Judicial
Petro, pese a retractaciones, cuestiona decisiones de la justicia. Asegura que se le están vulnerando derechos de expresión y opinión
La Presidencia le bajó la caña al asunto y calificó las fuertes acusaciones de Petro como un “cruce de ideas” con sus contradictores.
SEMANA revela en exclusiva la insólita respuesta de la Presidencia de la República para tumbar el fallo que le ordenó a Gustavo Petro ofrecerle excusas públicas a todos aquellos a los que llamó “asesinos” por publicar menciones en las que se utilizó la frase ‘Fuera Petro’ a modo de protesta por sus políticas, reformas y escándalos de corrupción.
En el documento, enviado al Consejo de Estado, se pide declarar totalmente improcedente la acción de tutela, advirtiendo que va en contravía de los derechos a la libertad de expresión y opinión que tiene Petro no como Presidente de la República, sino como ciudadano colombiano.
El calificativo de “asesinos” emitido por Petro se trató, según Presidencia, de un “normal cruce de ideas” entre el Presidente y sus contradictores, lo cual hace parte de un ejercicio democrático y que está cada vez más presente por el uso de las redes.
Sin embargo, el hecho que se hubiera presentado una acción de tutela y avalado sus pretensiones representa, según el documento, una afectación de derechos fundamentales, pero para el presidente, asegura, no ha recibido la misma protección para expresarse y opinar.
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“Plantea preocupaciones sobre el equilibrio entre la libertad de expresión y la protección de otros derechos fundamentales. Aunque la acción de tutela se estableció como un medio esencial para proteger los derechos, su aplicación en conflictos políticos puede distorsionar la deliberación pública”, asevera.
La respuesta fue aprovechada para reiterar los cuestionamientos y críticas desde la Presidencia a las autoridades judiciales y los fallos que han emitido y que han tocado a Petro o a personas muy cercanas a su entorno.
“La judicialización de la política ha cobrado importancia, especialmente en el contexto de las declaraciones realizadas por servidores públicos de elección popular, incluyendo al Presidente de la República”, precisa la impugnación.
Como si fuera poco, consideran que la judicialización de la política mencionada únicamente cabe en casos de postdictaduras militares y procesos de transición a modelos democráticos, los cuales se han presentado en la segunda mitad del siglo XX en varios países del sur de América Latina.
En otra de las postulaciones de la respuesta presidencial, se asegura que pese a que se respeta la protección de los derechos fundamentales de quienes han expresado el ‘Fuera Petro’ en diferentes escenarios.
Pero, alegan, el jefe de Estado no ha recibido esta misma protección por parte de las autoridades encargadas de administrar e impartir justicia. Por lo que indican que no se ha medido con el mismo rasero y al Presidente se le ha puesto en desigualdad de condiciones en este debate.
En el fallo en cuestión se indica que “no otorga la misma protección al Presidente, y, por el contrario, niega que, en el contexto de la oposición, sus expresiones puedan ser catalogadas como chocantes o inadecuadas. Eso implica que la libertad de expresión del jede de Estado no goza del mismo resguardo ante las manifestaciones que, aunque polémicas, son parte del debate público y la deliberación democrática”.
Por esto, advierte que, en este caso, el Consejo de Estado le puso limitaciones a la libertad de expresión del mandatario, quien ha tenido que recibir todo tipo de mensajes en contra de su honra y buen nombre.
“La judicialización excesiva de la política y la aplicación desproporcionada de medidas como la acción de tutela no solo desvirtúan su propósito original, sino que también amenazan la dinámica de la discusión pública y la capacidad del Presidente para actuar y reaccionar ante la crítica”, señala.
Por esto, no dudaron en señalar que el fallo que ordenó la retractación pública afecta la “deliberación pública”, pese a los polémicos términos que se utilicen.
Finalmente, se asegura que en ningún momento el presidente Petro llamó “asesino” a una persona o grupo determinado, sino que se trató de una afirmación sin un destinatario claro.
“Las expresiones realizadas por el Presidente no se dirigieron a una población altamente vulnerable como los y las venezolanas en condición de movilidad humana”, ejemplifica la impugnación.
Si no que se trata de un dicho que es fácilmente enmarcable como de “carácter genérico” por lo que no se puede asegurar que “vulneran garantías fundamentales, dado que son indeterminadas y no señalaron a personas o grupos específicos de la población en el que se encuentran propensos a sufrir afectaciones a sus derechos fundamentales
En un claro ejemplo de la expresión ‘como digo una cosa, digo otra’, al final de la impugnación, la Presidencia asegura que el jefe de Estado ya se retractó por medio de su cuenta de X - antes Twitter - donde tiene 7,7 millones de seguidores.
“De manera autónoma y en respuesta a la noticia publicada por los medios de comunicación el 19 de septiembre de 2024, consideró necesario, como acto de compromiso con el pueblo y de respeto a los fallos judiciales, realizar la siguiente publicación en su cuenta oficial”.