PROCESO DE PAZ

Los 35 "mandamientos" que deberán cumplir el Gobierno y las FARC

Los negociadores divulgaron cada una de las reglas que fueron contempladas en el protocolo del cese al fuego y que se encargará de supervisar la misión encabezada por la ONU.

5 de agosto de 2016

El cese al fuego entre el Gobierno y las FARC quedó reglamentado. Tras el anunció que hicieron los negociadores este viernes desde La Habana, se conocieron los "mandamientos" que tendrán que seguir las partes para que el cese al fuego y la dejación de armas, salgan según lo planeado.

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Un anuncio que contempla 23 protocolos y dos anexos que complementan lo que ya se conoce sobre el acuerdo del fin del conflicto. Uno de ellos, recoge los 36 actos prohibidos que enmarcarán el cese al fuego y de hostilidades bilateral y definitivo que tendrá a la ONU como cabeza de la verificación.

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Cada uno de ellos busca evitar que los acuerdos se rompan, no se afecte a la población civil, a la Fuerza Pública o a las FARC. Semana.com comparte el texto en su integridad:

El Gobierno y las FARC se comprometen a no realizar las siguientes acciones:

1. Entrar en contacto armado.

2. Impedir u obstaculizar la labor de monitoreo y verificación.

3. Ocultar información que sea relevante para el funcionamiento del mecanismo de monitoreo y la implementación del acuerdo del cese al fuego y la dejación de armas.

4. Desplegar unidades armadas y personal no autorizado en las zonas veredales, puntos transitorios de normalización y zonas de seguridad, bajo las condiciones definidas en el acuerdo.

5. Adelantar acciones que impidan la protección o asistencia humanitaria.

6. Utilizar lenguaje difamatorio por cualquier medio.

7. Ejecutar actos de violencia o cualquier amenaza que ponga en riesgo la vida e integridad personal contra la población civil, especialmente aquellos por razón de género.

8. Realizar acciones que atenten contra la integridad física o moral de la contraparte.

9. Realizar acciones que vayan en contra de la integridad y seguridad física del personal que conforma el mecanismo de monitoreo y verificación.

10. Interferir en la labor del componente internacional de verificación frente a los procedimientos técnicos de registro, identificación, monitoreo y verificación de la tenencia, recolección, almacenamiento, extracción y disposición final del armamento de las FARC.

11. Usar las rutas de desplazamiento, la adecuación de los dispositivos en el terreno, las zonas veredales, los puntos transitorios y las zonas de seguridad para fines o propósitos diferentes a los acordados en el marco del cese al fuego y la dejación de armas.

12. Transgredir los acuerdos y protocolos relacionados con el ingreso y salida de las zonas veredales y los puntos transitorios.

13. Hacer presencia temporal o permanente en las zonas de seguridad delimitadas previamente de común acuerdo.

14. Transgredir los compromisos adquiridos en el acuerdo sobre cese al fuego y dejación de armas

15. Afectar los derechos y libertades de la población civil.

16. La Fuerza Pública mantendrá el cumplimiento de la Ley y en especial de la sentencia T-455 de 2014 de la Corte Constitucional sobre la incorporación de integrantes a sus filas; y por su parte las FARC-EP no incorporará nuevos hombres y mujeres en sus filas (guerrillas y milicias).

Las FARC se comprometen a NO realizar las siguientes acciones:

17. Hacer presencia armada y uniformada en cualquier lugar diferente a los campamentos.

18. Salir de las zonas veredales o de los puntos transitorios sin cumplir los procedimientos acordados en materia de
seguridad para los desplazamientos.

19. Adquirir, fabricar, portar o transportar armas municiones y explosivos no autorizados en el acuerdo del cese al fuego y dejación de armas.

20. Interferir en el normal desarrollo de las funciones de las autoridades civiles, militares y de policía.

21. Cometer actos de destrucción o de daño material, de las obras e instalaciones, infraestructura, instalaciones gubernamentales y de la Fuerza Pública.

22. Realizar actividades ilícitas para la financiación de la organización.

23. Incrementar su capacidad de combate.

24. Comercializar o preparar depósitos clandestinos de armas y pertrechos.

25. Modificar sin justificación la cantidad y relación de personas y armas autorizadas para permanecer en los Campamentos.

26. Incumplir el procedimiento técnico acordado de registro y almacenamiento de las armas correspondiente a los y las integrantes de las FARC-EP que salen al cumplimiento de las tareas del proceso de paz y de los y las integrantes de esta organización asignados al mecanismo de monitoreo y verificación.

El Gobierno se compromete a NO realizar las siguientes acciones:

27. Tener trato discriminatorio con el personal objeto de este acuerdo.

28. Diseñar, planear y ejecutar vuelos militares, por debajo de 5.000 pies de los niveles de vuelo.

29. Diseñar, planear y ejecutar operaciones de acción ofensiva contra los integrantes de las FARC (guerrilla-milicias) que se encuentren en cumplimiento del acuerdo de cese al fuego y dejación de armas.

30. Controlar el suministro de alimentos y medicamentos destinados a las áreas definidas en las zonas veredales y los puntos transitorios.

31. Afectar o dañar las instalaciones adecuadas en las zonas veredales y puntos transitorios.

32. Ingresar a las zonas veredales, puntos transitorios y a las franjas de seguridad sin informar o coordinar con el mecanismo de verificación.

33. Hacer propaganda hostil en contra de las FARC.

34. Obstaculizar el desplazamiento de los integrantes de las FARC hacia las zonas veredales y los puntos transitorios.

35. Obstaculizar la atención médica a los integrantes de las FARC.