INVESTIGACIÓN
Procuraduría formuló pliego de cargos contra alcalde de Bolívar en Santander, por esta razón
En elecciones para escoger integrantes del Congreso de la República, el mandatario emitió de forma extemporánea las reglas para la fijación de la propaganda política.
Aunque han pasado seis meses largos desde que se realizaron las primeras elecciones en Colombia en 2022 (las de marzo, para escoger los integrantes del Congreso de la República), los hechos sucedidos en los territorios siguen siendo motivo de revisión de la Procuraduría General de la Nación, entidad que este domingo anunció la formulación de pliego de cargos contra el alcalde de Bolívar, en el departamento de Santander, Wilson Orlando Gamboa Sedano.
Según la entidad del Ministerio Público, el mandatario habría expedido, por fuera del término legal establecido, el acto administrativo con el cual debía regular las elecciones a Congreso de la República del pasado 13 de marzo de 2022.
En Colombia existen varias normas relacionadas con la propaganda política en época electoral, pese a que escasean los estudios que prueben la influencia que tiene sobre la decisión de los electores por uno u otro candidato. En los entes territoriales, cada mandatario tiene un cronograma para establecer y divulgar las reglas de juego, las que a su vez están regidas por normas de carácter nacional, que son expedidas por el Ministerio del interior, entidad que se basa en la Constitución y varias leyes estatutarias que regulan la propaganda electoral.
Según lo establecido por la Procuraduría, previo a la formulación de pliego de cargos sobre el mandatario del municipio de Bolívar, Gamboa Sedano habría “incumplido el calendario dispuesto para los comicios porque, al parecer, emitió extemporáneamente el acto que dispuso la forma, características y condiciones para la fijación de propaganda electoral, así como la indicación y delimitación de los sitios públicos en los que estaba permitido ubicarla”.
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¿Qué se investiga?
Si no hay una norma exigible y clara en relación con la manera de proceder con la propaganda política en época electoral, implicaría que los que promueven un candidato podrán ‘hacer fiesta’, a la hora de ofrecer las ventajas que tendría la votación por el aspirante a un cargo de elección popular.
Por esa razón, con base en las revisiones realizadas por la Procuraduría Provincial de Instrucción del municipio de Vélez, “el investigado pudo transgredir las garantías constitucionales relacionadas con el acceso a los distintos partidos, movimientos y agrupaciones políticas”.
De igual manera, con la omisión, pudo conducir a los candidatos, a “la utilización de estos medios para atraer votantes”.
Pero además, también pudo pasar por encima del derecho de la comunidad a disfrutar del espacio público y la preservación de la estética, señala la entidad del Ministerio Público
Por el momento, el caso del alcalde de Bolívar (Santander) está en etapa procesal, pero desde ya, el ente de control calificó la falta del funcionario como “grave”, la cual, habría sido cometida “con culpa grave”, por “inobservancia del cuidado necesario que cualquier persona del común imprime a sus actuaciones”.
Otros casos
Durante los procesos electorales que se realizaron en Colombia en este año se presentaron múltiples casos relacionados con la propaganda política. Se recuerda el de la parlamentaria Katherine Miranda, quien enfrentó una demanda ante los estrados judiciales por haber utilizado la palabra ‘Abudinear’, en sus vallas publicitarias, en relación con el caso del escándalo de Centros Poblados, donde estuvo involucrada la entonces ministra de las TIC, Karen Audinen.
Las normas colombianas indican que las autoridades públicas en cada zona del país, son las que tienen inspección y control sobre este tipo de propagandas.