Región Caribe
Que no lo cojan fuera de base: así es el ‘pico y cédula’ que rige en Cartagena
La restricción estará vigente hasta el 16 de enero del próximo año y aplica para todos los establecimientos comerciales y sitios donde se registran aglomeraciones.
Todo es similar a los días del inicio de la pandemia. Poco a poco vuelven las alertas por los casos de contagios y las restricciones de parte de las autoridades. Cartagena es una de las ciudades donde empezó a regir el ‘pico y cédula’ para la circulación de sus habitantes como medida para evitar aglomeraciones y contra la propagación del virus.
La medida, que está vigente desde este martes y se extenderá hasta el 16 de enero, aplica para el ingreso y la movilización en el mercado de Bazurto (el principal de la ciudad), centros comerciales, entidades financieras, almacenes de grandes superficies y supermercados.
La orden fue dada por el alcalde William Dau Chamat, mediante el Decreto 1608, que modificó el funcionamiento del aislamiento selectivo y el distanciamiento individual responsable que estaba en rigor, y ordenó que se adopte la medida de pico y cédula para el acceso a algunas actividades de adquisición de bienes y servicios en Cartagena.
Las autoridades locales indicaron que tendrán especial cuidado en los controles para el ingreso y la circulación en aquellos negocios y lugares en los cuales se presentan mayores aglomeraciones.
La medida establece que los habitantes de Cartagena solo podrán circular en estos lugares de acuerdo con el número de cédula.
En este nuevo ciclo de restricciones, el ‘pico y cédula’ aplica para los establecimientos que funcionan en terrazas, billares, estancos, refresquerías, licoreras y salsamentarias, es decir, desde las 06:00 a. m. hasta las 22:00 horas de cada día.
Hasta el momento Cartagena acumula 40.188 casos positivos de coronavirus y el fallecimiento de 720 personas por causas relacionadas., para una tasa de letalidad del 1,79 %. Solo este martes fueron reportados 732 nuevos casos y 4 muertes.
El orden quedó establecido de esta manera para los habitantes de la capital de Bolívar durante los días que quedan de diciembre y la primera quincena de enero del próximo año:
Miércoles 23: 1-3-5-7-9
Jueves 24: 0-2-4-6-8
Viernes 25: 1-3-5-7-9
Sábado 26: 0-2-4-6-8
Domingo 27: 1-3-5-7-9
Lunes 28: 0-2-4-6-8
Martes 29: 1-3-5-7-9
Miércoles 30: 0-2-4-6-8
Jueves 31: 1-3-5-7-9
Viernes 1: 0-2-4-6-8
Sábado 2: 1-3-5-7-9
Domingo 3: 0-2-4-6-8
Lunes 4: 1-3-5-7-9
Martes 5: 0-2-4-6-8
Miércoles 6: 1-3-5-7-9
Jueves 7: 0-2-4-6-8
Viernes 8: 1-3-5-7-9
Sábado 9: 0-2-4-6-8
Domingo 10: 1-3-5-7-9
Lunes 11: 0-2-4-6-8
Martes 12: 1-3-5-7-9
Miércoles 13: 0-2-4-6-8
Jueves 14: 1-3-5-7-9
Viernes 15: 0-2-4-6-8
Como las veces anteriores, la aplicación de la medida tiene excepciones, entre las que se encuentran los empleados cobijados por el decreto, aquellas personas que tengan asistir a servicios de salud, servidores públicos, miembros de las Fuerzas Armadas y de los equipos de socorro, y trabajadores de empresas de servicios públicos.