Nación
Por complicidad en transporte de cocaína en carro de la Unidad de Protección, suspenden a funcionario de la entidad
El funcionario, Christiam Ernesto Páez, entregó a un particular que no hacía parte del esquema de protección ni de la UNP, una camioneta destinada al servicio de seguridad de un protegido.
Aunque resulte insólito, es un hecho que en Colombia se usan las camionetas destinadas a proteger personas amenazadas para el transporte de droga, dinero en efectivo y hasta criminales. La Unidad Nacional de Protección está corroída por la corrupción.
Así lo demuestra la reciente decisión de la Procuraduría General de la Nación que sancionó con suspensión e inhabilidad especial durante nueve meses al entonces oficial de protección de la Unidad Nacional de Protección (UNP) Christiam Ernesto Páez Pinzón, por facilitar el uso indebido de un vehículo asignado a un protegido y omitir la entrega de información oportuna sobre esta irregularidad.
En fallo de primera instancia, el ente de control comprobó que el oficial incumplió el deber de reportar a su superior, que le había entregado a un particular que no hacía parte del esquema de protección ni de la UNP, una camioneta destinada al servicio de seguridad de un protegido, en cuyo interior la Policía Nacional incautó 150 kilos de cocaína en un puesto de control en Caloto, Cauca.
Lo que en este caso parece un olvido y generó la sanción, en realidad se trata de un hecho gravísimo, con implicaciones penales, pues es claro que en el municipio de Caloto, en Cauca, es uno de esos santuarios del narcotráfico, en donde los criminales mandan la parada, y lo que queda sobre la mesa es que la posibilidad que el funcionario de la UNP, Christiam Ernesto Páez, tuviera un acuerdo y estuviera apoyando a los narcos, lo que configuría, desde lo penal, un concierto para delinquir.
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Para la Procuraduría, el disciplinado desconoció el Manual de Uso, Manejo y Recomendaciones de Medidas de Prevención y Protección de la UNP que establece que, los vehículos de un esquema de protección solo pueden ser conducidos por los funcionarios asignados para la prestación del servicio, y además, tienen el deber de informar de manera oportuna cualquier novedad que se presente.
“La entrega de un vehículo de la UNP a un particular, a solicitud del beneficiario, no constituye una actividad habitual en el desempeño de las funciones de un hombre de protección. Esto, de hecho, debería haber generado sospecha en el disciplinable, ya que el uso y manejo de dicha camioneta estaban reservados exclusivamente para hombres de protección y escoltas autorizados por la UNP”, puntualizó la Entidad en su decisión.
Por esos hechos, la Procuraduría calificó la conducta de Páez Pinzón como una falta grave cometida a título de dolo. Contra esta decisión, los sujetos procesales podrán interponer recurso de apelación.