Nación
Procuraduría pide liquidar convenios que se hicieron durante la eliminación de la Ley de Garantías
La entidad visitó gobernaciones y alcaldías para verificar dichos contratos.
La Procuraduría General de la Nación pidió a las entidades contratantes de todo el país adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a la decisión de la Corte Constitucional de liquidar los convenios y contratos que se hicieron por causa de la modificación de la Ley de Garantías, la cual autorizaba la celebración de convenios interadministrativos para ejecutar programas y proyectos correspondientes al Presupuesto General de la Nación vigencia 2022 en medio de las elecciones presidenciales.
El Ministerio Público formuló requerimientos a las alcaldías y gobernaciones del país para que informen, tanto de la suscripción de los convenios interadministrativos con la Nación, como de los contratos celebrados con terceros durante ese tiempo en la que estuvo vigente la modificación.
Así mismo, el Viceprocurador General de la Nación impartió instrucciones a las procuradurías regionales, distritales y provinciales para la vigilancia preventiva de los convenios interadministrativos celebrados entre la Nación y las entidades territoriales, con el fin de que los recursos públicos involucrados se utilicen con fines diferentes al interés general. En cumplimiento de dicha directriz, las procuradurías territoriales realizaron, en mayo de 2022, visitas a las gobernaciones y alcaldías para verificar el estado y ejecución de los convenios y contratos.
Cabe mencionar que tras avalar la ponencia de la magistrada Diana Fajardo Rivera, la Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó la modificación de la Ley de Garantías que había sido respaldada por el Congreso de la República en octubre pasado. El alto tribunal consideró que lo ahí ratificado no se ajustaba a la Constitución Política de Colombia.
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En el debate jurídico se encontró que la mencionada reforma se presentó una falla en el trámite de la ley, puesto que se presentó como ordinaria cuando debía hacerse como estatutaria. El alto tribunal fue más allá y ordenó devolver el dinero que ya se desembolsó entre las entidades estatales.
La reforma, que se había hecho presentado dentro de la Ley de Presupuesto, le permitía a los alcaldes y gobernadores del país realizar convenios interadministrativos con las entidades territoriales para ejecutar programas y proyectos correspondientes al Presupuesto General de la Nación durante todo este año y en plena época electoral. Esta reforma fue cuestionada desde diversos sectores, porque quitaba el limitante que existía de ejecutar contrataciones en los años electorales para dar garantías y trasparencia al proceso.
La Sala avaló todos los aspectos de la ponencia de la magistrada Fajardo que establecía un efecto retroactivo, esto es, que cada uno de los convenios interadministrativos que se celebraron mientras estuvo vigente la modificación a la reforma deberán ser liquidados de manera inmediata. “A partir de la decisión no es posible suscribir convenios interadministrativos al amparo del artículo 124 de la ley 2159 de 2021, por lo cual aquellos trámites que se encuentran en curso deberán terminarse inmediatamente”, señalaba uno de los apartes de la ponencia que fue estudiada por la Sala Penal.
El debate de este caso tuvo como origen la demanda que presentaron el representante a la Cámara, José Daniel López y el ahora senador electo, David Luna, que señalaron que se había presentado un verdadero “mico” en la presentación y aprobación de esta reforma, citando de esta forma constantes y muy serias irregularidades, entre ellas, haberla radicado dentro de una ley de presupuesto que no tenía nada que ver con el tema de las garantías.