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El Gobierno de Duque ha basado en buena parte su política antinarcóticos en las fumigaciones aéreas. | Foto: Montaje SEMANA

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Presidente Duque respondió al fallo de la Corte sobre aspersión con glifosato

La Corte Constitucional tumbó el plan de manejo ambiental que presentó la Policía, y pidió adelantar una consulta previa.

20 de enero de 2022

Se conoció la primera reacción del presidente de la República a la determinación que adoptó el miércoles de esta semana la Corte Constitucional, de anular o tumbar la resolución de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla) con la cual se aceptó el documento denominado Plan de Manejo Ambiental que fue entregado por la Policía Nacional, en el marco del programa de erradicación de cultivos ilícitos a través de la aspersión aérea con glifosato.

En ese sentido, el mandatario colombiano realizó una férrea defensa a la herramienta de aspersión aérea con glifosato de cultivos ilícitos de coca, al recordar que Colombia requiere de ese tipo opciones para atacar las estructuras criminales que están detrás del narcotráfico.

Duque indicó que se va a estudiar a profundidad con su equipo de trabajo el fallo del alto tribunal, al indicar que se deben respetar ese tipo de decisiones emanadas de los magistrados.

“Tenemos que conocer bien el fallo, queremos analizar bien el fallo y entenderlo, obviamente respetando las decisiones, claramente también quiero hacer una reflexión pensando en el país, nosotros tenemos que enfrentar el fenómeno del narcotráfico con todas las herramientas que tengamos a disposición”, sostuvo Duque.

Y agregó en la defensa de su tesis frente a la determinación que adoptó la Corte Constitucional: “Eso implica erradicación, destrucción de laboratorios, eso implica también desarrollo alternativo, eso implica sustitución, pero también implica tener las herramientas de aspersión con precisión donde corresponda”.

También dijo: “Claramente nosotros tenemos que acatar el fallo y lo haremos, pero yo si quiero dejar planteado que no podemos limitar las herramientas que el país requiere para enfrentar esa situación, lleva la prácticamente tres años trabajando, acoplándonos a las directrices de la Corte Constitucional y de hecho los procesos e licenciamiento se estaban trabajando como lo estableció la Corte”.

Eder Burgos, alcalde de Ricaurte, asegura que el desarrollo de las vías busca generar beneficios para hacer más eficiente el transporte de alimentos y fomentar la sustitución de cultivos de uso ilícito.
Eder Burgos, alcalde de Ricaurte, asegura que el desarrollo de las vías busca generar beneficios para hacer más eficiente el transporte de alimentos y fomentar la sustitución de cultivos de uso ilícito. | Foto: Guillermo Torres Reina

“Miraremos el alcance del fallo, miraremos en qué casos consideran ellos que aplican la consultas previas, pero lo cierto es que Colombia no se puede quedar sin ninguna herramienta para enfrentar esta situación y más aún cuando es evidente que el narcotráfico es el que financia los grupos armados ilegales que atentan contra el pueblo colombiano, enfrentar al narcotráfico es un deber moral”, puntualizó el jefe de Estado en una declaración en la Casa de Nariño.

Cabe señalar, que la Corte Constitucional concedió una tutela y señala que en el proceso ha habido desconocimiento del derecho a participación de las comunidades campesinas que residen en lugares donde se aplicará dicho programa de erradicación a través de la aspersión aérea. La tesis de José Benavides, quien presentó la tutela, es que dicho plan no tuvo en cuenta a las comunidades, al momento de darlo a conocer.

Además, el fallo ordena, precisamente, adelantar una consulta previa. Sobre este punto, la Corte advierte que la autoridad ambiental debe dar valor a las consideraciones de las comunidades y que, en el desarrollo de la consulta, deben adoptarse “procedimientos apropiados que permitan crear espacios de negociación e intervención de las comunidades étnicas”.

Sobre ese panorama, la orden a la ANLA, el Ministerio del Interior y la Policía es que en un término no mayor a un año, que puede prorrogarse hasta por seis meses, se adelante el proceso de consulta previa con las comunidades étnicas que tienen presencia en cada uno de los seis núcleos de operación definidos para la modificación del PMA del PECIG”. Son exactamente 104 municipios, en 14 departamentos del territorio nacional.

Finalmente, otro aspecto a considerar, según el alto tribunal, es que es indispensable que la consulta se haga teniendo en cuenta el dialecto y/o lengua de la comunidad étnica afectada.