Finanzas personales
¡Pilas! Este martes vence el plazo para cobrar el subsidio Colombia Mayor; así se puede reclamar
La entidad recordó que el retiro de esos recursos se puede hacer en los puntos del operador SURED y aliados.
El Gobierno nacional pidió a los beneficiarios del programa Colombia Mayor acercarse a los puntos establecidos para reclamar el subsidio otorgado por el Estado para apoyo a las personas de la tercera edad.
Prosperidad Social, encargada de este programa, recordó que este martes 12 de octubre vence el plazo para retirar la transferencia monetaria en los sitios definidos.
La entidad recordó que el retiro de esos recursos se puede hacer en los puntos del operador SURED y aliados.
Así mismo, señaló que los adultos mayores que pertenecen a la modalidad directa pueden cobrar el subsidio en las redes bancarias, previamente programadas en conjunto con la Alcaldía Municipal.
¡Hasta mañana! hay plazo para que los beneficiarios del #ColombiaMayor puedan retirar su transferencia monetaria.
— Prosperidad Social (@ProsperidadCol) October 11, 2021
El retiro se podrá hacer en los puntos del operador SURED y aliados.
Consulte en https://t.co/8RUZGfz9Iw el directorio de los puntos de pago por municipio. pic.twitter.com/huKZgwgDCy
Para conocer su punto de pago, la persona debe comunicarse con el encargado del Programa Colombia Mayor de la Alcaldía de su municipio.
Las personas que deseen consultar el punto de pago de este beneficio puede buscar la página de Prosperidad Social. Haga click aquí.
¿En qué consiste el programa Colombia Mayor?
De acuerdo con la entidad, el programa de Protección Social al Adulto Mayor – “Colombia Mayor” busca aumentar la protección a los adultos mayores por medio de la entrega de un subsidio económico para aquellos que se encuentran desamparados, que no cuentan con una pensión, o viven en la extrema pobreza.
¿Quiénes podrán inscribirse?
Para ser beneficiario debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser colombiano.
- Haber residido durante los últimos diez (10) años en el territorio nacional.
- Tener mínimo tres años menos de la edad que se requiere para pensionarse por vejez (Actualmente 54 años para mujeres y 59 para hombres).
- Carecer de rentas o ingresos suficientes para subsistir.
¿Cuál es el beneficio del programa?
El Gobierno nacional unificó el valor del subsidio mensual del Programa Colombia Mayor, en ochenta mil pesos ($80.000) para todos los beneficiarios en todo el territorio.
En el caso Bogotá, los beneficiarios del Programa Colombia Mayor reciben, además del valor del subsidio citado anteriormente, una suma adicional cofinanciada por el Distrito.
Adicional a lo anterior y a causa de la emergencia Sanitaria por el covid-19, de acuerdo con el Ministerio de Hacienda y Crédito público se acordó contar con recursos del Fondo de Mitigación de emergencias – FOME durante los primeros meses de la vigencia 2021, disponiendo de ochenta mil pesos ($80.000) adicionales a cada beneficiario, por lo cual cada adulto mayor recibirá en total ciento sesenta mil pesos ($160.000), hasta el mes de junio de 2021. con SISBÉN IV, se toman todos los niveles de los grupos A y B y C hasta el subgrupo C1.
¿Cómo puede inscribirse una persona?
- El adulto mayor se acerca a la Alcaldía de su municipio con su cédula de ciudadanía en físico. En la mayoría de los entes territoriales el trámite se realiza en la Oficina de Atención al Adulto Mayor, en la ciudad de Bogotá se adelanta en las Subdirecciones Locales de la Secretaría de Integración Social, antiguos COL.
- La persona responsable del trámite en la alcaldía municipal o distrital verifica el cumplimiento de los requisitos a través de los procedimientos establecidos para su validación y diligencia la ficha de priorización en físico y en el sistema.
- El Administrador Fiduciario encargado hasta el mes de junio de 2021 de la operación del programa, verifica y valida el cumplimiento de requisitos de los aspirantes, procesa la información y la carga en el sistema que automáticamente, le asigna un puntaje y un puesto en el listado de priorización a cada aspirante.
- Los listados de priorización son indispensables debido a que cada municipio tiene un cupo establecido para el programa; en la medida que se liberan cupos sigue en estricto orden de ingreso los potenciales beneficiarios, de acuerdo con los siguientes criterios: - La edad del aspirante. - El resultado SISBÉN establecido para el ingreso al programa o el listado censal para el caso de los pueblos indígenas. - La minusvalía o discapacidad física o mental del aspirante. - Personas a cargo del aspirante. - Ser adulto mayor que vive solo y no depende económicamente de alguna persona. - Haber perdido el subsidio al aporte en pensión por llegar a la edad de 65 años y no contar con capacidad económica para continuar efectuando aportes a dicho sistema. En este evento, el beneficiario deberá informar que con este subsidio realizará el aporte a pensión con el fin de cumplir los requisitos. Este criterio se utilizará cuando al beneficiario le hagan falta máximo 100 semanas de cotización. - Pérdida del subsidio por traslado a otro municipio. - Fecha de solicitud de inscripción al programa.
- Si posterior a los cruces de información realizada a través de diferentes fuentes del nivel nacional, se evidencia que el aspirante no cumple con alguno de los requisitos de ingreso, se notifica a la alcaldía para realizar la verificación en territorio.
¿Cuáles son las modalidades de pago del Programa Colombia Mayor?
Los subsidios del Programa Colombia Mayor se entregan bajo dos modalidades:
- Subsidio económico directo: representado en dinero que se gira directamente al adulto mayor beneficiario, por intermedio de los operadores de pago establecidos para tal fin.
- Subsidio económico indirecto: recursos girados de manera mensual al Centro de Protección Social al Adulto Mayor (CPSAM) o al Centro Diurno según sea el caso, una vez se haya suscrito convenio entre las partes involucradas. El CPSAM o el Centro Diurno, utilizan la totalidad de los recursos para financiar los servicios sociales básicos y complementarios que presta a los beneficiarios.
Los Servicios Sociales Básicos comprenden alimentación, alojamiento y salubridad, medicamentos o ayudas técnicas, prótesis u órtesis no incluidos en el Plan de Beneficios en Salud (PBS) de acuerdo con el régimen aplicable al beneficiario, ni financiadas con otras fuentes. Podrá comprender medicamentos o ayudas técnicas incluidas en el Plan de Beneficios en Salud (PBS), cuando el beneficiario del programa no esté afiliado al Sistema General de Seguridad Social en Salud.
¿En dónde se puede informar una persona si ya puede recibir el subsidio?
El adulto mayor puede dirigirse a la Oficina del Adulto Mayor en la Alcaldía de su municipio o solicitar la información a través de los canales de participación ciudadana definidos por Prosperidad Social.