Región Caribe
Que no lo cojan fuera de base: así es el ‘pico y cédula’ que rige en Cartagena
La restricción estará vigente hasta el 16 de enero del próximo año y aplica para todos los establecimientos comerciales y sitios donde se registran aglomeraciones.
Todo es similar a los días del inicio de la pandemia. Poco a poco vuelven las alertas por los casos de contagios y las restricciones de parte de las autoridades. Cartagena es una de las ciudades donde empezó a regir el ‘pico y cédula’ para la circulación de sus habitantes como medida para evitar aglomeraciones y contra la propagación del virus.
La medida, que está vigente desde este martes y se extenderá hasta el 16 de enero, aplica para el ingreso y la movilización en el mercado de Bazurto (el principal de la ciudad), centros comerciales, entidades financieras, almacenes de grandes superficies y supermercados.
La orden fue dada por el alcalde William Dau Chamat, mediante el Decreto 1608, que modificó el funcionamiento del aislamiento selectivo y el distanciamiento individual responsable que estaba en rigor, y ordenó que se adopte la medida de pico y cédula para el acceso a algunas actividades de adquisición de bienes y servicios en Cartagena.
Las autoridades locales indicaron que tendrán especial cuidado en los controles para el ingreso y la circulación en aquellos negocios y lugares en los cuales se presentan mayores aglomeraciones.
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La medida establece que los habitantes de Cartagena solo podrán circular en estos lugares de acuerdo con el número de cédula.
En este nuevo ciclo de restricciones, el ‘pico y cédula’ aplica para los establecimientos que funcionan en terrazas, billares, estancos, refresquerías, licoreras y salsamentarias, es decir, desde las 06:00 a. m. hasta las 22:00 horas de cada día.
Hasta el momento Cartagena acumula 40.188 casos positivos de coronavirus y el fallecimiento de 720 personas por causas relacionadas., para una tasa de letalidad del 1,79 %. Solo este martes fueron reportados 732 nuevos casos y 4 muertes.
El orden quedó establecido de esta manera para los habitantes de la capital de Bolívar durante los días que quedan de diciembre y la primera quincena de enero del próximo año:
Miércoles 23: 1-3-5-7-9
Jueves 24: 0-2-4-6-8
Viernes 25: 1-3-5-7-9
Sábado 26: 0-2-4-6-8
Domingo 27: 1-3-5-7-9
Lunes 28: 0-2-4-6-8
Martes 29: 1-3-5-7-9
Miércoles 30: 0-2-4-6-8
Jueves 31: 1-3-5-7-9
Viernes 1: 0-2-4-6-8
Sábado 2: 1-3-5-7-9
Domingo 3: 0-2-4-6-8
Lunes 4: 1-3-5-7-9
Martes 5: 0-2-4-6-8
Miércoles 6: 1-3-5-7-9
Jueves 7: 0-2-4-6-8
Viernes 8: 1-3-5-7-9
Sábado 9: 0-2-4-6-8
Domingo 10: 1-3-5-7-9
Lunes 11: 0-2-4-6-8
Martes 12: 1-3-5-7-9
Miércoles 13: 0-2-4-6-8
Jueves 14: 1-3-5-7-9
Viernes 15: 0-2-4-6-8
Como las veces anteriores, la aplicación de la medida tiene excepciones, entre las que se encuentran los empleados cobijados por el decreto, aquellas personas que tengan asistir a servicios de salud, servidores públicos, miembros de las Fuerzas Armadas y de los equipos de socorro, y trabajadores de empresas de servicios públicos.