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Paro nacional | Prohíben que Policía de Popayán use el dispositivo Venom, un lanzador de gases y aturdidoras
Un juez de Popayán falló una acción de tutela que le impide a la Policía usar ese dispositivo hasta tanto no haya un protocolo claro para su uso y así evitar hechos fatales con esta arma destinada a lanzar proyectiles en ráfaga.
La acción de tutela fue instaurada por dos personas que consideraron que el uso del dispositivo Venom, normalmente ubicado en la parte superior de las tanquetas del Escuadrón Móvil Antidisturbios, Esmad, atenta contra la seguridad y la vida de muchos ciudadanos. La tutela sale de algunas imágenes donde se observa cómo el Esmad usa ese dispositivo en el suelo incumpliendo las condiciones mínimas y legales. El resultado de esa tutela es que le prohíben a la Policía, por lo menos en Popayán, el uso del Venom.
Para el juzgado que en Popayán tomó la determinación, el uso de esos dispositivos –considerados de alto impacto– debe estar regulado, supervisado y bajo vigilancia. “Que una vez notificadas de la presente providencia, suspendan de manera inmediata el uso del lanzador múltiple eléctrico denominado Venom en la ciudad de Popayán, en cualquier espacio”, señala la decisión.
El Venom es un dispositivo que tiene la capacidad de lanzar en ráfaga bombas aturdidoras, gases lacrimógenos y los artefactos que normalmente usa el Escuadrón Móvil Antidisturbios para dispersar las manifestaciones y que se vio en varias partes del país, pero que en la ciudad de Popayán causó una serie de críticas por la forma en que se usó.
Para el juzgado es importante que la Policía, antes de usar nuevamente ese tipo de dispositivos, elabore un protocolo en el que quede clara la forma en que se debe utilizar. De acuerdo con los propios fabricantes, el dispositivo Venom debe estar en la parte superior de los vehículos y no en el suelo, todo para evitar que se dispare en forma directa contra los manifestantes, lo que puede ocasionar graves lesiones o afectaciones a la integridad física.
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Adicionalmente, el juzgado le ordena a la Policía capacitar a los uniformados, principalmente los que forman parte del Escuadrón Móvil Antidisturbios, en ese protocolo que previamente deben implementar. Esos uniformados deben estar acreditados para usar el dispositivo. “Como personas idóneas para la manipulación, uso y accionar del arma no letal en momentos que se requiera dispersar gran cantidad de personas en aras de restablecer el orden público”, señala el juzgado.
Al fallar la acción de tutela y prohibirle a la Policía utilizar el dispositivo Venom, la juez también le da instrucciones a la Alcaldía de Popayán para que, como primera autoridad del municipio, supervise y garantice que este dispositivo no se usará hasta tanto la Policía no cumpla con los protocolos para su implementación.
“Una vez cumplida la orden en los estrictos términos dados en esta providencia, el señor alcalde autorizará el levantamiento de la suspensión del uso del dispositivo Venom y podrá ser usado nuevamente”, se lee en la decisión.
Las órdenes no son solo para la Policía y la Alcaldía de Popayán. También la Personería municipal y la Procuraduría Regional, además de la Defensoría del Pueblo en el Cauca, tendrán que verificar que ese dispositivo no sea usado hasta que los protocolos y la vigilancia estén debidamente soportados por dichas autoridades.
“Una vez el alcalde de Popayán determine que se puede volver a usar el lanzador eléctrico Venom en la ciudad, deberán vigilar que se haga en la práctica un uso correcto del mismo, es decir, que se cumpla el protocolo expedido para su manejo y que los miembros de la Policía que lo manipulen acrediten su idoneidad”, advierte el juzgado.
El juzgado no elimina toda posibilidad para que la Policía pueda usar el dispositivo Venom en el futuro. Advierten que una vez se cumpla con estos protocolos, se capacite el personal y las entidades de control estén vigilando, podrá implementarse nuevamente su uso.