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Proyecto de ley de excarcelación propone que el incesto en Colombia deje de ser delito, estas son las razones
La iniciativa fue radicada este lunes por el ministro de Justicia en la Cámara de Representantes.
Uno de los primeros proyectos que llevará el Gobierno del presidente Gustavo Petro al Congreso de la República este 2023 será el que elaboró el ministro de Justicia, Néstor Osuna, el cual busca humanizar la política criminal y penitenciaria.
Este proyecto ha generado controversia en el país por varios de los puntos propuestos, entre los que está la eliminación del incesto, entre la lista de delitos.
Esta práctica se refiere a las relaciones sexuales que sostienen individuos muy próximos por consanguinidad, es decir que tienen parentesco biológico o consanguíneo.
Actualmente, el Código penal castiga a aquel “que realice acceso carnal u otro acto sexual con un ascendiente, descendiente, adoptante o adoptivo, o con un hermano o hermana, incurrirá en prisión de 16 a 72 meses”.
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En ese sentido, la propuesta del Ministerio de Justicia dice que: “El bien jurídico cuya protección se pretende proteger es la familia o, dicho de otro modo, la idea de una familia conformada con arreglo de las normas jurídicas y siguiendo la idea de una moralidad pública que recoge el derecho”.
Por tal motivo, explica que la idea de familia que defiende este tipo penal es doble. Por un lado, pretende que quienes ya son familia no puedan relacionarse de forma sexual. Por otro, que quienes van a conformar una familia o van a adentrarse en relaciones sexosentimentales, no sean parientes.
“Así se protege no solo la familia actual, sino la conformación de una familia potencial y a los potenciales descendientes de esa unión. Esta aversión social pretende evitar que hermanos, padres e hijos, abuelos y nietos, etc., realicen actos de naturaleza sexual, así sean voluntarios y se trate de dos adultos con capacidad para consentir. Esto es una expresión del concepto de tabú, definido este como una práctica que genera rechazo social y que no debe ser realizado, discutido, ni debe realizarse una asociación con él”, agrega.
Por esto, la cartera de Justicia asegura que “cabe preguntarse si el derecho penal es la mejor manera de lograr desincentivar esa práctica y transmitir el mensaje de que ese tipo de comportamientos no gozan con la aceptación social. En sus comienzos, el derecho penal estaba íntimamente atado al concepto de tabú, de tal manera que todo lo que resultaba rechazado por la sociedad o la tribu se convertía en un crimen y debía ser penado”.
Así las cosas, el ministro de Justicia, Néstor Osuna, argumentó: “Yo sé que moralmente puede ser muy repudiable pensar en que uno tenga sexo con un pariente, una hermana, un hermano. Pero ¿tiene algún sentido meter a la cárcel a dos primos, ambos adultos? Ese ejercicio nos va a servir para hacer un límite entre la moral y el derecho”.
“No todo lo que es inmoral es delito, ni todo delito es inmoral”, puntualizó, pues “en parte este ocurre en la intimidad de dos personas que tratan de mantenerlo”, y aclaró que sí constituye delito cuando se trata de una persona menor de edad.
En contraste, asegura que hay otras políticas públicas, como la educación, que pueden de mejor manera reducir la prevalencia de este comportamiento, como exponer las dificultades que pueden darse para los hijos de las personas que son familiares cercanos. Además, esta situación materializa la intención preventiva que debe tener la política pública, la cual no solo puede limitarse a castigar.
Finalmente, cuenta el proyecto que la despenalización del incesto hará que Colombia esté en compañía de varios países latinoamericanos y del primer mundo que tampoco consideran esta conducta un delito, como Argentina (que nunca lo ha considerado un delito), Brasil, Portugal, España, China, Japón, Rusia, Suecia y Holanda. La mayoría de estos países han mantenido las prohibiciones civiles para contraer matrimonio con parientes, pero han dejado la disuasión del incesto al reproche social.