NACIÓN
Ocho razones de por qué se condenó al Estado por la bomba del Nogal
La sentencia que condena el Estado por el atentado de las Farc en el club El Nogal levantó una polvareda de críticas. Sin embargo, jurídicamente el fallo no es incongruente como parece: el atentado estaba cantado y no se hizo nada para evitarlo.
El presidente Iván Duque se sumó a las voces que encuentran ilógica la decisión de condenar al Estado por el atentado que perpetraron las Farc en el club El Nogal hace quince años. “Condenar al Estado por un acto terrorista de las Farc es incongruente”, aseguró el jefe de Estado.
El atentado al Nogal, ocurrido el 7 de febrero de 2003, les costó la vida a 35 personas, otras 73 quedaron gravemente heridas. Se trató de uno de los episodios más brutales de la guerra: las Farc instalaron en el tercer piso del club un Renault Megane, color rojo, cargado con 200 kilos de explosivos (poderoso anfo, TNT con efecto multiplicador y clorato de potasio que es incendiario). Las dos personas que introdujeron el vehículo murieron el acto, tal como lo planeó alias El Paisa, jefe de la tenebrosa columna Teófilo Forero de las Farc. Las imágenes del club en llamas, los gritos y los cadáveres extraídos por los rescatistas hacen parte de la penosa memoria nacional.
Puede ver: Video: Las heridas invisibles de las víctimas de El Nogal
Justamente por lo brutal del episodio es que ahora resulta difícil comprender la sentencia del Consejo de Estado, según la cual, tres familias víctimas deben ser indemnizadas por el Estado. La decisión también ordena a la institucionalidad un acto de desagravio dirigido a las víctimas y la población en general y que se instale una obra de arte que sensibilice “acerca de la exposición de la población civil a las acciones violentas dentro un conflicto armado”.
¿Por qué debe responder el Estado si fueron las Farc quienes perpetraron el atentado? Las respuestas a este interrogante, que no son pocas, están en las noventa páginas de la sentencia. SEMANA.COM extrajo del fallo los diez argumentos más poderosos considerados por el Consejo de Estado para sustentar su polémica decisión:
El Estado pecó por omisión. El otro punto clave es que el Estado no fue enjuiciado como responsable del crimen sino que se juzgó su omisión frente al deber de proteger efectivamente a la población civil. “A pesar de estar claramente advertido, el Estado no tomó las medidas para proteger la vida de las personas que se encontraban en el Nogal", señala al respecto la sentencia.
El segundo informante. Tampoco se prestó atención a Llimi Díaz Torres (sic), un ex detective del DAS, quien recibió información en el mismo sentido y que, infructuosamente, puso en contacto a su fuente con la entidad, todo ello previo a la tragedia que nadie evitó. El DAS en sus respuestas oficiales a las autoridades nunca mencionó ni al informante Quiñonez ni la historia de Díaz Torres. Sin embargo, está plenamente documentado que estas dos fuentes de información existieron, alertaron oportunamente y simplemente nadie se ocupó de lo que advertían.