POLÍTICA

¿Qué es y cómo funciona la moción de censura?

El ministro de Defensa, Diego Molano, enfrenta una moción de censura en el Congreso, citada por la oposición.

24 de mayo de 2021
Congreso de la Republica  en pleno
panoramica
periodo julio 2019 a junio 2020
Congreso de la Republica en pleno panoramica periodo julio 2019 a junio 2020 Bogota 20 de julio 2019 foto Guillermo Torres / Semana | Foto: GUILLERMO TORRES REINA

Este lunes inicia el trámite de moción de censura contra el ministro de Defensa, Diego Molano, citada por la oposición. ¿Qué es y en qué consiste esta figura? Para responder a estos interrogantes, hay que remitirse al artículo 135, numeral 9 de la Constitución Política.

Dicha norma señala que cada cámara del Congreso (Senado o Cámara de Representantes) tiene entre sus facultades “proponer moción de censura respecto de los ministros, superintendentes y directores de Departamentos Administrativos por asuntos relacionados con funciones propias del cargo, o por desatención a los requerimientos y citaciones del Congreso de la República”.

“La moción de censura, si hubiere lugar a ella, deberá proponerla por lo menos la décima parte de los miembros que componen la respectiva Cámara. La votación se hará entre el tercero y el décimo día siguientes a la terminación del debate, con audiencia pública del funcionario respectivo”, señala el artículo de la Constitución.

Diego Molano. Ministro de Defensa
Diego Molano, ministro de Defensa. Bogotá, abril 9 de 2021. Foto: Juan Carlos Sierra-Revista SEMANA. | Foto: Juan Carlos Sierra

Por esa razón, en el caso de la votación de la moción de censura del ministro de Defensa, la votación está programada para este jueves 27 de mayo. Este lunes se inició el trámite, con el debate, donde intervendrán el ministro y la oposición.

Sobre los votos, la Constitución señala: “Su aprobación requerirá el voto afirmativo de la mitad más uno de los integrantes de la cámara que la haya propuesto. Una vez aprobada, el funcionario quedará separado de su cargo. Si fuere rechazada, no podrá presentarse otra sobre la misma materia a menos que la motiven hechos nuevos. La renuncia del funcionario respecto del cual se haya promovido moción de censura no obsta para que la misma sea aprobada conforme a lo previsto en este artículo. Pronunciada una cámara sobre la moción de censura, su decisión inhibe a la otra para pronunciarse sobre la misma”.

En el caso de Molano, el Gobierno le apuesta a que la votación en el Senado, donde cuenta con las mayorías, frente a la de la Cámara de Representantes.

El Centro Democrático, Cambio Radical, un amplio grupo de senadores del Partido Liberal, al igual que de La U, MIRA y el Partido Conservador le darían los votos suficientes a Molano contra la moción de censura que se promueve en su contra por parte de la oposición.

La solicitud de moción de censura contra Molano está firmada por los congresistas Iván Cepeda, Wilson Arias, Alberto Castilla, Victoria Sandino, Antonio Sanguino, Armando Benedetti, Aída Avella, Feliciano Valencia, Gustavo Bolívar, Pablo Catatumbo, Abel Jaramillo, César Pachón, Criselda Lobo, Juan Luis Castro, Ángela María Robledo, María José Pizarro, Juanita Goebertus y Jorge Londoño.

“Las recientes declaraciones del ministro de Defensa (…) reproducen la estigmatización y la criminalización de la protesta social, en medio de un clima de violencia sistemática contra líderes sociales y defensores de derechos humanos y de absoluta impunidad, y como paso previo para consumar hechos de violencia y múltiples abusos que han cobrado la vida de decenas de ciudadanos, en una clara vulneración a la Constitución Política, la Convención Americana de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Declaración Universal de Derechos Humanos”, señalan los promotores de la moción contra Molano.

Desde 1999 se han votado 14 mociones de censura en el Congreso. Ninguna de ellas ha prosperado.