JUSTICIA

Por tercera vez, corte reitera que interceptaciones a Uribe fueron legales

Los magistrados de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia negaron los recursos de nulidad que interpuso la defensa de Uribe. Con esta decisión el llamado a indagatoria queda en firme, en cualquier momento el magistrado César Reyes definirá la fecha.

12 de agosto de 2019
Es la tercera vez que los magistrados de las altas cortes consideran legal la interceptación que se hizo por accidente al teléfono del expresidente.

El pasado jueves, los magistrados de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia dejaron en firme el llamado a indagatoria contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez dentro del proceso que se sigue en su contra por presunta manipulación de testigos. Los recursos de nulidad interpuestos por la defensa del expresidente fueron rechazados por los magistrados, así como los cuestionamientos a las interceptaciones que se hicieron a las líneas telefónicas de Uribe y del representante a la Cámara, Álvaro Hernán Prada. 

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La Sala de Instrucción tomó la decisión de declarar como legales estas evidencias. Es la tercera vez que los magistrados de las altas cortes consideran legal la interceptación que se hizo por accidente al teléfono del expresidente. 

Primero, el exmagistrado José Luis Barceló, días antes de su retiro de la Corte Suprema de Justicia, explicó las circunstancias en que accidentalmente había resultado interceptado el celular de Uribe y por qué este hallazgo había sido incorporado a su expediente por supuesta manipulación de testigos. Barceló aseguró que la orden de intervenir el teléfono del representante Nilton Córdoba Manyoma en un caso de corrupción se dispuso el 7 de marzo del 2018; el día 22 de marzo, los técnicos investigadores de la Fiscalía informaron que el número telefónico interceptado no representaba ninguna importancia porque nada tenía que ver con los hechos que son motivo de investigación.

Ante la alerta se dispuso la cancelación inmediata de la intervención a la línea, no obstante, por tratarse de un "hallazgo imprevisto e inevitable" las llamadas fueron trasladadas al expediente contra el expresidente. "No hubo nada ilegal ni fue un error", sostuvo en su momento a SEMANA el magistrado Barceló.

Para ese entonces, la Corte Suprema de Justicia pasaba por un momento de transición por la creación de doble instancia para aforados. Los expedientes en investigación –incluyendo el que avanzaba contra Álvaro Uribe Vélez– pasaron a manos de los magistrados de la recién creada sala de instrucción. De modo que la segunda voz en pronunciarse fue la de la magistrada Cristina Lombana. Ella fue la ponente de un auto que encontró esta prueba "ajustada a la legalidad". "Se niega la solicitud de la exclusión probatoria impetrada por la defensa", aseguró la decisión firmada por Lombana y que fue respaldada por sus cuatro colegas.

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No se halló "arbitrariedad, extralimitación ni desafuero del Magistrado que la ordenó, sino que, contrario a ello, se realizó en una práctica probatoria lícita y legal", decía el auto. Esta decisión inmediatamente fue recurrida por la defensa de Uribe. En un recurso de reposición, los abogados pidieron nuevamente la exclusión de la prueba. 

La respuesta se tardó más de lo esperado ya que sorpresivamente prosperó una recusación contra la magistrada Lombana y se vio obligada a separarse del expediente de Uribe. Esta decisión de mantenerse al margen del caso acaba de ser confirmada por el Consejo de Estado, que asegura que existe una "duda razonable" sobre la falta de imparcialidad de Lombana, en razón a que su vinculación como miembro activa de las fuerzas militares generaba implicaciones jurídicas respecto al principio de separación de poderes y desconocía el régimen de incompatibilidades de la Rama Judicial. 

Ahora bien, el tema pasó en consecuencia al despacho del magistrado César Reyes, cuya ponencia fue conocida y votada el pasado jueves por sus colegas de la Sala de Instrucción. El magistrado propuso negar las nulidades y dejar en firme la prueba que tanta ampolla ha levantado; sus colegas nuevamente estuvieron de acuerdo.

La decisión fue notificada en las últimas horas y coincidió con la columna de Daniel Coronell que revela detalles del informe de interceptación que entregó el CTI a la Corte Suprema de Justicia. En respuesta, el senador Álvaro Uribe publicó un audio demostrando que en el documento del CTI, en el cual se basó Coronell, aparecía el verbo solicitar en relación con la supuesta quema de pruebas, cuando en realidad se decía era evitar, lo que significa totalmente lo contrario. A raíz de esto, el expresidente aseguró que el CTI “transcribe parcialmente” o “altera” los audios para presentarlos en su contra.

Esta es la transcripción del audio que publicó el exmandatario: “Salimos del despacho de Néstor Humberto, nos atendió muy gentilmente, me dijo que entendió perfecto y me dijo que él había visto un caso similar antes, pero que a esta escala dispondría una comisión y, bueno, salí de ahí muy contento, ya radiqué la denuncia; los abogados dicen que tenemos que hacer escándalo ya porque lo que hay que evitar es que hagan alguna corrección, o que quemen eso o lo destruyan”.

Al margen de la efervescencia por la filtración de la información, el registro que el analista hizo de una de las comunicaciones y el contenido divulgado por medios de comunicación, la conclusión es que para los magistrados de la Corte son legales las grabaciones de 15 días al celular de Uribe y que esta prueba será tenida en cuenta en el expediente por presunta manipulación de testigos.

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Ahora bien, el magistrado –como nuevo ponente del caso Uribe– tendrá que definir dos temas claves: fecha de la indagatoria y el dictamen de un auto en el que ordena decenas de pruebas, varias de ellas solicitadas por la defensa del expresidente. Ambas cosas están íntimamente ligadas dado que es seguro que el magistrado prefiera darle prioridad a la práctica de ciertas pruebas antes de escuchar al expresidente, lo que podría tomar algunos meses más.