¿Por qué un juez ordenó tres días de arresto para el ministro Carlos Holmes Trujillo y director de la Policía Nacional? | Foto: Mindefensa

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¿Por qué un juez ordenó tres días de arresto para el ministro Carlos Holmes Trujillo y al director de la Policía Nacional?

Tanto el jefe de la cartera de Defensa como el general Óscar Atehortúa incurrieron en desacato de un fallo de tutela, según la decisión judicial.

10 de diciembre de 2020

Dos sanciones que consisten en tres días de arresto y una multa de dos salarios mínimos legales mensuales vigentes impuso el juzgado promiscuo del circuito de Chinchiná, Caldas, contra el ministro de Defensa, Carlos Holmes Trujillo, y al director de la Policía Nacional, general Óscar Atehortúa, quienes según el fallo judicial incurrieron en desacato de un fallo de tutela.

El fallo es la respuesta al incidente de desacato promovido por el señor Faiber Jahir Moreno Salazar en contra de la Policía Nacional y el Ministerio de Defensa por el “incumplimiento a un fallo de tutela proferido el 26 de agosto de 2019” que los ordenaba a promover el curso de ascenso al mayor Moreno Salazar.

De acuerdo con la decisión judicial, tanto el ministro Trujillo como el general Atehortúa deberán cumplir la sanción de los tres días de arresto en la Escuela de Carabineros o en Institución Pública similar al respecto, en Bogotá.

El ministro de Defensa, Carlos Holmes Trujillo, y el director de la Policía, general Óscar Atehortúa deberán cumplir tres días de arresto en la Escuela de Carabineros. | Foto: Presidencia de la República

Una vez se haga efectiva la sanción, dice el fallo, el director de la Escuela de Carabineros deberá informar por escrito al juez el cumplimiento de la ordenanza.

El documento presenta las causas del incidente contra Moreno Salazar, quien cumplió con los requisitos para ser ascendido, pero su nombre como tal no fue recomendado para los cursos de capacitación al grado de teniente coronel, hechos que ocurrieron en febrero de 2020. Por esto, el fallo señala: “A pesar de haber sido sometido al procedimiento de evaluación de trayectoria profesional para ser llamado al curso de ascenso, fue notificado el 25 de febrero de 2020 que su nombre no había sido recomendado para presentar el concurso previo al curso de capacitación para ascenso al grado de teniente coronel”.

Vale mencionar que Moreno Salazar instauró una acción de tutela al considerar que se estaban violando sus derechos al Debido Proceso, la Igualdad, el Acceso a la Administración de Justicia y la Tutela Efectiva de los Derechos, tras haber sido retirado del servicio entre los años 2008 y 2018.

Según el juzgado, dicho retiro fue ilegal y la Administración “obró erradamente”, por lo que falló a favor del accionante y ordenó al Ministerio y a la Policía reconocer el ascenso al grado de Mayor y observar si el uniformado reunía los requisitos para ascender al grado de teniente coronel o ser llamado al curso de ascenso respectivo, así como a considerar como válidos los 10 años que Moreno Salazar “estuvo ilegalmente sustraído del servicio, esto es, del 2008 al 2018”.

Mediante un auto del 30 de marzo de este año, se dispuso requerir previamente al general Atehortúa “para que cumpliera de manera inmediata la orden de tutela proferida el 26 de agosto de 2019; y a quien haga sus veces como superior del director de la Policía (es decir el Ministro de Defensa) para que procediera a hacerlo cumplir y si es del caso abra el correspondiente proceso disciplinario en su contra. Para lo anterior se les concedió el termino de dos días contados a partir de la notificación y en caso tal remitieran los documentos que soporten el cumplimiento a lo ordenado o indicar las razones de hecho y derecho por lo cual no se había acatado lo dispuesto”, se lee en el fallo judicial.

A pesar de que en el incidente también se señalaba al presidente de la República Iván Duque como responsable del desacato, el documento resolvió que no se sancionará al presidente por el desacato y que la decisión no es “susceptible de recurso alguno”. Asimismo, en el fallo también se lee que no reposa sobre él recurso alguno y por ende se les seguirá sancionando por desacato hasta que cumplan en su totalidad dicho fallo de tutela.

Lea aquí el fallo completo: