PROYECTO
Nueva receta para la Justicia
El gobierno presentó en el Congreso su proyecto de reforma constitucional para lograr el viraje, siempre frustrado, que requiere la rama judicial. ¿Qué es lo bueno, lo malo y lo polémico de la propuesta? Estos son los principales puntos.
“La reforma a la justicia es un clamor ciudadano y una necesidad sentida de la nación”. Así arranca la exposición de motivos del proyecto de acto legislativo que el gobierno de Iván Duque radicó en el Congreso el jueves, con el que espera lograr ajustes significativos en la arquitectura de la rama judicial.
La ministra señala que con los ajustes a la tutela buscan garantizar su uso y evitar su abuso.
De entrada, se advierte que los 31 artículos no entrañan un profundo revolcón (quedó engavetada la idea de fusionar la rama en una sola supercorte), pero tampoco es una propuesta light. El proyecto –el décimo intento– tiene elementos positivos, otros que no lo parecen tanto y algunos más que desde ya agitan una interesante discusión. Estos son los principales postulados de la reforma presentada.
Desde que Duque ganó la Presidencia comenzó a consultar la iniciativa con las cabezas del Poder Judicial.
Lo bueno
No va más el Consejo Superior de la Judicatura. La reforma plantea eliminar este órgano ambiguo (con un pie en lo administrativo y otro en lo procesal) que ha dado muestras de incompetencia y enredos de corrupción y clientelismo. El gobierno, en una propuesta libre de controversia, propone reemplazarlo por la Dirección General de la Rama Judicial y la Comisión de Carrera Judicial. La primera, conformada por un consejo directivo y un gerente, se ocupará de los asuntos administrativos, en tanto que la segunda elaborará las listas de candidatos. Todo ello, coordinado y articulado por la ya existente Comisión Interinstitucional de la Rama Judicial, en la que participan las cabezas de la rama.
Puede ver: Una súper corte, el sueño del uribismo que crea polémica
La Sala Plena de la respectiva corporación podrá suspender del cargo a los magistrados por mayoría calificada cuando incurran en conductas que afecten gravemente la confianza. Se trata del artículo “Malo” en referencia al magistrado Gustavo Malo, uno de los protagonistas del cartel de la toga, quien se aferró a su cargo sin que la Corte Suprema tuviera herramientas para hacerlo a un lado.
Los jueces de control de garantías podrán dictar la sentencia para agilizar los procesos y ayudar a descongestionar la rama, siempre que el procesado acepte los cargos. Es una medida práctica para ahorrar audiencias a los jueces de conocimiento.
En cuanto al juzgamiento y la investigación de aforados (el presidente, el fiscal, los magistrados, entre otros) quedará claro que una cosa es el antejuicio político y otra el juicio penal. El antejuicio político a cargo del Congreso será más ágil. Los procedimientos en esa instancia hoy son engorrosos y complejos, lo que redunda en impunidad. El proyecto propone que el antejuicio político no tome más de tres meses. La Comisión de Acusación de la Cámara en el término máximo de un mes deberá entregar el resultado de la investigación y, a partir de ese momento, tendrá diez días para resolver si acusa ante la plenaria de la Cámara o si absuelve. A su turno, la plenaria, con mayoría calificada (dos terceras partes de los representantes), deberá determinar si archiva el proceso con mayoría simple (mitad más uno de los representantes) o si lo prosigue. De ocurrir esto el caso pasará al Senado, el cual, tras escuchar los cargos y descargos, decidirá absolver al alto dignatario o hallarlo responsable políticamente con la consecuencia de destituirlo. Si el asunto trasciende a lo penal, el Senado pondrá al acusado a disposición de la Corte Suprema.
También puede ver: Reforma a la justicia, presidente nombraría fiscal si la Corte no se pone de acuerdo
Se requiere mayor experiencia para aspirar al cargo de magistrado de una alta corte. Como mínimo 20 años de desempeño profesional y “como mínimo cinco años deberán corresponder al ejercicio del cargo de juez o magistrado, en cualquier tiempo”, dice el proyecto.
Lo malo
El proyecto contiene una serie de medidas inocuas. Por ejemplo: señala que los jueces, por coherencia judicial, deberán “acatar las sentencias de unificación de las altas cortes”. Esa directriz ya existe, la dicta la lógica y cualquier juez sabe que la motivación de su fallo debe tener por referente la jurisprudencia.
