NACIÓN

Ocho razones de por qué se condenó al Estado por la bomba del Nogal

La sentencia que condena el Estado por el atentado de las Farc en el club El Nogal levantó una polvareda de críticas. Sin embargo, jurídicamente el fallo no es incongruente como parece: el atentado estaba cantado y no se hizo nada para evitarlo.

24 de agosto de 2018
El presidente Iván Duque se sumó a las voces que encuentran ilógica la decisión de condenar al Estado por el atentado en el club El Nogal. | Foto: Juan Carlos Sierra

El presidente Iván Duque se sumó a las voces que encuentran ilógica la decisión de condenar al Estado por el atentado que perpetraron las Farc en el club El Nogal hace quince años. “Condenar al Estado por un acto terrorista de las Farc es incongruente”, aseguró el jefe de Estado.

El atentado al Nogal, ocurrido el 7 de febrero de 2003, les costó la vida a 35 personas, otras 73 quedaron gravemente heridas. Se trató de uno de los episodios más brutales de la guerra: las Farc instalaron en el tercer piso del club un Renault Megane, color rojo, cargado con 200 kilos de explosivos (poderoso anfo, TNT con efecto multiplicador y clorato de potasio que es incendiario). Las dos personas que introdujeron el vehículo murieron el acto, tal como lo planeó alias El Paisa, jefe de la tenebrosa columna Teófilo Forero de las Farc. Las imágenes del club en llamas, los gritos y los cadáveres extraídos por los rescatistas hacen parte de la penosa memoria nacional.

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Justamente por lo brutal del episodio es que ahora resulta difícil comprender la sentencia del Consejo de Estado, según la cual, tres familias víctimas deben ser indemnizadas por el Estado. La decisión también ordena a la institucionalidad un acto de desagravio dirigido a las víctimas y la población en general y que se instale una obra de arte que sensibilice “acerca de la exposición de la población civil a las acciones violentas dentro un conflicto armado”.

¿Por qué debe responder el Estado si fueron las Farc quienes perpetraron el atentado? Las respuestas a este interrogante, que no son pocas, están en las noventa páginas de la sentencia. SEMANA.COM extrajo del fallo los diez argumentos más poderosos considerados por el Consejo de Estado para sustentar su polémica decisión:

  • El Estado pecó por omisión. El otro punto clave es que el Estado no fue enjuiciado como responsable del crimen sino que se juzgó su omisión frente al deber de proteger efectivamente a la población civil. “A pesar de estar claramente advertido, el Estado no tomó las medidas para proteger la vida de las personas que se encontraban en el Nogal", señala al respecto la sentencia.

  • Conmoción interior por seguidilla de atentados. Otro punto para argumentar que en alguna medida era predecible suponer un atentado contra el Nogal se desprende del contexto de violencia que vivía el país. El gobierno había decretado la conmoción interior por una cascada de atentados de las Farc, incluyendo los morteros lanzados contra la Presidencia de la República en plena posesión de Álvaro Uribe el 7 de agosto de 2002. Así mismo, un maletín bomba había detonado en el Hotel Tequendama, y se lanzaron granadas de mortero contra la embajada de Estados Unidos y contra el búnker de la fiscalía. “Encontrándose en vigencia el decreto de conmoción interior y previo al atentado al club, la violencia contra la capital del país, por parte del grupo insurgente, se recrudeció. De ello dan cuenta –dice la sentencia– los hechos de público conocimiento y reiterados por los medios de comunicación, como ocurrió con el atentado del 21 de octubre de 2002 por la explosión de un taxi bomba ubicado en un lavadero de autos vecino del edificio de la Policía Metropolitana de Bogotá, en el que murió una persona y 35 más resultaron heridas; al día siguiente tres personas murieron y 39 fueron lesionadas, entre ellas 28 policías, por explosión de carro bomba instalado en un parqueadero contiguo a la Sijín de la Policía de Bogotá; el 24 de octubre siguiente, a tres cuadras de la Plaza de Bolívar, un camión que movilizaba uniformados fue atacado con una granada, en esta acción murió un auxiliar de policía y diez agentes resultaron heridos
  • Contexto: El informante clave. Pero lo más absurdo es que a pesar de ese panorama el Estado contaba con un informante calificado que estaba advirtiendo sobre un atentado mayúsculo en Bogotá, y nadie le paró bolas. Se trataba de Jaime Quiñonez Rodríguez, un sujeto que tenía contactos con las redes urbanas de la guerrilla y cuya información había sido efectiva para prevenir secuestros planeados por las Farc. Quiñonez le advirtió a la Fiscalía sobre un emisario de la guerrilla, “alias El Flaco”, quien estaba en Bogotá preparando un gran golpe. Y a cambio de una jugosa recompensa ofreció reunirse con él, traer muestra de sus huellas para que las autoridades verificaran de quién se trataba.El informante dijo que podría entregar los números de los teléfonos celulares que este usaba, e incluso propuso un encuentro controlado para que las autoridades lo capturaran. La investigadora del CTI que conoció inicialmente la información concluyó que el sujeto hablaba muy en serio y decidió escalar el tema ante el DAS y a otros organismos de inteligencia. Quiñonez llegó a anunciar que el terrorista ya estaba “picando la dinamita” que usaría. Pero inexplicablemente las autoridades no lo tomaron en serio. Luego que ocurrió el atentado se constató que alias El Flaco era HermisúlArellán, el encargado de construir la bomba y hermano de Fernando Arellán, el profesor de squash que se infiltró en el club para lograr el ingreso del carro bomba.En video: "Estoy dispuesta a pasar la página, pero con condiciones": víctima del Nogal

