La Fiscalía General de Nación acusó al exmagistrado Francisco Ricaurte. | Foto: Colprensa

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¿Por qué cuatro magistrados de la Corte Suprema se declararon impedidos para conocer el caso de Francisco Ricaurte por el Cartel de la Toga?

Los protagonistas de esta decisión son los magistrados Myriam Ávila, Fernando León Bolaños, Diego Corredor y Luis Antonio Hernández.

Redacción Semana
1 de abril de 2024

La Corte Suprema de Justicia decidió declarar impedidos a cuatro de sus magistrados para que conozcan y tomen decisiones sobre las demandas de casación que interpuso la defensa del exmagistrado Francisco Ricaurte, en la sentencia que modificó su condena en primera instancia, en el proceso que se adelanta en su contra por los delitos de concierto para delinquir agravado, cohecho por dar u ofrecer, y utilización indebida de información oficial privilegiada.

El caso contra Ricaurte se centró entre los años 2013 y 2016, época en la que era magistrado de la Corte Suprema, cuando intentó torcer los expedientes judiciales contra los excongresistas Álvaro Ashton y Musa Besaile, y contra el exgobernador del Valle, Juan Carlos Abadía. A todo ese entramado de corrupción se le conoció como el Cartel de la Toga.

Álvaro Ashton, exsenador de la República. | Foto: Colprensa

El alto tribunal explicó que con esa intención, la organización criminal “conseguía y utilizaba información privilegiada, retardaba los trámites y alteraba las evidencias para obtener decisiones con apariencia de legalidad, las cuales favorecían a los que denominaba ‘clientes’ de los que eran beneficiarios de tráfico de influencias”.

El 15 de diciembre de 2021, Ricaurte fue condenado a 16 años de cárcel y contra esa sentencia, el fiscal 3 delegado ante la Sala Plena de la Corte y el abogado del exmagistrado interpusieron un recurso de casación que ahora está en trámite.

Sobre esas demandas de casación, los magistrados Myriam Ávila, Fernando León Bolaños, Diego Corredor y Luis Hernández expresaron su impedimento para conocer ese caso. Pero, ¿cuáles fueron las razones?

La magistrada Ávila le explicó al tribunal que cuando fue procuradora delegada para el Juzgamiento Penal, intervino en los procesos que adelantó la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes en contra de los exmagistrados de la Corte Suprema, José Leonidas Bustos y Gustavo Malo, investigados también en el controvertido Cartel de la Toga.

Gustavo Malo, exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia
Gustavo Malo, exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia. | Foto: Archivo particular

El caso del magistrado Fernando León Bolaños se resume en que respaldó los fundamentos de la sentencia que declaró responsable penalmente al exfiscal anticorrupción Luis Gustavo Moreno, dentro de la investigación que se adelantaba contra el exmagistrado Bustos Martínez.

Su criterio se encuentra comprometido, dado el conocimiento y valoración anticipada expuesta frente a aspectos esenciales que a la vez son objeto de discusión en la causa adelantada contra el doctor Francisco Ricaurte”, dijo el magistrado ponente Carlos Solórzano sobre su impedimento.

El magistrado Diego Corredor explicó que su concepto también se conoció en pleno debate penal cuando era conjuez de la Sala de Casación Penal, y esa sería una causal sobre las decisiones que se van a tomar a futuro del acusado.

Corte Suprema de Justicia
Corte Suprema de Justicia | Foto: GUILLERMO TORRES REINA / SEMANA

Este mismo impedimento no se aleja de las razones por las que el magistrado Luis Antonio Hernández también se tuvo que retirar de este caso, pues siendo magistrado instructor investigó a los excongresistas Álvaro Ashton y Musa Besaile, por el fuero que en ese momento tenían y quienes además eran las supuestas víctimas de los torcidos en los que habría estado involucrado Francisco Ricaurte.

Por eso la Corte Suprema de Justicia decidió “declarar fundados los impedimentos expresados por los magistrados Myriam Ávila Roldán, Fernando León Bolaños Palacios, Diego Eugenio Corredor Beltrán y Luis Antonio Hernández Barbosa, para intervenir en el trámite y decisión de este asunto”.