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Reforma tributaria: se avecina una ofensiva para evitar que las iglesias tengan que pagar impuestos

Un artículo de la reforma tributaria convierte a las Iglesias en contribuyentes pasivos, por lo que se prepara una ofensiva celestial para eliminar esa propuesta.

15 de octubre de 2022
El artículo 72 de la reforma tributaria grava las actividades de las Iglesias, las cuales incluyen la venta de libros, los cafés y las emisoras.
El artículo 72 de la reforma tributaria grava las actividades de las Iglesias, las cuales incluyen la venta de libros, los cafés y las emisoras. | Foto: guillermo torres-semana

A la reforma tributaria del Gobierno de Gustavo Petro le falta un debate para ser aprobada. Las plenarias de Senado y Cámara realizarán el último examen y definirán el futuro del llamado impuesto saludable, el aumento tributario a las ganancias ocasionales y el gravamen a las Iglesias.

Varios expertos consultados por SEMANA aseguraron que el tributo a los cultos está bien orientado, siempre y cuando mantenga el principio de no gravar la fe. Sin embargo, varios miembros de la comunidad religiosa alzaron su voz de protesta, pues, a su juicio, no se estaría respetando el concordato, un acuerdo internacional con la Iglesia católica en el que el Estado se compromete a no cobrarle impuestos a esta confesión.

El artículo 72 de la reforma tributaria dice que “las Iglesias y confesiones religiosas reconocidas por el Ministerio del Interior o por la ley no estarán gravadas con el impuesto sobre la renta, respecto de los ingresos provenientes de actividades asociadas al oficio religioso, al culto, al rito, a prácticas que promuevan el apego de los sentimientos religiosos en el cuerpo social, o actividades de educación o beneficencia realizadas bajo la misma persona jurídica”.

No obstante, sostiene que “se establece que las entidades no contribuyentes declarantes serán contribuyentes del régimen ordinario del impuesto sobre la renta respecto de los ingresos provenientes de actividades comerciales a una tarifa del 20 por ciento, salvo los establecimientos públicos y en general cualquier establecimiento oficial descentralizado”. Es decir que actividades como cafeterías, librerías, hoteles, parqueaderos, otros comercios, estaciones de radio y canales de televisión que tengan las Iglesias deberán pagar impuesto.

La polémica está servida desde hace tiempo. Un informe de la Dian indica que las entidades religiosas registraron 4,7 billones de pesos durante 2019, mientras que en 2020 sus ingresos brutos alcanzaron los 4,1 billones. Además, según la entidad, las Iglesias reúnen un patrimonio total cercano a los 14 billones. Por esto, algunos se preguntan: ¿por qué con este patrimonio no tributan como el resto de los colombianos?

Este impuesto no es nuevo. Los Gobiernos de Juan Manuel Santos e Iván Duque intentaron aplicarlo, que las Iglesias se convirtieran en sujetos pasivos de tributación, pero nunca prosperó. Esta vez, la propuesta la lideró la representante Katherine Miranda, quien celebró la inclusión de ese artículo. “Estamos felices con la aprobación de nuestro artículo, que les pone impuestos a las Iglesias. Es un tributo del 20 por ciento a la renta para todas las actividades económicas por fuera del rito, culto, beneficencia o educación. Esto es un gran avance, porque, si algunas Iglesias se comportan como empresas, pues que paguen como empresas”.

El pastor Alfredo Saade, quien pertenece al Pacto Histórico, dijo que lo que está haciendo Miranda con este artículo es sostener un discurso politiquero, “engañando a sus electores”. “Las Iglesias siempre hemos pagado impuestos. Yo no sé por qué se trata de incluir un nuevo artículo, pero yo sé que la representante Miranda está en campaña. Ese artículo no nos afecta ni cambia nada, lo que está aprobado lo hemos pagado desde 1974. Ella pone un título con su discurso de odio en donde dice que las Iglesias pagarán impuestos. Nosotros pagamos impuestos hace muchísimos años, incluso antes de que ella naciera”, sostuvo el pastor.

Además, indicó que pagan impuestos por las actividades fuera de la labor religiosa y de culto. Por ejemplo, dijo, las nóminas de las personas que trabajan con ellos y los edificios que no forman parte de las Iglesias: restaurantes, librerías, entre otros. “Esos impuestos son legales, nosotros seguimos pagando impuestos normalmente. Lo que no logró la representante era la intención de que pagáramos impuestos por los edificios donde hacemos los cultos, los llamados templos. No se puede hacer eso porque tendríamos que entrar a la revisión del concordato”, afirmó Saade.

