Nación

¿Por qué no se pudo imponer la cadena perpetua para los militares que abusaron de una menor indígena en Risaralda?

El año pasado, cuando se conoció este caso de abuso sexual, el presidente Iván Duque había sugerido que podría estrenarse la cadena perpetua con los soldados. Sin embargo, como era previsible, esto no ocurrió.

1 de agosto de 2021
La Corte Constitucional admitió 11 demandas contra la reforma que dio vida a la cadena perpetua en Colombia. Sin embargo, el alto tribunal tomaría alguna decisión de fondo en 2022.
La Corte Constitucional admitió 11 demandas contra la reforma que dio vida a la cadena perpetua en Colombia. Sin embargo, el alto tribunal tomaría alguna decisión de fondo en 2022. | Foto: getty images / esteban vega la-rotta-semana

Este domingo se conoció la condena a los siete militares involucrados en la violación de una menor indígena en el municipio de Pueblo Rico, Risaralda, a mediados del año pasado. La decisión del juez 1 promiscuo del circuito de Apía, luego de que los soldados reconocieran su responsabilidad, fue enviarlos a la cárcel, pero no con cadena perpetua.

A seis de ellos, condenados como coautores por el delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años agravado, les dieron 16 años de cárcel; mientras que el otro miembro del Ejército recibió una condena de ocho años de cárcel por ser cómplice de la agresión.

Aunque las comunidades indígenas e incluso el gobernador de Risaralda se pronunciaron a favor de la decisión judicial, el juez no condenó a los miembros del Ejército a cadena perpetua, como algunos sugirieron el año pasado, incluido el presidente Iván Duque.

“Si nos toca estrenar con ellos la cadena perpetua, la vamos a estrenar. Y con cualquiera que quiera pisotear la dignidad de un niño”, señaló el mandatario colombiano el mismo día en que lamentó lo ocurrido y calificó el hecho como ruin.

La realidad es que, desde que se conoció el caso en junio de 2020, el mismo fiscal general de la nación, Francisco Barbosa, había manifestado que no se les aplicaría la cadena perpetua sino que se les juzgaría de acuerdo a la legislación vigente en ese momento. “Van a responder por el delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años agravado (...). Esa es la norma vigente y sobre eso estamos trabajando. La pena sería entre los 16 y los 30 años de prisión”, dijo Barbosa.

Con la decisión de hoy, queda claro que los miembros del Ejército recibieron la pena más baja posible de acuerdo con lo que había asegurado el fiscal Barbosa, pues en el momento en que cometieron el crimen la ley de cadena perpetua para violadores de menores de edad apenas había sido aprobada en el Senado de la República.

De hecho, esta normativa apenas entró en vigencia el pasado 6 de julio, cuando el presidente Iván Duque sancionó la que es conocida como la Ley Gilma Jiménez, que reglamenta la pena de cadena perpetua a violadores y asesinos de niños en Colombia y que, por lo tanto, tuvo que reformar los códigos Penal, de Procedimiento Penal, y Penitenciario y Carcelario.