Nación

Pedido de Corte a la Fiscalía en caso de Armando Benedetti

El pronunciamiento del alto tribunal se da por una impugnación que presentó el congresista contra un fallo. Esta es la historia.

25 de enero de 2022
Armando Benedetti
Armando Benedetti Politico Senador del partido politico de la U Bogota 27 julio 2017 Foto Daniel Reina Romero Revista Semana | Foto: Daniel Reina Romero

En octubre de 2020, la Fiscalía ocupó con fines de extinción de dominio un apartamento del senador Armando Benedetti, investigado en medio de un proceso que le sigue la Corte Suprema de Justicia porque incurrió, presuntamente, en el delito de enriquecimiento ilícito. Por ese expediente, un verdadero “jalón de orejas” acaba de hacer la corte a la Fiscalía.

Benedetti impugnó señalando que venía “siendo víctima de actos de persecución política por parte del actual Gobierno nacional”. El inmueble, avaluado en cerca de 1.600 millones de pesos, está ubicado en un sector exclusivo de Bogotá. La decisión tomada por la Dirección Especializada del Derecho de Extinción de Dominio se tomó de manera articulada con la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, que adelanta la investigación contra el senador Benedetti, y que afecta el derecho de propiedad sobre el inmueble.

Bolívar ha tenido fuertes disputas con copartidarios de Petro, como Armando Benedetti.
Bolívar ha tenido fuertes disputas con copartidarios de Petro, como Armando Benedetti. | Foto: juan carlos sierRa - semana

En la impugnación, Benedetti expuso una serie de “censuras”, como las califica, y expuso que, como consecuencia de la compulsa de copias ordenada el 6 de abril de 2021, “la Fiscalía General de la Nación designó al Fiscal 13 Especializado de la Unidad de Extinción del Derecho de Dominio para dar apertura a la acción extintiva en contra de su patrimonio. Lo anterior, sin considerar que en el proceso de carácter sancionatorio no había sido vinculado formalmente ni oído en indagatoria a efectos de ejercer el derecho de contradicción”.

La Corte, tras revisar la impugnación, le pide a la Fiscalía que se abstenga de emitir fallos de culpabilidad en el tema de extinción de dominio: “En la expedición de futuros actos a su cargo”, la Fiscalía deba hacer “uso de un lenguaje compatible con la naturaleza patrimonial de la acción de extinción del derecho de dominio y, en consecuencia, se abstenga de proferir afirmaciones que impliquen atribución de responsabilidad penal a los individuos, sin que se cuente con el respaldo para ello”, señala el fallo cuyo ponente fue el magistrado Diego Corredor.

De alguna manera, la corte le da la razón a Benedetti y señala que ese operativo de extinción de dominio fue “desproporcionado a los fines de la actuación, en tanto tenía por único fin causar intimidación y someterlo al escarnio público. También se consideró que fue contrario a las garantías fundamentales a la intimidad y debido proceso, en tanto se expuso y comprometió su vida privada e integridad personal, al ser tomados sendos registros fotográficos de todo el apartamento, incluidas las habitaciones de sus hijos, sin atender que se trata de un inmueble destinado a vivienda familiar”.

La decisión se toma luego de labores investigativas de la Policía Judicial, que con información suministrada por la DIAN lograron establecer que el senador Benedetti presenta patrimonios por justificar en los años 2009, 2014, 2016 y 2017.

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