  • El segundo informante. Tampoco se prestó atención a Llimi Díaz Torres (sic), un ex detective del DAS, quien recibió información en el mismo sentido y que, infructuosamente, puso en contacto a su fuente con la entidad, todo ello previo a la tragedia que nadie evitó. El DAS en sus respuestas oficiales a las autoridades nunca mencionó ni al informante Quiñonez ni la historia de Díaz Torres. Sin embargo, está plenamente documentado que estas dos fuentes de información existieron, alertaron oportunamente y simplemente nadie se ocupó de lo que advertían.

  • Contexto: El Nogal, la segunda Casa de Nariño. De otra parte, el Consejo de Estado también consideró un punto crítico que el club El Nogal se convirtió en la “segunda Casa de Nariño”. Al club concurrían diariamente altos funcionarios del gobierno, entre estos el ministro Fernando Londoño  e incluso la entonces ministra de Defensa, Martha Lucía Ramírez, pernotó allí muchas veces. “Sin lugar a dudas el extinto cuerpo de seguridad –DAS– tenía que haber conocido las actividades de claro alcance institucional que se desarrollaban en las instalaciones del Club. La entonces Ministra de Defensa, Marta Lucía Ramírez se hospedó en el club entre el 17 de octubre y 19 de octubre, del 21 al 25 de octubre y del 28 de octubre al 2 de noviembre de 2002, así lo refleja el material probatorio. Además, se evidenció las visitas continuas y cercanas al 7 de febrero de 2003 del ministro del Interior y de Justicia de la época, el señor Fernando Londoño, socio y ex presidente del Club y sus permanentes reuniones con altos dignatarios del Estado, como es el caso del Fiscal General de la Nación, el Director Nacional de Estupefacientes, el director del DAS, el director de la Policía Nacional, el comandante de la Fuerza Aérea Colombiana, la directora del Plan Colombia, los ministros de la Protección Social, Agricultura y Desarrollo Rural, Educación y de Defensa, el Defensor del Pueblo, el Director de Coldeportes, Senadores, Representantes a la Cámara, entre otros funcionarios”.  Para el Consejo de Estado, lo reprochable no es que el Nogal fuera una suerte de sede alterna, sino que no se tomaran medidas de seguridad correspondientes, con lo cual se puso en riesgo a la población civil.Le sugerimos: El perdón a las Farc que divide al Club el Nogal

  • Ni vigilantes capacitados ni un perro antiexplosivos. La altísima vulnerabilidad del club también quedó en evidencia al constatar que los Arellán ingresaron antes, en la etapa de planeación del atentado, varias veces con un carné provisional falsificado. Igualmente, el Consejo de Estado resalta que cualquier agente anti explosivos, así como un perro adiestrado, habría podido detectar el carro bomba: “dado que un automóvil con similares características al empleado, naturalmente se inclina por el peso que alberga en su interior (200 kilos de dinamita), aspecto notorio a la vista, especialmente para quienes han sido capacitados en la detección de explosivos”. Todo ese contexto, enfrentado a que es deber del Estado prevenir y proteger a la población civil y a que no se emplearon las herramientas disponibles para aminorar el peligro evidente, llevaron a la conclusión final de la sentencia, condenar al Estado. “Las víctimas en este asunto no tendrían que haber soportado lo acontecido”, señala la sentencia.