Casi diez años después de la firma del Acuerdo de Paz en el Teatro Colón entre el Estado y la guerrilla de las Farc, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca tomó una trascendental decisión.
Con ponencia de la magistrada Claudia Elizabeth Lozzi Moreno, el Tribunal le ordenó a la Presidencia de la República publicar toda la información de los contratos para la implementación del Acuerdo.

Esto al considerar la necesidad de conocer todo lo relacionado sobre la forma en que se ha venido realizando la implementación de los respectivos acuerdos y las acciones que se fijaron al momento de la firma.
La Presidencia, señala el fallo de 26 páginas, deberá de manera proactiva, amplia, sencilla y eficiente, publicar todos los documentos generados en las fases precontractual, contractual y poscontractual de los procesos de contratación relacionados con la negociación o implementación de los Acuerdos de Paz.

En la decisión judicial se indica que la ley es clara cuando define la paz como una política de Estado y ordena que la información sobre los contratos relacionados con su implementación sea pública.
Por esta razón, todas las autoridades que intervienen en ese proceso deben orientar sus actuaciones a cumplir el artículo 17 de la Ley 2272 de 2022.
De esta forma, indicó que este deber se mantiene cuando los contratos se gestionan a través de la Oficina del Consejero Comisionado para la Paz; por cuanto dicha oficina hace parte de la Presidencia de la República y, por tanto, si la contratación se surte en el marco de la negociación o implementación de los Acuerdos de Paz, le es aplicable el deber de publicación.

El Tribunal aclaró que esta obligación no es absoluta, pues debe respetarse la reserva legal cuando se trate de información protegida, como datos sensibles o relacionados con víctimas.
