Consejo Nacional Electoral | Foto: Daniel reina / SEMANA

DECISIÓN

Primeras sanciones contra el presidente CNE por irregularidades electorales

El Consejo de Estado le impuso una multa por desacato a Emiliano Rivera por no dejar sin efectos una resolución en la que canceló el registro de las cédulas de varios votantes en Yopal.

12 de abril de 2016

La manera poco reflexiva como actuaron las autoridades electorales para enfrentar la trashumancia en las elecciones regionales del 2015 llevó a la injusta cancelación del registro de cédulas de centenares de votantes.

Aunque se tomaron correctivos por la presión de organismos de control y jueces, muchas actuaciones fueron insuficientes, y de ahí la primera sanción contra el presidente del Consejo Nacional Electoral (CNE), Emiliano Rivera.

La Sección Quinta de ese alto tribunal le impuso una sanción de dos salarios mínimos por desacatar parte de un fallo de tutela en el cual se le ordenaba dejar sin efectos una resolución que canceló la inscripción de las cédulas a varios sufragantes de Yopal (Casanare).

En jornadas electorales de años anteriores la trashumancia electoral fue un caballito de batalla de políticos sin escrúpulos que logran su cometido de ganar las elecciones a cualquier precio, en parte gracias a la falta de control y vigilancia de las autoridades.

Paradójicamente, para las elecciones regionales de octubre del 2015, el control de esas autoridades fue tan excesivo y plagado de irregularidades, que, por culpa de las decisiones insuficientemente estudiadas de cancelación inscripciones de cédulas, centenares de ciudadanos se quedaron sin votar.

Y aunque la rápida actuación de los organismos de control y los jueces de tutela permitió que entidades como la Registraduría y el CNE pudieran tomar algunos correctivos, estos no fueron suficientes para evitar que se violaran los derechos de todos los afectados.

Un hecho como ese ocurrió en Yopal (Casanare), donde los organismos electorales cancelaron el registro a varios ciudadanos que consideraban sospechosos de ser trashumantes. Quienes se vieron afectados injustamente por esa decisión acudieron a la acción de tutela.

El Tribunal Administrativo del Casanare, que conoció de la acción judicial, amparó los derechos de los votantes y por eso ordenó a los organismos estatales responsables adelantar las acciones necesarias para que los demandantes lograran votar.

Lo hicieron a medias. Aun cuando los habilitaron para votar en las mesas en las que se encontraban inscritos en Yopal, no revocaron la resolución por medio de la cual habían cancelado las cédulas inicialmente.

Ante el incumplimiento, los tutelantes iniciaron un incidente de desacato. Así, al resolver el recurso en última instancia, el Consejo de Estado encontró que los accionados dejaron de cumplir parte de las obligaciones surgidas en el fallo de tutela.

De ahí que la Sección Quinta de ese tribunal le impusiera sanción de dos salarios mínimos al presidente del CNE, Emiliano Rivera, por desacatar parte de las órdenes judiciales.