MIGRANTES
Presidente Duque firma este lunes el decreto que crea el Estatuto de Protección Temporal para Migrantes Venezolanos
Colombia busca regularizar a cerca de 1,8 millones de migrantes venezolanos que han huido del vecino país por las condiciones actuales.
El presidente Iván Duque firmará este lunes el decreto con el cual se crea el Estatuto de Protección Temporal para Migrantes Venezolanos, con lo cual iniciará la atención humanitaria a todas las personas que han salido del vecino país, por las condiciones sociales, políticas y económicas.
Hace un par de semanas cuando el Gobierno anunció la medida, se señaló que el objetivo era regularizar a cerca de 1,8 millones de migrantes, los cuales ahora van a tener la oportunidad de acceder a empleo formal, educación, salud, entre otros beneficios, y además tendrán que cumplir también con ciertas condiciones y podrán aportar a las finanzas nacionales con el pago de impuestos.
El Presidente @IvanDuque anunció la creación, por parte del Gobierno Nacional, de un Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos, el cual funcionaría como un mecanismo complementario al régimen de protección internacional de refugiados. #EstatutoDeProtección pic.twitter.com/hXXbPrbywg
— Presidencia Colombia 🇨🇴 (@infopresidencia) February 8, 2021
Cabe mencionar que esta decisión fue destacada por la comunidad internacional en general y fue calificada como “histórica”.
¿Qué es el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos?
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Será el nuevo marco normativo del Estado colombiano para caracterizar y regularizar la condición migratoria de todos los venezolanos que han llegado al país y permitirles una integración más fácil a la sociedad colombiana. “Es un mecanismo complementario al régimen de protección internacional de refugiados que ofrece el resguardo a personas que huyen de su país de origen y que se encuentran en situación de alta vulnerabilidad, en especial más de 966.000 personas venezolanas que se encuentran con estatus irregular en Colombia”, explicó el Gobierno nacional.
¿Cómo funcionará el estatuto?
Se realizará en dos fases. Primera fase: Se creará el Registro Único de Migrantes Venezolanos para identificar y caracterizar a cada ciudadano venezolano radicado en Colombia. Este trámite, que será gestionado por Migración Colombia, se debe realizar de manera virtual. Segunda fase: se expedirá el Permiso por Protección Temporal (PPT) a los venezolanos que ya hayan realizado el trámite de registro.
¿Cuáles son los requisitos para poder vincularme al Registro Único de Migrantes Venezolanos?
Estar en Colombia; presentar documento de identidad vigente o vencido (pasaporte, cédula de identidad venezolana, PEP); tener el acta de nacimiento en caso de ser menores de edad; hacer una declaración expresa de la intención de permanecer temporalmente en Colombia; y autorizar la recolección de datos biométricos.
¿Qué es el Permiso por Protección Temporal (PPT)?
Es un documento plástico con la información requerida por instituciones públicas y privadas. Los beneficiarios, luego del registro único de migrantes venezolanos, tendrán la posibilidad de obtener el PPT, un documento más sólido que les garantizará la permanencia regular en el territorio nacional por hasta 10 años. Este documento, que reemplazará a los Permisos Especiales de Permanencia (PEP), les permitirá integrarse a la sociedad colombiana pues podrán, entre otros, acceder a derechos, firmar contratos laborales y obtener productos bancarios.
¿Quiénes podrán acceder al PPT?
Está dirigido a aquellos venezolanos que se encuentren en Colombia de manera regular, aquellos que posean Permiso Especial de Permanencia, que tengan Prórroga de Permanencia (turista) o que cuentan con Permiso de Ingreso y Permanencia. También los solicitantes de refugio o los ciudadanos que posean visas podrán solicitar el estatuto. A los ciudadanos con estatus irregular que demuestren su ingreso al país antes del 31 de enero de 2021 se les otorgará de igual forma la protección de este nuevo mecanismo.
Adicionalmente, durante los primeros dos años desde la entrada en vigencia del Estatuto, los venezolanos que ingresen de manera regular por pasos fronterizos formales podrán acceder a los beneficios.
¿Cuáles son las condiciones para poder acceder al PPT?
No tener antecedentes, anotaciones ni procesos administrativos o judiciales en curso; no tener en curso investigaciones administrativas migratorias; no tener en su contra medidas de expulsión, deportación o sanción económica vigente; no tener en curso investigaciones o condenas por delitos cometidos en Colombia.
¿Los Permisos Especiales de Permanencia (PEP) ya no servirán?
Las personas que tengan un PEP deberán obtener el PPT, que será el único documento que seguirá vigente en el país.
¿Se podrá optar a una visa de residencia al tener el PPT?
Sí. El beneficio del PPT es que permitirá sumar tiempo para el otorgamiento de la residencia en Colombia.
¿El Permiso por Protección Temporal podrá ser cancelado?
Sí. Los ciudadanos que violen la ley migratoria serán sujeto de revisión para la cancelación de su PPT. También todo aquel que incurra en infracción en el ordenamiento jurídico del país. La autoridad migratoria si considera al extranjero una amenaza para el país podrá cancelar su permiso. De igual forma, los ciudadanos que permanezcan más de 180 días fuera del país perderán su PPT.
¿Puede tenerse e PPT al mismo tiempo con otros permisos?
No. Este documento no se puede poseer simultáneamente junto a otro tipo de permiso o visa. Las visas prevalecerán ante el PPT.
¿El nuevo estatuto va a causar que muchos más venezolanos lleguen a Colombia?
Para no generar un efecto llamada, el Gobierno decidió brindar la posibilidad de regularizarse solamente a los migrantes que hayan ingresado al país antes del 31 de enero del 2021. Después de esa fecha, los venezolanos tendrán que ingresar por un paso fronterizo formal y de manera regular para poder acceder al Permiso por Protección Temporal (PPT).