En este sentido, la Conferencia Episcopal de Colombia tampoco está de acuerdo con lo que se está haciendo en el Congreso. “Existe una idea equivocada de que la Iglesia, en general, no paga impuestos o no presenta declaraciones. La Iglesia presenta desde hace más de 15 años la declaración de impuestos y patrimonio de todas sus organizaciones sociales, fundaciones y jurisdicciones. Paga, además, predial de aquellos bienes inmuebles que no están exentos (como lo definió el artículo 24 del concordato o Ley 20 de 1974); esto es, ‘los edificios destinados al culto, las curias diocesanas, las casas episcopales y curales y los seminarios’. La Iglesia paga IVA por los arrendamientos de sus propiedades, el 4 × 1.000, cumple con las retenciones de ley, paga el impuesto al consumo en las compras, cumple con las obligaciones laborales como cualquier entidad legalmente constituida, paga impuestos por vehículos y se certifican las donaciones recibidas enviando los respectivos reportes a la Dian”.

Asimismo, para la Iglesia católica, el artículo propuesto por Miranda pone en riesgo las labores sociales, pues por el cambio de régimen podría causar dificultades en la recepción de donaciones y en la administración de bancos de alimentos. Por su parte, el pastor John Milton Rodríguez terció en la discusión y celebró que no se hayan creado nuevos impuestos para estas entidades. “Es importante la decisión que tomó el Congreso de respetar el concordato, la Constitución y las leyes por preservar el carácter de no contribuyente de renta por parte de las Iglesias, porque son entidades que no están enfocadas en generar lucro”.

Katherine Miranda y Alfredo Saade.
Katherine Miranda y Alfredo Saade. | Foto: Semana

El pastor cristiano está celebrando a pesar de lo aprobado y sostuvo que las Iglesias son entidades que aportan al desarrollo social de Colombia y que los congresistas deben entender que las confesiones seguirán asumiendo el impuesto del IVA en compra de bienes y servicios, así como el impuesto parafiscal para sostener el Sena y el ICBF.

Lorena Ríos, senadora de Colombia Justa Libres, señaló que el funcionamiento de las Iglesias en Colombia está reglamentado por la Constitución y que cualquier modificación que se quiera hacer no es a través de una reforma tributaria, pues afecta el concordato. “Hay un tratado internacional que es el concordato de la Iglesia católica con el Estado colombiano, que forma parte del bloque de constitucionalidad en un control de la corte y se vería una vulneración del marco constitucional y legal. Las Iglesias y confesiones religiosas tienen un fuero de protección constitucional especial, la misma corte lo ha reconocido”, dijo la congresista.

Iglesias
Para la Iglesia católica, el artículo propuesto por Miranda pone en riesgo las labores sociales, pues por el cambio de régimen podría causar dificultades en la recepción de donaciones y en la administración de bancos de alimentos. | Foto: Getty Images

Si bien el impuesto a las Iglesias es polémico, para Henry Amorocho, profesor de Hacienda Pública y Presupuesto de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, se puede hablar de justicia tributaria siempre que no se toquen los dineros provenientes de la libertad religiosa y solo se graven las actividades que se desprenden de esta.

“Esto no ha sido un planteamiento solo de este Gobierno, sino de una comisión de expertos. Hay una línea delgada que busca satisfacer el principio de justicia y equidad, que es la línea del actual proyecto de reforma tributaria. Lo que buscaría el artículo es aumentar la base gravable de quienes están en capacidad de contribuir. Lo que interpreto es que no tiene que ver con la fe de las confesiones en materia religiosa, sino que hay actividades que se han venido desprendiendo con el andamiaje y evolución de la prestación del servicio de las Iglesias, que las ha llevado a tener actividades de tipo comercial que llevan contabilidad y, en ese sentido, deberían pagar impuestos”.

Con este panorama, la reforma tributaria llega a las plenarias de Senado y Cámara. En la discusión se encontrarán las dos posiciones, y esta vez es posible que la actual iniciativa logre lo que no consiguieron los anteriores Gobiernos: instaurar un santo impuesto.