Judicial
¿Por qué Instagram le cerró la cuenta a Esperanza Gómez? Estas fueron las razones expuestas ante la Corte Constitucional
La modelo y empresaria presentó una tutela en la que pide la protección al derecho a la igualdad el cual considera menoscabado con el cierre de sus cuentas en la popular red social.
Durante todo este martes, el nombre de Esperanza Gómez la tendencia número uno en el país. ¿La razón? El debate que promovió ante la Corte Constitucional sobre los derechos que considera se le menoscabaron tras el cierre en mayo de 2021, le cerraron su cuenta de Instagram, la cual tenía 5,7 millones de seguidores, por infringir las normas de la red social. La decisión se tomó, según ella, porque su nombre estaba vinculado directamente al entretenimiento para adultos, pese a que los productos que promocionaba y las publicaciones que realizaba estaban totalmente alejadas de este contenido.
La respuesta de parte de Meta, es que existe una norma comunitaria fijada frente al tema de los servicios sexuales que se ofrezcan en esta red social. Entre estos se encuentra que “no (se) permite contenidos que faciliten, fomenten o coordinen encuentros y servicios sexuales comerciales. Queremos que Instagram sea un lugar donde la gente pueda expresarse, pero también tenemos la responsabilidad de mantener a nuestra comunidad segura, conformada por personas desde los 13 años de edad, de diferentes culturas, de todo el mundo”.
El cierre de su cuenta le representó un revés a sus negocios, puesto que ella utilizaba esta cuenta para realizar promociones con todo tipo de empresas reconocidas y emprendimientos. El hecho que su nombre fuera vinculado a la pornografía representó una vulneración a sus derechos. “Esperanza Gómez no es solamente pornografía yo en mis redes sociales mostraba actividades como cocinar, ir al gimnasio, tener una dieta saludable, paseando a mi perra, yendo a la playa, en mis viajes de trabajo. A mí me contactaban las marcas no solamente para hacer actividades de entretenimiento para adultos”.
Para la modelo, es el “colmo” que este tipo de contenido fuera catalogado inmediatamente como pornográfico por parte de la red social. “Yo quiero crear un precedente, de que nosotras tenemos el derecho al trabajo. Hay una chica que trabajó conmigo y por el hecho de ser transexual también le cerraron su cuenta. No podemos seguir permitiendo que estas plataformas, por el hecho de ser compañías privadas, tengan el derecho de vulnerar nuestros derechos”.
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Recordó que en muchas oportunidades su contenido fue catalogado como sensual y pornográfico solamente porque era ella la imagen. “Me contratan para una campaña de ropa interior y por eso me censuran porque, según ellos, estoy vendiendo servicios sexuales. Salgo en la cama tomándome una foto vestida, en ropa interior, pero asocian la cama con pornografía. Uso expresiones como ‘sensual’ y eso no es pornografía, menciono ‘sensualidad’ vestida y me censuran. Así digan que no me censuran, por ser la imagen del contenido adulto en Colombia, sí lo están haciendo, para mí es una persecución, un acoso a mi derecho a trabajar”,
En medio del debate que se adelantó en la Corte Constitucional este martes, la abogada Irma Rivera Ramírez, representante de Facebook Colombia S.A.S pidió no atender los reclamos hechos por la modelo al considerar que Meta, empresa que es dueña de Instagram, no cuenta con la capacidad de eliminar ni de reestablecer una cuenta de la red social, haciendo especial énfasis en que nunca se le vulneraron los derechos a la tutelante.
#SesiónTécnica | Inicia la sesión con la intervención de la accionante, la modelo Esperanza Gómez. pic.twitter.com/KE5qHWZIOj
— Corte Constitucional (@CConstitucional) November 15, 2022
Según la modelo colombiana, “nunca infringió los derechos de autor, siempre publicó contenido real apto para todo público, cumplió las normas legales, respetó al resto de miembros de la comunidad, no amenazó ni acosó a ninguna persona y siempre usó un lenguaje apropiado”.
#SesiónTécnica | Continúa la sesión con la intervención de la representante de Facebook Colombia S.A.S, Irma Rivera Ramírez. pic.twitter.com/X5NjxxzoWv
— Corte Constitucional (@CConstitucional) November 15, 2022
El pasado 27 de mayo, el Juzgado 17 de conocimiento de Cali dejó en firme la decisión que tomó el juez 34 penal municipal de la capital del Valle del Cauca que rechazó las pretensiones de acción judicial presentada por Gómez. Sin embargo, como en todos estos casos, le envió el expediente a la Corte Constitucional para, si lo consideraba necesario, lo revisara.
Debido a la trascendencia del tema, y el hecho que muchas personas están utilizando las redes sociales para realizar negocios y publicidad, la Sala Novena de Revisión, con ponencia de la magistrada Natalia Ángel Cabo, convocó a una audiencia pública en la que además de escuchar a la actriz citó a representantes de Meta (dueña de Instagram), así como expertos en el tema.