SALUD

¿Qué hacer si se muere un pariente durante la cuarentena?

El contexto de emergencia sanitaria por el coronavirus ha impuesto mayores trabas al procedimiento de inhumar o cremar a un ser querido fallecido.

15 de julio de 2020
| Foto: David Amado

Según cifras del Dane, Bogotá concentró el 40 por ciento de los decesos confirmados por coronavirus, a nivel nacional, en el primer trimestre de 2020. Sin embargo, existen cientos de personas que mueren a diario en la capital del país por causas ajenas a la pandemia cuyos cuerpos no pueden ser trasladados a centros funerarios de la misma forma en que se hacía antes de que el virus llegara al país.

Los protocolos durante el confinamiento cambian dependiendo de si la persona falleció en casa o en un centro hospitalario. Por este motivo la Secretaría de Salud del Distrito difundió una guía para que los bogotanos sepan qué camino tomar si un pariente muere en esta época.

Muerte en casa

Si en el domicilio se presenta una emergencia y algún integrante de la familia requiere atención médica urgente, puede comunicarse a la línea 123. Dependiendo del caso, quien atienda la llamada le enviará asistencia de ambulancia y paramédicos. 

Si la persona ya ha fallecido, el doliente debe comunicarse con la EPS del difunto para que ésta verifique la causa de muerte y genere el certificado de defunción en formato físico y digital. También será responsabilidad de la entidad prestadora de salud alistar el cuerpo, según el protocolo de bioseguridad.

La empresa encargada de servicios funerarios debe ponerse en contacto con la Secretaría de Salud para tramitar la licencia correspondiente para operar según los protocolos. El trámite se realiza vía correo electrónico a la dirección: LicenciasFunerarias@saludcapital.gov.co  y solo después de obtener la licencia la funeraria podrá recoger el cuerpo. "En caso de que la muerte sea desencadenada por covid-19, el cuerpo irá directamente a servicio crematorio", señala la misiva de la Secretaría.

Cuando la causa de muerte no está relacionada con el virus, sí se pueden realizar ritos fúnebres, pero estos estarán regulados en cuanto a ingreso de dolientes a las salas de velación y asistentes a las inhumaciones. 

Muerte en centro hospitalario

Los pasos no cambian mucho en este caso. El médico tratante debe generar el certificado de defunción y posterior a eso el centro hospitalario entregará la documentación del paciente a la familia. Aplican los mismos términos señalados en el enunciado anterior si el difunto falleció o no por coronavirus. 

Problemas que puede tener

El traslado de un cuerpo podría retrasarse por tres causales, identificadas por el Distrito:

  1. Si el médico tratante no diligencia o hay inconsistencias en la información registrada en el formato en línea (RUAF-ND) del certificado de defunción y, por tanto, no es posible consultar las causas de la muerte; no será posible realizar el trámite de licenciamiento de cremación.
  2. Cuando la persona fallecida no cuenta con un asegurador conocido, es población vulnerable o está a cargo del Estado; la Secretaría Distrital de Salud cuenta con un equipo que realiza la actividad de certificación de la defunción.
  3. Si el fallecido no cuenta con un servicio funerario contratado y es población vulnerable o está a cargo del Estado; la Alcaldía Mayor de Bogotá cuenta con auxilios funerarios que pueden gestionarse en la Uaesp o en la Secretaría de Integración Social.