análisis de las tarifas aplicadas fueron presentados al prestador Urbaser, que deberá hacer un cronograma de los recursos que debe devolver y a los que tienen derecho los usuarios afectados. La devolución se realizará vía tarifa en la factura.
Así mismo, la superintendencia identificó presuntos errores de cálculo en el valor base de remuneración de la actividad de aprovechamiento, durante el mismo periodo de evaluación, situación que debe ser aclarada y soportada por Urbaser. Para los demás componentes de la tarifa del servicio público de aseo no se evidenciaron valores que superen los máximos permitidos por la metodología tarifaria.
La SuperServicios afirmó que seguirá efectuando un seguimiento a este caso para garantizar la efectiva devolución de los recursos a los suscriptores del servicio público de aseo, a través de los prestadores de aquellos municipios que disponen en el relleno sanitario Loma Grande, diferentes a Montería.
Multan a empresas de acueducto por cobros no autorizados a usuarios
La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios sancionó a la Sociedad de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Barranquilla (Triple A), al Acueducto Metropolitano de Bucaramanga y a las empresas de servicios públicos de acueducto de Chaparral y de Natagaima, en el Tolima, al evidenciar cobros no autorizados en la facturación de los servicios durante la cuarentena declarada por la pandemia de la covid-19 en el 2020.
De acuerdo con la SuperServicios, Triple A incumplió la obligación de medir las cantidades de residuos sólidos a los suscriptores con aforo permanente del servicio público de aseo en el municipio de Puerto Colombia, Atlántico, entre febrero y julio de 2020.
Esta situación afectó el derecho de los usuarios a la medición y cobro del servicio, de acuerdo con la producción real de residuos sólidos, por lo que Triple A deberá pagar 653 millones de pesos como sanción.
Por su parte, el prestador de acueducto de Bucaramanga fue multado con 478 millones de pesos por emitir facturación con base en medición por promedio, sin acreditarse imposibilidad o excepción alguna que la justificara en periodos bimestrales de marzo-abril y abril-mayo de 2020.
La sanción por 59 millones de pesos al prestador de acueducto de Chaparral se impuso por emitir facturación sin cumplir algunos requisitos legales establecidos en la ley, mientras que la multa de 30 millones de pesos a la Empresa de Acueducto de Natagaima se ordenó al comprobarse que facturó por promedio a los usuarios durante el mes de abril de 2020, sin acreditar imposibilidad alguna para hacer la lectura de los medidores.
La superintendente Natasha Avendaño García aseguró que “estas sanciones, que suman en conjunto más de 1.220 millones de pesos, son resultado de investigaciones iniciadas por la SuperServicios ante denuncias y reclamos de los usuarios de los servicios públicos por presuntos cobros no autorizados en la época del aislamiento obligatorio por la pandemia en el año 2020″.