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Paro nacional: Corte Suprema pide a Gobierno y Fiscalía informe detallado de capturas e investigaciones sobre protestas

La solicitud la hace la sala civil del alto tribunal. Estas son las razones.

28 de mayo de 2021
Esmad
Portal Américas. Noche del día 24 de Paro Nacional en Colombia. PORTAL RESISTENCIA BOGOTÁ PRIMERA LINEA ESMAD FOTO: ESTEBAN VEGA LA-ROTTA 21 DE MAYO DE 2021 REVISTA SEMANA | Foto: Esteban Vega La-Rotta

La Sala Civil de la Corte Suprema acaba de ordenar al Gobierno nacional -Presidencia de la República y Ministerio de Defensa Nacional, “que en el término de quince (15) días, informe lo siguiente respecto de los hechos ocurridos en la jornada de protestas ocurridas desde el 19 de noviembre del 2019, incluido el 28 de abril de 2021 hasta la fecha”.

Hace una semana, SEMANA había revelado en primicia el auto del Tribunal Superior de Bogotá en el que la decisión es remitir o abrir incidente de desacato por el uso de los protocolos del Esmad en medio de las protestas.

El pronunciamiento lo hace la sala civil señalando que se debe entregar un reporte detallado sobre el avance de las “investigaciones penales y disciplinarias seguidas contra los miembros de la fuerza pública involucrados en delitos contra los manifestantes”.

Y además, estas, deberán “indicar, sin violar la reserva sumarial, si existe o no un plan metodológico que aborde esas investigaciones a partir de un contexto sistemático, generalizado y grave de abuso de la autoridad y violación de derechos humanos”.

En una decisión de toda la Sala Civil, se da un plazo de 15 días para que se explique el “procedimiento administrativo y de la metodología a través del cual se busque garantizar el esclarecimiento de acciones sobre el uso desproporcionado de la fuerza pública, así como de las órdenes de la cadena de mando”.

De igual manera, se pide el “calendario de reuniones presentes y futuras, con la agenda de cada una de ellas, relacionado con las actividades de la mesa de articulación de alto nivel entre la Procuradora, el Defensor del Pueblo, el Fiscal, el Director de la Policía Nacional, las víctimas y sus representantes, ciudadanía, organizaciones defensoras de derechos humanos, y organismos internacionales, donde se discutió la temática de la reestructuración de las directrices sobre el uso de la fuerza estatal en las manifestaciones pacíficas”.

En uno de los apartes del documento, el alto tribunal señala que es necesario evaluar la situación del compromiso actual del Gobierno Nacional y las autoridades locales y regionales sobre: la situación actual de las personas afectadas durante los actos de protesta en cada municipio y departamento y los riesgos existentes frente al incremento de la violencia como el vandalismo, bloqueos viales y el exceso desproporcionado del actuar del ESMAD y en general, de la Fuerza Pública.

Pero además, la infraestructura de atención y las instancias de coordinación con que cuenta cada entidad territorial para atender los reclamos y denuncias de las personas afectadas durante los actos de protesta; las especificidades de las personas afectadas por los actos de protesta, como el tipo de perjuicio y la respuesta institucional, prestando particular atención al enfoque de género, así como de los pueblos indígenas, la población afrocolombiana y los campesinos; las prioridades de atención a nivel territorial; entre otros temas “que han incidido negativamente en el compromiso de garantía al derecho a la protesta, así como de los mecanismos apropiados para introducir correctivos”.

Cabe recordar que esto también se dio por el contexto de las manifestaciones de septiembre de 2020, desde cuando se evidenció una problemática nacional de intervención sistemática, violenta, arbitraria y desproporcionada de la fuerza pública en las manifestaciones ciudadanas. Por eso, la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia les ordenó a las autoridades involucradas en el manejo de las movilizaciones sociales adoptar acciones para garantizar el ejercicio del derecho a la protesta pacífica y no destructiva. El desacato, según el tribunal, encargado de hacerle seguimiento a ese fallo del Superior, puntualmente en este caso de la sala civil de la Corte Suprema, se da por no seguir el protocolo establecido.

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