Nación

Paro nacional: La “peinada” del Tribunal a una concejal de Bogotá

El Tribunal de Bogotá le dijo a la concejal Heidy Sánchez que no puede hablar de vulneración de sus derechos, cuando no demostró estar en las protestas.

5 de julio de 2021
Protestas Madrid, Cundinamarca, Alcaldía de Madrid
Protestas Madrid, Cundinamarca, Alcaldía de Madrid | Foto: Cortesía: Alcaldía de Madrid

Lo primero que dijo el Tribunal de Bogotá, al negar la tutela de la concejal, es que resulta muy difícil dar trámite a su requerimiento porque los derechos que ella asegura fueron vulnerados por las actuaciones de la Policía y particularmente por el Esmad en el marco de la protesta pacífica, no se pudieron acreditar o peor, que ella, la concejal, no logró demostrar que hubiese participado de las movilizaciones en las que asegura fue víctima de los abusos de la fuerza pública.

“No demostró que haya estado presente en las movilizaciones y menos que haya resultado directamente ofendida con las actuaciones de la Policía Metropolitana, que tilda de arbitrarias, por lo que no concurren circunstancias de las que se desprenda que su garantía ha sido trasgredida”, dijo el Tribunal.

El Tribunal entiende que la concejal advierte una serie de hechos que pueden representar un riesgo para quienes participan de la protesta, sin embargo en la tutela relató acontecimientos ocurridos entre 2019 y 2020, situaciones que ya fueron objeto de debate de la Corte Suprema de Justicia y allí se tomaron algunas determinaciones, así que mal haría el Tribunal en volver a estudiar algo que ya hizo curso a cosa juzgada.

“Y si la interesada pretende que se examine el cumplimiento a ese fallo judicial deberá acudir al incidente de desacato, pero no por conducto de una nueva tutela”, advierten los magistrados del Tribunal.

Más grave aún, el Tribunal le dice a la concejal que ella hace referencia a hechos que no han sido confirmados, sobre el presunto uso de un colegio y un portal de Transmilenio para mantener detenidas a personas que participan de la protesta. Incluso que esos hechos son investigados por otras autoridades que preliminarmente advirtieron la falsedad de las denuncias.

“Se advierte que se trata de afirmaciones sobre hechos que no están plenamente demostrados y por ello no es viable determinar que se afectó la manifestación ciudadana pacífica y pública”, dice el Tribunal.

Luego los magistrado del Tribunal se ocuparon de la pertinencia o el procedimiento adecuado para acudir a la tutela en circunstancias que a su consideración, y en el caso de la concejal Heidy, no cumplieron el orden jurídico establecido en la ley y para la acción de tutela. Dice el Tribunal que la concejal pudo acudir a otras instancias y entidades para advertir su dicho, antes de llegar a la tutela, cuando insisten, no logró demostrar que sus derechos fueron vulnerados.

“Al parecer no ha hecho uso la aquí accionante, puesto que nada indica ni acredita que de esa forma haya ocurrido, pese a ser una vía idónea y expedita para plantear las inconformidades respecto al uso de la Fuerza Pública en las marchas”, sentencia el Tribunal.

Al responder y negar la acción de tutela, el Tribunal de Bogotá también hace un pronunciamiento importante respecto a la actuación de la Policía en el marco de la protesta. Dicen los magistrados que si bien el Estado debe proteger el derecho a la protesta, la Policía no puede quedarse inerte ante hechos de vandalismo que afecten los derechos de otros ciudadanos que no participan de la movilización.