El proyecto carece de ajustes que apunten concretamente a mejorar el acceso del ciudadano a la justicia. La propuesta refleja más una reforma a las altas cortes que a la justicia en sí.
Aunque es atinado quitarles las funciones electorales a las altas cortes, trasladarle esas facultades al Congreso como propone el proyecto puede ser un remedio peor que la enfermedad.
Lo polémico
No más ruedas de prensa. El proyecto señala que los magistrados solo podrán pronunciarse por medio de sus sentencias firmadas. Es decir, deben limitarse a explicar sus fallos una vez hayan suscrito el texto definitivo, incluyendo los salvamentos y aclaraciones de voto. La idea pone en apuros, sobre todo, a la Corte Constitucional que suele transmitir sus decisiones tan pronto las votan, aunque el texto de la sentencia tarde meses en aparecer. “Eso ocurre porque somos la única corte que tiene 60 días como término constitucional para fallar”, dice el presidente de esa corporación, Alejandro Linares. El magistrado considera que si se prohíbe anunciar sin sentencia, habría que cambiar el código, pues no podrían cumplir los términos estipulados.
El proyecto plantea que el periodo del presidente de la república coincida con el del fiscal que designe. Para algunos esta idea –que retoma el diseño institucional anterior a la aventura de la reelección– significaría que el jefe de Estado tendría fiscal de bolsillo. La ministra Gloría María Borrero argumenta que dado que ambos funcionarios encabezan la política criminal, conviene que sus periodos coincidan. De prosperar esta idea, el sucesor de Néstor Humberto Martínez estaría en el cargo solo dos años para aparejar los periodos.
Vea también: Proyecto de reforma a la justicia que presenta hoy el Gobierno pone límites a la tutela
Los magistrados –al concluir sus ocho años– no podrían litigar ni lanzarse a la política como mínimo por los cuatro siguientes. Para algunos togados la medida es excesiva, teniendo en cuenta que los afectará con el congelamiento de salarios que promueve el gobierno y que un abogado exitoso puede ganar en un par de meses lo que ellos en un año. Muchos opinan que si se busca que la magistratura sea el cierre de la carrera, se debe exigir amplia trayectoria, fijar edad mínima y estipular una pensión vitalicia. Como nada de eso se contempla, los extogados salen a trabajar como cualquier profesional.
La Corte Suprema de Justicia seguirá eligiendo al fiscal general de la terna que le envíe el presidente, pero si al término de un mes no lo hace, el jefe del Estado tendría la potestad para designarlo. De esa forma, el proyecto busca eliminar el “bloqueo institucional” como el sucedido en el gobierno de Álvaro Uribe, cuando la Corte Suprema fue renuente a nombrar fiscal. El presidente de la Corte Suprema, José Luis Barceló, opina que el mecanismo de elección del fiscal ha funcionado bien en términos generales, por lo que no debe alterarse.
Tutela, la joya de la corona
La reforma no plantea un revolcón profundo, pero tampoco se trata de una propuesta ‘light’. Pocas ideas apuntan a descongestionar el sistema, a pesar de que los despachos judiciales colapsaron hace décadas
Sin duda, los ajustes a la acción de tutela constituyen uno de los temas más sensibles de la reforma a la justicia. Ese recurso es la joya de la corona: un estudio de 2013 señala que el 84 por ciento de la gente conoce la acción de tutela, en contraste con las demás acciones judiciales, y que se trata del instrumento de mayor legitimidad en poder de la ciudadanía. Por eso, cualquier modificación tiene un gran interés general.
Le puede interesar: La acción de tutela, amenazada
El gobierno plantea cuatro ajustes: 1) Que solo quien ve vulnerados sus derechos o su abogado puedan interponerla, para evitar ‘tutelatones’ impulsadas por terceros. 2) Fijar términos de caducidad para impedir interponerla tardíamente o incluso años después de la vulneración del derecho. 3) Que solo un juez especializado en la temática del amparo reclamado conozca la tutela. 4) Delimitar el instrumento a causales estrictas y evitar que se convierta en una tercera o cuarta instancia del litigio. “Esos ajustes garantizan su uso y evitan su abuso”, dice la ministra Borrero.
A la funcionaria le aguardan intensas discusiones en el Congreso. Sacar adelante un proyecto de reforma a la justicia se ha convertido en la misión imposible de los últimos gobiernos. Sin embargo, nunca antes hubo tal nivel de conciencia sobre la urgencia de lograrlo: la reforma es un imperativo de Estado. Bienvenido el debate y que empiece cuanto antes.