Nación

Primera condena por reventa de boletas para Mundial Rusia 2018: a la cárcel dos representantes Ticketshop

Los empresarios llegaron a un acuerdo con la Fiscalía para pagar una pena de tres años y tres meses de prisión.

15 de julio de 2021
Reventa de boletas Colombia: imputan cargos a socio de TicketYa | Foto: Fotomontaje SEMANA

Las boletas las compraron para amarrarlas en un solo paquete y después revenderlas por un valor superior al fijado en el mercado. El caso tiene un nuevo capítulo con la aceptación de cargos, a través de un preacuerdo, al que llegaron dos empresarios vinculados al escándalo.

Se trata de Cesar Ronaldo Carreño e Iván Darío Arce Gutiérrez, socios de la empresa Ticketshop, y que ahora se convirtieron en dos nuevos condenados tras aceptar su responsabilidad en los delitos de agiotaje agravado, ofrecimiento engañoso y concierto para delinquir.

Los dos empresarios, de acuerdo con el material probatorio recaudado por la Fiscalía, se pusieron de acuerdo para manipular la venta de las boletas que se dejarían a disposición de los seguidores de la selección y que pensaban llegar al estadio Metropolitano de Barranquilla a ver los partidos de la eliminatoria.

“Tenemos reporte de que no tienen registrados antecedentes de ninguna índole sin dejar de resaltar la gravedad de los delitos. La Fiscalía y la defensa acreditaron para cada uno de ellos la individualización de arraigo, las conductas por las cuales fueron condenados”, explicó la juez al leer la condena.

La investigación de la Fiscalía logró establecer lo que realmente ocurrió. Los empresarios que se orquestaron compraron la boletería y simularon ponerlas a la venta, pero solo fue una fachada para esconder las irregularidades. Las boletas las guardaron y días después las revendieron en el mercado negro, afectando no solo a los aficionados, sino a la Federación Colombiana de Fútbol.

El acuerdo al que llegaron los empresarios –ahora condenados– con la Fiscalía no solo les dejó una pena de 3 años y 3 meses de prisión, sino una multa superior a los 50 salarios mínimos mensuales, además de una inhabilidad para ejercer cargos públicos por el mismo tiempo de la pena.

“El juzgado concede la suspensión condicional de la ejecución de la pena por el término de tres años, para lo cual deberán cancelar una caución prendaria de dos salarios legales mensuales vigentes cada uno”, finalizó el juzgado al explicar que suspenden la pena en virtud del preacuerdo y tras advertir que deben cumplir algunos compromisos.