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Corte negó a Nicolás Petro tutela con que buscaba la nulidad de su proceso por enriquecimiento ilícito y lavado. Juicio está firme

El hijo del presidente perdió una nueva batalla judicial en la lluvia de recursos que ha presentado para dilatar su proceso y hasta sacar de líos jurídicos a su papá.

Redacción Semana
10 de abril de 2024
| Foto: Facebook Nicolas Petro

El juicio contra Nicolás Petro por enriquecimiento ilícito y lavado de activos parece descongelarse, después de que la Corte Suprema de Justicia le negó en segunda instancia la tutela que interpuso su defensa para que el proceso se declarara nulo. Aunque ese recurso ya había sido negado por un Tribunal en Barranquilla, ahora es la Corte la que se suma a esa postura.

La decisión del magistrado ponente del caso, Jorge Díaz Soto, resolvió “confirmar la sentencia impugnada, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta decisión”.

Esa decisión se basó en el Tribunal Superior de Barranquilla que, con ponencia del magistrado Luigi José Reyes, argumentó que no hubo vulneración de sus derechos fundamentales, como lo dijo la defensa del hijo del presidente. Para esa instancia judicial existieron todas las garantías procesales en las audiencias que se adelantaron ante un juzgado.

En esa decisión, el Tribunal explicó en una primera instancia que “en efecto, la Sala no avista la violación de derechos fundamentales que invoca el accionante, no solo porque la decisión censurada por vía de tutela viene suficientemente razonada y coincide en esencia con lo dicho en reiterada jurisprudencia por la Sala Penal de la Corte”.

El recurso, que dilató por varias semanas el juicio contra el hijo mayor del presidente, argumentaba que se le había vulnerado el derecho al debido proceso y de doble instancia, pero desde el mismo Tribunal Superior de Barranquilla, consideró que en su momento el juez que llevó el caso no actuó de manera arbitraria.

Por esos argumentos fue que la Corte Suprema de Justicia se apegó a esa decisión “aclarando que lo correcto es declarar improcedente el amparo y no negarlo, de conformidad con lo expuesto en precedencia”.

Para el alto tribunal, el proceso que adelantó el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Barranquilla no fue arbitrario, incoherente, ni se apartó de los criterios que fueron presentados en la tutela por la defensa del hijo del presidente Gustavo Petro.

SEMANA conoció la tutela que presentó Ricardo Gaviria Ramírez, uno de los abogados de Petro Burgos, que pasó del Tribunal a la Corte Suprema en la que explicaba que “en el proceso penal en contra de Nicolás Fernando Petro, cualquier solicitud de la defensa se ha querido presentar como una “maniobra” o “estrategia” con el objetivo de dilatar la actuación penal. Sin embargo, se ha acudido a todas las citas de la judicatura y se han acatado sus decisiones. No obstante, el ejercicio de los recursos jurídicos con los que dispone la defensa y que, como se ha visto, en este caso ha ejercitado precisamente en los momentos procesales previstos para ello, no pueden ser tachados de maniobras que tengan el objetivo de dilatar injustificadamente el proceso”.