NACIÓN

¡Pilas! Ya no es necesario portar la licencia de conducción y de tránsito en físico

Esta medida busca implementar herramientas tecnológicas para facilitar el seguimiento de las autoridades y beneficiar a la ciudadanía.

5 de enero de 2022
Runt, Ministerio de Transporte
Esta medida busca implementar herramientas tecnológicas para facilitar el seguimiento de las autoridades. | Foto: Cortesía: Ministerio de Transporte

A partir de este martes 4 de enero los conductores no tendrán que portar en físico la licencia de conducción, ni la licencia de tránsito del vehículo, a nivel nacional.

“Esta determinación la tomó a través de una circular el Ministerio de Transporte, que estableció que se entenderá cumplida la obligación de portar la licencia de tránsito del vehículo y la licencia de conducción cuando la persona presente al agente de tránsito el documento en físico, o presente el mensaje de datos de la consulta en línea y en tiempo real en el Registro Único Nacional de Tránsito (Runt)”, dijo el viceministro de Transporte, Camilo Pabón.

El funcionario señaló que esta es una medida que beneficiará a todos los conductores del país, evitando la inmovilización del vehículo y una multa si no llevan en físico la licencia de conducción o la licencia de tránsito del carro.

“Es importante señalar que, independientemente del documento que tenga impreso en papel o se pueda consultar a través del Runt, se puede supervisar que se está dando cumplimiento a las obligaciones legales”, afirmó el viceministro de Transporte.

El Ministerio de Transporte sigue adelantando la implementación de herramientas tecnológicas existentes para facilitar la vida de los ciudadanos y hacer un mejor uso de los recursos humanos para controlar otras conductas como las relacionadas con el transporte ilegal.

La consulta del Runt se puede realizar a través de este enlace.

¿Cada cuánto se renueva la licencia de conducción?

En Colombia hay tres categorías que condicionan el tiempo límite en el que un pase se puede considerar válido para transitar por el país. En el caso de las personas menores a 60 años, la licencia deberá actualizarse cada diez años, mientras que entre los 60 y los 80 años se debe renovar cada cinco años.

Finalmente, los mayores de 80 años que aún conduzcan deberán actualizar su pase cada año para poder verificar que aún cuentan con las aptitudes físicas y mentales para cuidar de su propia vida y la de los demás, mientras se encuentran frente al volante.

El director de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), Luis Lota, recordó que “es de vital importancia contar con la licencia de conducción en regla, ya que es el documento que certifica que somos actores viales idóneos: con condiciones físicas y de salud, con destrezas y habilidad para conducir y movilizarnos. Esto se traduce en un acto de corresponsabilidad y autocuidado (…) Por eso reiteramos la invitación a todos los ciudadanos para que acudan a los organismos de tránsito y hagan su renovación”.

Amplían plazo para renovar la licencia de conducción

Las personas cuya licencia de conducción se venza entre el 1 y el 31 de enero de 2022 tendrán dos años más para renovar este documento, según informó el Ministerio de Transporte.

El Ministerio explicó que, aunque muchas personas que cuentan con pases cuya fecha de vencimiento es indefinida no deberán ajustarse a esta medida, habrá algunas que sí deberán cumplir esta obligación estatal. Por esto, lo mejor es que ingresen a la página del Registro Único Nacional de Tránsito (Runt) y digiten su número de cédula para que así puedan verificar si deben o no renovar la licencia.

Cabe recordar que aquellos ciudadanos que desean actualizar su pase no deberán presentar nuevamente el curso de conducción, pero sí un examen físico-mental y motriz, con el fin de garantizar sus cualidades al mando de un vehículo.