JUSTICIA
Las razones de la primera condena contra un exmagistrado de la Corte Constitucional
Por orden del Tribunal Superior de Bogotá, Rodrigo Escobar Gil deberá pagar cuatro años por el delito de tráfico de influencias. Usó su condición de exmagistrado para "procurar favorecer indebidamente la causa de Fidupetrol", dicen los magistrados.
A pesar de que la Corte Suprema de Justicia está ad portas de tomar una decisión definitiva en el caso del exmagistrado Jorge Pretelt, el tiempo de los procesos, las decisiones disciplinarias absolutorias y el fallo emitido recientemente por un juez penal de Bogotá en favor del exmagistrado Rodrigo Escobar Gil, habían hecho que el caso perdiera oxígeno.
Sin embargo, este jueves, el Tribunal Superior de Bogotá emitió una sentencia que revivirá varias de las evidencias que sacudieron al país, por cuenta de los eventos que rodearon la selección de una tutela con la que la firma Fidupetrol buscaba tumbar una millonaria sanción en su contra.
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El magistrado Fernando Pareja preparó la ponencia que llevó a que este jueves pasara de absuelto a condenado el primer exmagistrado de la Corte Constitucional. Rodrigo Escobar Gil era asesor de Fidupetrol y -según el tribunal- usó su condición de exmagistrado para "procurar favorecer indebidamente la causa de Fidupetrol".
"El procesado, en su condición de particular, accedió a un almuerzo con el ponente de un proceso en el que él actuaba como asesor, y mediante la presentación indebida de un argumento, con fines propios de retribución económica, procuró favorecer, indebidamente, la causa jurídica de Fidupetrol", asegura el Tribunal.
Para los magistrados es irrelevante que el fallo final en este caso haya resultado adverso a los intereses de la firma pues el delito de tráfico de influencias por el cual era procesado Escobar Gil es de "mera conducta y no de resultado".
Escobar Gil deberá pagar una pena de cuatro años de prisión sin beneficio de detención domiciliaria o suspensión provisional de la sentencia. Deberá también pagar 100 salarios mínimos legales vigentes. El Tribunal no ordena su captura inmediata al considerar que el fallo fue apelado y por tanto solo estará en firme cuando la Corte Suprema de Justicia se pronuncie en casación.
El nuevo pronunciamiento resulta crucial ya que la Corte Suprema de Justicia también se alista para fallar el caso del exmagistrado Jorge Pretelt, quien supuestamente habría recibido 500 millones de pesos para ayudar con la selección de la tutela. Tanto en el caso de Escobar como en el de Pretelt, el testigo clave es el abogado Víctor Pacheco, quien los inculpa por haber intentado estos favorecimientos a cambio de altas sumas de dinero.
En contravía a la decisión de un juez de Bogotá, el Tribunal Superior de Bogotá le da credibilidad a lo dicho por Pacheco en cuanto a que fue el exmagistrado Pretelt quien recomendó, entre otros constitucionalistas, a Escobar como una "fórmula" para obtener un fallo favorable era llegar al ponente Mauricio González.
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El caso de Escobar se construyó alrededor de un almuerzo en el restaurante La Table de Michel en la zona G de Bogotá, al que también asisten Mauricio González y Jorge Pretelt. En dicho encuentro, Escobar manifestó que Fidupetrol estaba en una lamentable situación, tanto jurídica como financiera y que él (González) era el ponente del trámite de revisión de una acción de tutela instaurada por esa compañía en contra de la una decisión de la Corte Suprema de Justicia. Según los hechos incialmente denunciados, esta influencia indebida se habría hecho con la intención de obtener una prima de éxito de 100 millones de pesos, en caso de que medida provisional se decidiera a favor de esta empresa.
Para el tribunal, Escobar pretendió derivar de su condición de abogado consultor de Fidupetrol privilegios para la empresa que estaba asesorando. Y para lograrlo usó un medio que quebrantó "los principios de moralidad, imparcialidad, transparencia e igualdad".
"La intervención del procesado implicó, con ocasión de su condición de exmagistrado de esa Corte, que se buscara un acercamiento con Mauricio González que le permitiera hablarle de la tutela de Fidupetrol para procurar una decisión favorable mediante una gestión metajurídica por fuera del debido proceso", dice el tribunal. Asegura además que en la celebración de dicho almuerzo, efectivamente, el procesado le hizo al magistrado ponente los comentarios analizados, en ese contexto y propósito.
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Para reforzar su tesis, el tribunal anota que Fidupetrol conocía estas gestiones del procesado, es decir, sabía del almuerzo programado extraproceso que fue convocado "con el fin de ejercer indebida influencia". Para los magistrados, no existe ninguna duda razonable respecto a estos hechos y su propósito: "Por el contrario, la Sala encuentra un conocimiento más allá de toda duda razonable sobre la ocurrencia de la conducta del procesado y de su responsabilidad".