Movilidad

Pico y placa en Bogotá: ¿cómo solicitar la excepción de manera virtual?

El trámite se puede realizar 100 % virtual y no requiere intermediarios.

21 de enero de 2022
Carros en Bogotá. Foto Guillermo Torres Reina / Semana
Con los nuevos cambios de horarios los bogotanos deberán ajustar sus rutinas de movilidad, aunque es importante mencionar que existen varias excepciones a la norma. (Foto Guillermo Torres Reina / Semana) | Foto: Guillermo Torres Reina / Semana

La administración de la alcaldesa de Bogotá, Claudia López, definió que la medida de pico y placa en la capital del país se aplica –desde el pasado 11 de enero– con un horario extendido que va desde las 6:00 a. m. hasta las 9:00 p. m., todo el día. El principal argumento radica en la cantidad de obras de infraestructura que se adelantarán en la ciudad.

Anteriormente, la restricción de movilidad para los vehículos funcionaba de 6:00 a. m. a 8:30 a. m. y de 3:00 p. m. a 7:30 p. m. Sin embargo, con los nuevos cambios de horarios los bogotanos deberán ajustar sus rutinas de movilidad, aunque es importante mencionar que existen varias excepciones a la norma.

Movilidad en Bogotá en la primera semana de pico y placa todo el dia NQS 
Bogotá enero 12 del 2022
Foto Guillermo Torres Reina / Semana
Los interesados podrán encontrar información detallada sobre los requisitos para las excepciones al pico y placa a través del portal web www.movilidadbogota.gov.co. | Foto: Guillermo Torres /Semana

En total son 19 las excepciones definidas por la administración distrital para la medida de pico y placa, de manera que si un ciudadano cumple las condiciones, puede realizar el registro y solicitar que su vehículo sea exonerado de la restricción de movilidad. El trámite, además, se puede llevar a cabo totalmente de manera virtual.

“A partir del próximo sábado (22 de enero) se implementará la plataforma para permisos de vehículos exceptuados por pico y placa. Usted podrá hacer el registro mucho más fácil y su solicitud será en el menor tiempo posible”, aseguró Alejandra Moreno, subsecretaria de servicios a la ciudadanía de la Secretaría de Movilidad.

La funcionaria explicó que los interesados podrán encontrar información detallada sobre los requisitos para las excepciones al pico y placa a través del portal web www.movilidadbogota.gov.co. En dicho portal también se podrá diligenciar virtualmente el formulario de solicitud del registro.

Para realizar el trámite en el portal web, la Secretaría de Movilidad ha recomendado seguir el siguiente paso a paso:

  1. Lee el Abecé de las Excepciones de Pico y Placa en: https://movilidadbogota.gov.co/web/sites/default/files/servicios/19-01-2022/abc_pico_y_placa.pdf… y verifica los documentos que requieres según el tipo de excepción que solicitarás.
  2. Haz clic en la parte inferior en el aviso ‘Inscripción de Excepciones de Pico y Placa’.
  3. Inicia sesión con tu documento de identidad y contraseña.
  4. Si aún no estás registrado, hazlo y diligencia los datos requeridos.
  5. Carga en un solo PDF los documentos solicitados.
  6. Verifica si tu excepción ya se encuentra activa en: https://movilidadbogota.gov.co/web/SIMUR/EXCEPCIONES_WEB/EX_CONSULTA/

Los cambios a la medida de pico y placa para vehículos particulares en Bogotá permitirán mitigar la congestión originada por el parque automotor y por la construcción de las obras públicas que se vienen adelantando en capital. Los cambios amplían el horario de la restricción para vehículos particulares y se extienden también al último día de los puentes festivos en los retornos a Bogotá.

¿Cuáles son las 19 excepciones?

  1. Vehículos eléctricos y de cero emisiones contaminantes.
  2. Caravana presidencial.
  3. Vehículo de servicio diplomático o consular.
  4. Funerarias o agencias mortuorias.
  5. Vehículos de organismos de seguridad del Estado.
  6. Vehículos de emergencia.
  7. Vehículos utilizados para el transporte de personas en condición de discapacidad.
  8. Vehículos de empresas de servicios públicos domiciliarios. (Exclusivamente para mantenimiento y reparación de redes.)
  9. Vehículos destinados al control del tráfico y grúas.
  10. Vehículos de control de emisiones y vertimientos.
  11. Motocicletas.
  12. Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección.
  13. Vehículos de medios de comunicación.
  14. Vehículos de autoridades judiciales.
  15. Vehículos de transporte escolar.
  16. Vehículos destinados a la enseñanza automovilística. (Tipo automóvil, campero y camioneta).
  17. Vehículos híbridos cuya motorización sea por combustión (diésel o gasolina) y funcionen, alternada o simultáneamente, con motor eléctrico.
  18. Vehículos con una ocupación de tres (3) o más personas incluyendo el conductor, previa inscripción en la plataforma dispuesta por la Secretaría Distrital de Movilidad para tal fin.
  19. Los vehículos cuyo propietario o locatario haya solicitado voluntariamente el Permiso Especial de Acceso a Área con Restricción Vehicular (“Pico y Placa Solidario”) y haya aceptado y cumplido todos los términos y condiciones, establecidos por la Secretaría Distrital de Movilidad.