La PTAR Salitre limpiará 30 por ciento de aguas residuales de Bogotá, de la calle 26 a la 222.
La PTAR Salitre limpiará 30 por ciento de aguas residuales de Bogotá, de la calle 26 a la 222. | Foto: esteban vega la-rotta - semana

Bogotá

“Órdenes del Tribunal de Cundinamarca sobre la Ptar Salitre podrían generar detrimento”: Contraloría

Así lo sustentó el órgano de control ante el Consejo de Estado.

9 de agosto de 2022

La Contraloría de Bogotá intervino ante el Consejo de Estado advirtiendo sobre la posibilidad de que se genere un detrimento en los recursos del Distrito en virtud de las órdenes impartidas por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca en el caso de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Ptar Salitre.

El ente de control de la capital pidió que los argumentos de este nuevo escrito sean tenidos en cuenta dentro de la apelación que está resolviéndose sobre las medidas cautelares que impuso en su momento el Tribunal Administrativo de Cundinamarca en la sentencia del año 2014 (conocida como Sentencia del río Bogotá) en la que se argumentó la protección de los derechos colectivos relacionados con el agua y el goce de un ambiente sano, entre otros.

En el documento dirigido al magistrado Oswaldo Giraldo, de la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, la Contraloría de Bogotá invocó los derechos colectivos al patrimonio público y la moralidad administrativa, tras pedir que se analice el alcance de las órdenes impartidas por el juez popular (Tribunal Administrativo de Cundinamarca), órdenes que podrían producir detrimento de los recursos públicos de la ciudad.

Así las cosas, la Contraloría de Bogotá le solicitó al Consejo de Estado delimitar o establecer el alcance de las decisiones adoptadas por el Tribunal, tras señalar que la Procuraduría General y el Banco Mundial han resaltado múltiples situaciones posiblemente constitutivas de incumplimiento contractual de parte del concesionario Consorcio Expansión Ptar Salitre (CEPS), lo que impone revisar con suficiente rigor el estado real respecto al cumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista, de manera previa a autorizar nuevos pagos a su favor.

En esencia, la Contraloría de Bogotá pidió que dentro del análisis de los recursos interpuestos por la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá y por el Ministerio Público, se evalúe el alcance de las órdenes impartidas por el Tribunal, de tal manera que sean tenidas en cuenta las diferentes situaciones expuestas ante la posible afectación del patrimonio de los bogotanos, pero además que se garantice que la Ptar El Salitre sea entregada por el contratista bajo las condiciones de funcionalidad y operación pactadas en el contrato.

Cabe recordar que en diciembre del año pasado, la magistrada Nelly Villamizar del Tribunal Administrativo de Cundinamarca emitió un nuevo fallo ordenando al Acueducto de Bogotá a que entrara a operar la Ptar y pidiéndole a la CAR Cundinamarca el pago de los porcentajes de obras ejecutados por el Consorcio Ceps, pago al que en su momento el director de la CAR, Luis Fernando Sanabria, se comprometió a cumplir.

No obstante, pasados siete meses de la orden judicial, la CAR aún no ha procedido a efectuar el pago que le corresponde a CEPS por alrededor de 150.000 millones de pesos, por lo que la magistrada Villamizar procedió a emitir un nuevo auto el pasado 14 de julio, ordenando el pago inmediato al contratista.

Ante este nuevo fallo, la Procuraduría General de la Nación le pidió a la magistrada revocar la decisión por ser manifestamente lesivo al proceso judicial y al advertir las graves consecuencias que traería la cancelación de ese pago.

De acuerdo con la Procuraduría, hay múltiples informes presentados por la EAAB, por el Consorcio Interventor IVK y por el mismo Banco Mundial, relacionados con importantes defectos, daños y averías de la Ptar Salitre fase II, los cuales no han sido controvertidos, desmentidos ni allegado prueba en contrario por el Consorcio CEPS, lo cual, según el Ministerio Público, “guiándonos con su manera de interpretar las normas y de apreciar las cosas, se deben tener por ciertos; situación que evidencia claramente que el contratista Ceps no ha cumplido con la principal obligación a su cargo”.

En ese sentido, la Procuraduría afirmó de manera tajante a la magistrada Villamizar lo siguiente: “Se evidencia, de manera clara y transparente, que la decisión tomada por su despacho, en este sentido, no se ajusta a las previsiones legales y que, contrario a lo pregonado, está poniendo en serio riesgo el Patrimonio Público, al insistir en el pago de un contrato cuyo objeto no se ha cumplido, y sobre el cual hay evidencia de incumplimiento, incluso por el mismo Banco Mundial”.