Nación
Primicia: Este es el fallo definitivo que revive el Nuevo Liberalismo en Colombia
Se trata de un documento con más de 190 páginas que reúne los argumentos por los que la Corte Constitucional le concedió la personería jurídica a esta colectividad.
SEMANA tuvo acceso, en primicia, al fallo completo y definitivo que revivió el Nuevo Liberalismo en Colombia y cuya ponencia estuvo en manos del magistrado Jorge Enrique Ibáñez. La votación en esta decisión había sido unánime: 8 votos a favor y 0 en contra. Sin embargo, al no conocer el fallo, habían dudas sobre su aplicación e implicaciones, por ejemplo, entre los eventuales candidatos a la presidencia a nombre la colectividad.
Con la sentencia, se empieza a dar claridad sobre la llegada del Nuevo Liberalismo en el escenario político y electoral, y las condiciones en las que se daría el regreso de este partido fundado por el asesinado excandidato presidencial Luis Carlos Galán Sarmiento y que ahora queda en manos de sus hijos Juan Manuel Galán, precandidato a la presidencia y Carlos Fernando Galán, concejal de Bogotá.
Justamente uno de los nombres más importantes que entra ahora es el de Rodrigo Lara.
El fallo advierte que Luis Carlos Galán Sarmiento, “lideró una movilización ideológica al interior del Partido Liberal con varios dirigentes que integraron el que denominaron Movimiento de Democratización Liberal, con el cual, en el mes de febrero de 1978, presentaron listas a concejos en las ciudades capitales y a asambleas en algunos departamentos”; y agrega que, así mismo, “Galán se presentó en las elecciones congresionales de ese mismo año y fue elegido senador por el departamento de Santander, mientras que otro dirigente de ese mismo movimiento, Rodrigo Lara Bonilla, fue elegido senador por el departamento del Huila”, dándole legitimidad a la existencia política del partido.
Lo más leído
Señala el fallo que por ejemplo en el caso de Rodrigo Lara sí puede entrar al Nuevo Liberalismo demostrando el vínculo histórico que ha tenido: “Así mismo, en la medida en que esta Sentencia se profiere y se notifica en el momento en que ya está en curso el calendario electoral para las elecciones congresariales de marzo de 2022, quedarán exceptuados de la obligación de haber renunciado a la curul que actualmente ocupan en representación de otros Partidos, al menos con 12 meses antes del primer día de inscripción, quienes fueron sus fundadores, integrantes de sus cuerpos directivos o elegidos a corporaciones públicas como candidatos de ese Partido entre 1980 y 1988 y quienes mantuvieron una relación directa y públicamente reconocida con el Partido Nuevo Liberalismo (esta última acreditada por el Consejo Nacional del Nuevo Liberalismo) y ahora aspiren a ser elegidos en representación de ese Partido en las elecciones a celebrarse en 2022″, señala el fallo.
Sentencia Nuevo Liberalismo by Semana on Scribd
Las órdenes de la Corte
El Consejo Nacional Electoral, según el fallo, deberá reconocer a los directivos que existan y estén registrados desde 1986 en el Partido Nuevo Liberalismo, en el Consejo Nacional, Principales y Suplentes; en la Junta de Coordinación Nacional, Principales y Suplentes; y, los Coordinadores Regionales.
Pero además la Corte pide reconocer a los tutelantes: Gloria Pachón de Galán, Cecilia Fajardo Castro, Beatriz Góngora de García, Rafael Amador Campos, Andrés Talero Gutiérrez, José Blackburn Cortés, Rubén Darío Ramírez y José Encarnación Corredor Núñez, quienes cumplieron roles dentro de la estructura del Partido Nuevo Liberalismo en los órganos de gobierno, administración, vigilancia y asesoría y, en algunos casos, como congresistas elegidos para los respectivos períodos constitucionales en representación de ese partido político, como miembros activos de las directivas del Partido Nuevo Liberalismo, mientras, después de cumplidas las elecciones congresariales y presidenciales de 2022, se convoca la Convención Nacional de ese partido, para elegir todas sus directivas de conformidad con sus estatutos debidamente actualizados.
En el recuento que hace la Corte señala que como organización política autónoma, el Nuevo Liberalismo participó por primera vez en las elecciones territoriales que se llevaron a cabo en el mes de marzo de 1980, en las que obtuvo 20 curules en los concejos de Bogotá, Bucaramanga y Popayán, y tres curules en la Asamblea Departamental de Cundinamarca.
Como la Dirección Nacional Liberal elegida en diciembre de 1980 se desintegró en el primer semestre de 1981, cuando entonces, Luis Carlos Galán Sarmiento lanzó su candidatura presidencial en la Convención del Nuevo Liberalismo celebrada en Rionegro, Antioquia, el 18 de octubre de 1981.
A esa candidatura se sumaron, relata el fallo, entre muchos otros, el Movimiento de Renovación Liberal de Antioquia que lideraba Jairo Ortega Ramírez, quien para las elecciones congresariales de 1982 inscribió en su lista para la Cámara de Representantes a Pablo Emilio Escobar Gaviria. Entonces, advertido por Iván Marulanda Gómez, coordinador regional en Antioquia del Nuevo Liberalismo, de las actividades ilícitas en las cuales aquel habría incursionado, durante un mitin cumplido en el parque Berrío en Medellín. Luis Carlos Galán Sarmiento rechazó el apoyo del Movimiento de Renovación Liberal a su candidatura presidencial.
¿En qué sentido se violentó a dicha colectividad o se le atacó?
La Corte advierte en su fallo, por ejemplo, que el presidente Belisario Betancur Cuartas le dio participación al Nuevo Liberalismo en su gobierno y le ofreció el Ministerio de Justicia que ocupó a partir de octubre de 1983, el otro fundador y dirigente de ese movimiento, Rodrigo Lara Bonilla, “quien de manera frontal combatió el narcotráfico y a los carteles de la droga, al tiempo que denunció su influencia tanto en la política como en el fútbol y la economía.
Y que el entonces ministro de Justicia, Rodrigo Lara Bonilla, confrontó públicamente a Pablo Escobar Gaviria en la plenaria de la Cámara de Representantes a la cual este pertenecía y así prosiguió desde el Estado la lucha contra el narcotráfico y los carteles de la droga.
El fallo de la Corte señala que hubo varias “acciones de violencia, algunas de ellas calificadas de terroristas por la Corte Suprema de Justicia y otras como crímenes de lesa humanidad, que no solo se ejecutaron contra la dirigencia del sector o movimiento Nuevo Liberalismo, autónomo hasta diciembre de 1988 o integrado al Partido Liberal a partir de esa misma época, sino también, contra la dirigencia del Partido Unión Patriótica, lo mismo que, una vez reincorporado a la vida civil, contra la dirigencia del M-19.”.
Cabe recordar que fue con 8 votos contra 0 que el Alto Tribunal le devolvió la personería jurídica al Nuevo Liberalismo, partido fundado por Luis Carlos Galán en una decisión que, en primer lugar, reorganiza el “ajedrez” de cara a las elecciones de 2022 en Colombia, justo cuando se empieza a calentar la disputa electoral, que tendrá como uno de sus protagonistas a Juan Manuel Galán, hijo del excandidato presidencial asesinado. Pero también generaba dudas por parte de sectores políticos que un mes después no conocían el documento de la decisión y sus implicaciones.