Nación
“Rafael Vives Caballero debe responder por posible delito de homicidio a título de dolo eventual”: Corporación Excelencia en la Justicia
La corporación que suele emitir posturas sobre temas claves en materia judicial explica por qué este sería el delito por el que debe responder el empresario. En el caso murieron seis jóvenes.
Con ocasión a la tragedia sucedida en la Troncal del Caribe (Gaira), el pasado 13 de septiembre, en la cual fallecieron seis personas luego de ser arrolladas por una camioneta conducida por Rafael Vives Caballero, empresario samario que se encontraba en estado de ebriedad, la Corporación Excelencia en la Justicia señaló que hará un seguimiento permanente y especial al mismo.
“Actualmente el proceso penal se encuentra en etapa de imputación ante el Juzgado Penal Municipal con funciones de Control de Garantías; no obstante, y como es de conocimiento público, se han denunciado maniobras dilatorias por parte de la defensa para evitar que el proceso contra el señor Vives se surta de manera célere. Adicionalmente, se ha advertido que Vives Caballero cuenta con varias asistencias a cursos sobre normas de tránsito y multas por exceso de velocidad”, advierte la Corporación.
Justamente, las últimas horas se conoció un video en el que se ve a los siete jóvenes que fueron embestidos por un vehículo hace pocos días en Santa Marta. Por este caso, ya fue legalizada la captura del empresario Enrique Rafael Vives quien iba manejando el carro con el que ocurrió la tragedia en la que murieron seis personas.
El caso de Vives Caballero se presentó en el sector conocido como La Gaira, en la troncal del Caribe, en donde el conductor viajaba con exceso de velocidad y bajo los efectos del licor.
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La tragedia ocurrió a las 12:50 de la madrugada del pasado lunes en la vía Barranquilla-Santa Marta, a la altura del kilómetro 86, en el sector conocido como La Gaira. A esa hora, siete jóvenes fueron brutalmente arrollados por una camioneta Toyota línea Hilux, de placas MXL186, que conducía Enrique Rafael Vives Caballero, quien no solo manejaba en estado de embriaguez sino en exceso de velocidad.
Seis de los jóvenes fallecieron en el sitio y uno más, de apenas 13 años, lucha por su vida en un centro asistencial. “Estas personas fallecen producto de la imprudencia de un conductor, quien venía en estado de embriaguez grado dos confirmado, de igual manera en exceso de velocidad”, sostuvo el capitán Wilson Mendoza, comandante de la Seccional Tránsito y Transporte de la Policía Metropolitana de Santa Marta.
La CEJ explicó también en la comunicación conocida en las últimas horas que “será una veedora permanente del proceso penal con el fin de garantizar un debido funcionamiento del sistema y denunciar todos aquellos actos que pretendan obstruir e impedir que se imparta la debida justicia”. En tal sentido, y como primera medida, la CEJ “hace un llamado a todas las autoridades intervinientes en el caso, fundamentalmente a la Fiscalía General de la Nación y al juzgado que lleva el caso para que exijan los más altos estándares en el ejercicio de sus actividades, esperando, además, que se impute el delito de homicidio a título de dolo eventual”
Lo anterior, porque en el dolo eventual la persona puede prever el resultado de sus acciones, pero lo acepta. Para este caso, el señor Vives condujo en estado de embriaguez sabiendo que ponía en riesgo la vida de otras personas, explica la Corporación.