CORONAVIRUS
Pico y cédula en Bogotá este lunes 12 de abril: así funcionará la medida en la capital
Como parte de las medidas para reducir el número de contagios de la covid-19, se mantiene la restricción del pico y cédula.
La Alcaldía de Bogotá decretó imponer nuevamente la medida de pico y cédula en la capital ante el aumento de contagios de coronavirus que se han dado en las últimas semanas.
En este sentido, se impuso nuevamente el pico y cédula en la capital, medida que se mantendrá vigente hasta el lunes 19 de abril.
La medida funciona con el mecanismo de pares e impares; los días impares podrán acceder a servicios y establecimientos las personas cuya cédula o documento de identidad termina en dígito par, mientras que en los días pares podrán acceder a estos servicios y establecimientos las personas cuya cédula o documento de identidad termina en dígito impar.
Muchos nos cuidamos y nos podemos cuidar en casa, otros no, por eso hoy salimos con la #TropaSocial para atender esa otra cara de la pandemia, la de la pobreza extrema que queda en la calle y no tiene en dónde quedarse, en dónde comer, vive de una pagadiario o del diario. pic.twitter.com/2vHVArf6eG
— Alcaldía de Bogotá (@Bogota) April 11, 2021
Para este lunes 12 de abril, las personas con cédulas de ciudadanía terminada en 0, 2, 4, 6, 8 no podrán acceder a establecimientos donde se realicen actividades tales como la adquisición y pago de bienes y servicios; compra de cualquier producto al detal y por mayor; de servicios bancarios, financieros, notariales y de atención al ciudadano en entidades públicas.
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De acuerdo a lo informado por la Alcaldía, las personas que incumplan con alguna de las medidas sanitarias interpuestas por la entidad y avaladas por el Gobierno nacional tendrán una multa de 936.000 pesos.
Excepciones
No obstante, la medida no aplicará en los siguientes casos:
1. Los servicios y trámites notariales, bancarios, financieros y administrativos que para su realización requieran la comparecencia simultánea de dos o más personas.
2. La persona que sirve de apoyo a adultos mayores, personas en condición de discapacidad o enfermos con tratamientos especiales que requieren acompañamiento para realizar actividades o trámites.
3. Al personal médico y demás vinculados con la prestación del servicio de salud debidamente identificados.
4. La distribución de los combustibles líquidos derivados del petróleo, de conformidad con lo previsto en el Decreto Nacional 1521 de 1998.
5. Las actividades realizadas en hoteles y servicios de hospedaje, los establecimientos de la industria gastronómica, los gimnasios, así como lugares recreativos, turísticos, religiosos y culturales de Bogotá, como parques, museos, cines, teatros, entre otros.
La medida se da luego de que la alcaldesa de Bogotá, Claudia López, informara que en la ciudad la situación epidemiológica presentó un incremento en los últimos días y “Bogotá pasó de alerta amarilla a Alerta Naranja”.
Pico y cédula hasta el 19 de abril
La medida se extenderá hasta el 19 de abril de la siguiente manera:
Martes 13 de abril de 2021
Cédulas terminadas en 1, 3, 5, 7, 9 no podrán acceder a establecimientos donde se realicen actividades tales como la adquisición y pago de bienes y servicios; compra de cualquier producto al detal y por mayor; de servicios bancarios, financieros, notariales y de atención al ciudadano en entidades públicas.
Miércoles 14 de abril de 2021
Cédulas terminadas en 0, 2, 4, 6, 8 no podrán acceder a establecimientos donde se realicen actividades tales como la adquisición y pago de bienes y servicios; compra de cualquier producto al detal y por mayor; de servicios bancarios, financieros, notariales y de atención al ciudadano en entidades públicas.
Jueves 15 de abril de 2021
Cédulas terminadas en 1, 3, 5, 7, 9 no podrán acceder a establecimientos donde se realicen actividades tales como la adquisición y pago de bienes y servicios; compra de cualquier producto al detal y por mayor; de servicios bancarios, financieros, notariales y de atención al ciudadano en entidades públicas.
Viernes 16 de abril de 2021
Cédulas terminadas en 0, 2, 4, 6, 8 no podrán acceder a establecimientos donde se realicen actividades tales como la adquisición y pago de bienes y servicios; compra de cualquier producto al detal y por mayor; de servicios bancarios, financieros, notariales y de atención al ciudadano en entidades públicas.
Sábado 17 de abril de 2021
Cédulas terminadas en 1, 3, 5, 7, 9 no podrán acceder a establecimientos donde se realicen actividades tales como la adquisición y pago de bienes y servicios; compra de cualquier producto al detal y por mayor; de servicios bancarios, financieros, notariales y de atención al ciudadano en entidades públicas.
Domingo 18 de abril de 2021
Cédulas terminadas en 0, 2, 4, 6, 8 no podrán acceder a establecimientos donde se realicen actividades tales como la adquisición y pago de bienes y servicios; compra de cualquier producto al detal y por mayor; de servicios bancarios, financieros, notariales y de atención al ciudadano en entidades públicas.
Lunes 19 de abril de 2021
Cédulas terminadas en 1, 3, 5, 7, 9 no podrán acceder a establecimientos donde se realicen actividades tales como la adquisición y pago de bienes y servicios; compra de cualquier producto al detal y por mayor; de servicios bancarios, financieros, notariales y de atención al ciudadano en entidades públicas.