COVID-19
¿Qué es el Mega Prass del que habló el ministro Fernando Ruiz al anunciar medidas en Bogotá por coronavirus?
El jefe de la cartera de la Salud aseguró que, en el marco de las medidas anunciadas por contagios covid-19 en la capital, habrá “Mega Prass desde el jueves”.
En el marco de las medidas anunciadas por Fernando Ruiz, ministro de Salud, para aplicar en Bogotá y así contrarrestar la ola de contagios por coronavirus, el ministro de Salud anunció la puesta en marcha del “Mega Prass”. El término resultó ajeno para cientos de personas. “Medidas adicionales para territorios con crecimiento mayor al 15% en UCI. Bogota:1.Pico y cédula desde el martes 6 hasta el viernes 9, 2.Cierre total desde el sábado 10 hasta el lunes 12 (con excepciones de decreto) 3. Mega Prass desde el jueves 4.Martes 13 evaluación en comité”, aseguró el jefe de la cartera de Salud.
Es el programa de Prueba, Rastreo y Aislamiento Selectivo Sostenible, que se basa en gran parte, en el rastreo y asilamiento de los contactos de los casos probables o sospechosos de covid-19.
El Ministerio de Salud y Protección Social creó la estrategia PRASS para el rastreo de contactos, casos sospechosos, conglomerados y grupos familiares, con el objetivo de reducir la velocidad de transmisión y la mortalidad por covid-19 en el país. El Decreto 1374 de 2020 expedido por la cartera de Salud, bajo el cual se basa de manera actualizada el PRASS, describe en detalle las responsabilidades de todos los actores y el alcance del Programa. Cabe aclarar que el PRASS es complementario a las estrategias de vigilancia epidemiológica como la investigación epidemiológica de campo (IEC) y la búsqueda activa comunitaria (BAC).
Bajo la coordinación del Ministerio de Salud y Protección Social, el PRASS opera de manera articulada con las secretarías de salud departamentales, distritales y municipales, las cuales tendrán a su cargo a los líderes PRASS y los equipos de rastreo y de vigilancia en salud pública. Asimismo, hacen parte de la estructura los equipos de rastreo de las entidades a cargo del aseguramiento en salud, equipos de rastreo del Centro de Contacto Nacional de Rastreo, Instituto Nacional de Salud y prestadores de servicios de salud.
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Para facilitar el aislamiento, el PRASS establece el pago de incapacidades o promueve el teletrabajo en el caso de los afiliados al régimen contributivo, y establece una compensación económica para el aislamiento de la familia de los afiliados al régimen subsidiado.
Las administradoras de riesgos laborales tienen la obligación de garantizar la realización de las pruebas diagnósticas de covid-19 que deban practicarse a los trabajadores del sector salud, personal administrativo, aseo, vigilancia y apoyo en las diferentes actividades relacionadas con la atención de la pandemia y reconocer y pagar a los afiliados la prestación económica derivada de la incapacidad laboral por covid-19.
Para que el programa sea efectivo durante toda su implementación, es importante que la ciudadanía recuerde lo necesario de su colaboración al brindar la información pertinente y oportuna cuando tienen síntomas o son contactos cercanos de un caso sospechoso o confirmado, aplicar los protocolos debidos y aislarse tempranamente para evitar la propagación masiva del virus, especialmente durante las festividades próximas.
¿Qué es Rastreo en el marco de PRASS? Es la identificación de los contactos de los casos de contagio de coronavirus COVID-19 confirmados, probables y sospechosos; corresponde a su evaluación, orientación y seguimiento.
Los actores responsables de la implementación del programa PRASS de una manera articulada en el territorio nacional, son los siguientes:
• Secretarias de salud del orden departamental, distrital y municipal o las entidades que hagan sus veces.
• Equipos de rastreo de las entidades a cargo del aseguramiento en salud
• Equipos de rastreo del Centro de Contacto Nacional de Rastreo - CCNR
• Instituto Nacional de Salud (INS).
• Prestadores de servicios de salud.
¿Debo tener un centro de contacto en mi entidad territorial para implementar PRASS? No es un requisito exigible para los diferentes actores en el marco de la implementación del PRASS, excepto para el CCNR. Sin embargo, no deja de ser una fortaleza en la implementación, para aquellos actores que cuenten con un adecuado centro de contacto que les permita un mejor rastreo y asilamiento oportuno de sus contactos. Su implementación también dependerá de la cobertura telefónica o de internet que haya en el territorio