JUSTICIA
¿Quién decide dónde ubicar los prostíbulos? Vuelve debate candente a la corte
La Corte Constitucional abrió sus puertas para que este jueves las autoridades y representantes de las trabajadoras sexuales manifiesten sus posturas en audiencia pública. Este es el último round que les queda a las 15 trabajadoras sexuales de la Taberna Barlovento, en Chinácota.
La Sala de audiencias de la Corte Constitucional recibirá por primera vez a las autoridades y representantes del oficio más antiguo del mundo. Mediante un auto de convocatoria pública, el alto tribunal hizo un llamado para que desde esta mañana se escuchen las voces en favor y en contra de un tema candente y es quién decide dónde deben ubicarse los prostíbulos en las ciudades.
Esta audiencia será todo un acontecimiento porque fueron citadas las autoridades que tienen relación con el tema, además de voceras, activistas y defensoras de los derechos de las trabajadoras sexuales. El auto incluye además una invitación pública en la página web, de manera que los interesados podrán hacer inscripción previa.
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El caso que convoca a este debate está relacionado con el funcionamiento de la Taberna Barlovento, ubicada en Chinácota (Norte de Santander). Este es un prostíbulo de más de 80 años de antiguedad, que con el paso del tiempo y un traslado obligatorio de su sede original, quedó incrustado en una zona residencial y a escasos 100 metros de un colegio.
Ejercer la prostitución a tan corta distancia de las aulas de clase generó tensión entre los habitantes del municipio y las mismas autoridades, que mediante una acción de tutela buscaron una respuesta de fondo. El primer round lo ganaron las 15 mujeres que ofrecían sus servicios en el establecimiento, cuando la Corte Constitucional falló a su favor una tutela interpuesta por Nelcy Esperanza Delgado Ramírez, la propietaria del establecimiento.
La taberna fue sellada por la alcaldesa de la población al considerar que fue trasladada a un lugar que no cumplía con el certificado de uso del suelo: una zona de interés histórico y residencial. En esa oportunidad, el alto tribunal ordenó su reapertura inmediata teniendo en cuenta que la autoridad territorial omitió regular las actividades de alto impacto en el municipio, con lo que ningún sitio era apto para instalar el establecimiento.
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Esta decisión vino acompañada con órdenes de la Corte Constitucional para que se garantizara a las 15 trabajadoras todas las prestaciones sociales y ordenaba a la alcaldía que creara políticas públicas de generación de empleo como oportunidades para estas mujeres. También extendió la protección a las mujeres venezolanas que prestan servicios sexuales en el país, de manera que se determine en qué condiciones están y se les entregue la documentación necesaria para continuar con su trabajo sin ninguna vulneración.
Este fallo, sin embargo, no contó con el respaldo de la Sala Plena de la Corte Constitucional. Al resolver parcialmente un recurso de nulidad que interpuso la alcaldesa de la población, Nubia Rosa Romero, los magistrados de manera excepcional pidieron tumbar los efectos mientras se pronunciaban de fondo.
En el concepto emitido por el Ministerio Público el 12 de septiembre del 2017, se pidió convocar a audiencia pública al considerar que se debe propiciar un espacio de participación a las organizaciones de la socidad civil que actualmente vienen trabajando por el tema y en favor de los derechos de las víctimas y sobrevivientes de la explotación sexual. El auto asegura textualmente que la intención del Ministerio Público es que las partes sean escuchadas y tenidas en cuenta, previo a proferirse la decisión.
El magistrado José Fernando Reyes Cuartas, acompañado de sus colegas, tomó la decisión de admitir la solicitud de la Procuraduría y convocar a una audiencia en el marco de esta decisión que está por tomarse. Para los magistrados, la audiencia programada permite suministrar mayores elementos de juicio para la valoración del caso. "Las audiencias constituyen un instrumento idóneo y eficaz para ilustrar a la corte sobre todas aquellas cuestiones que pueden tener incidencia en los juicios de tutela, en un contexto participativo, democrático y pluralista".
Los núcleos temáticos serán la autonomía territorial y usos del suelo para el ejercicio de la prostitución, el interés superior de los niños, niñas y adolescentes frente al ejercicio de la prostitución y los derechos de las trabajadoras sexuales en el ejercicio de su actividad.
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La decisión de la corte se anuncia en medio de un escándalo mayor por el crecimiento de prostíbulos en Cartagena y su estrecha relación con prácticas de explotación sexual a niñas y adultas. Uno de los apartes más escándalosos tiene que ver con el funcionamiento de Casa Benjamín, al que las autoridades señalan de ser un prostíbulo cuyos dueños eran israelíes. El establecimiento de tres pisos queda ubicado en pleno corazón del barrio El Laguito y fue la incomodidad de los vecinos lo que llamó la atención de las autoridades desde el comienzo. Después de las pesquisas de las autoriedades se decubrió que escondía explotación sexual de mujeres y niñas, razón por la cual sus dueños están siendo judicializados.