Roy Barreras carga entre pecho y espalda un pasado político camaleónico que lo llevó a nadar en las aguas del uribismo, posteriormente abrazó al santismo y ahora llegó al petrismo.  
Roy Barreras carga entre pecho y espalda un pasado político camaleónico que lo llevó a nadar en las aguas del uribismo, posteriormente abrazó al santismo y ahora llegó al petrismo.   | Foto: Marco Diaz

Nación

Roy Barreras y el coronel (r) Publio Hernán Mejía se verán cara a cara en la Corte Suprema de Justicia

El oficial en retiro denunció al senador del Pacto Histórico por los delitos de injuria y calumnia cuando lo calificó de delincuente en un debate en SEMANA.

29 de junio de 2022

Para el próximo 25 de julio quedó programada la audiencia de conciliación entre el senador Roy Barreras y el coronel en retiro Publio Hernán Mejía. Esto después que el oficial del Ejército denunciara al congresista por los delitos de injuria y calumnia.

En mayo pasado el coronel denunció al congresista por las declaraciones que hizo en su contra en medio de un acalorado debate con la senadora María Fernanda Cabal, por las visitas del hermano de Gustavo Petro a varios pabellones de extraditables de la cárcel La Picota, de Bogotá.

En medio de una entrevista con SEMANA, Barreras defendió las visitas de Juan Fernando Petro pues “todos los presos quieren rebajas de penas”. Frente a esto le pidió la opinión a María Fernanda Cabal sobre “todos los presos quieren rebajas de penas. A propósito, yo quiero la opinión de ella sobre el coronel Publio Hernán Mejía, o que la JEP los dejó libres y volvieron a ser criminales; Robinson González del Río, empleado de Matamba, después de estar condenado por 47 falsos positivos, pero bueno, ellos salieron, son uribistas y ella no los menciona”.

En la denuncia radicada por los abogados Germán Navarrete y Brenda Acosta, en representación del coronel Mejía, se señala que Roy Barreras incurrió en dos delitos al catalogar de “criminal” al excomandante del Batallón La Popa, indicando que no existe ningún fallo penal en firme en su contra.

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Los juristas indican que la conducta de uno de los más cercanos escuderos en la campaña presidencial de Petro incurrió en una “situación de vulnerabilidad” contra el coronel retirado, indicando que sus palabras constituyen “un ataque directo e indirecto contra nuestra integridad física como social y moral”.

En este sentido indicaron que al coronel no se le ha probado responsabilidad por los llamados ‘falsos positivos’. De hecho, luego de haber firmado un acta de compromiso para someterse a la JEP en junio de 2017, el coronel (r) Publio Hernán Mejía ha venido negando toda su responsabilidad en los hechos imputados y por el contrario ha catalogado los testimonios de los demás testigos y comparecientes del tribunal que lo mencionan como responsable, de ‘mendaces’, ‘descabelladas’ y ‘criminales versiones’ que solo faltan a la verdad.

“No es aceptable, honorables magistrados que pretendan linchamientos y condenas mediáticas contra servidores de la fuerza pública cuyo único pecado ha sido entregar hasta lo más sagrado para proteger a la sociedad. Enlodar a la institucionalidad y deshonrar a quienes todos los días ponen su vida al servicio de los colombianos, ciertamente no puede ser la conducta de un ciudadano senador, a quien más responsabilidad se le exige por haber sido electo por el voto de la ciudadanía”, señala uno de los apartes de la denuncia presentada ante la Sala de Instrucción de la Corte Suprema.

“La irregular actuación del senador Roy Barreras, atacando la buena imagen pública, el buen nombre y el honor de un militar reconocido, sobre quien no pesa ninguna sentencia ejecutoriada manteniendo la presunción constitucional de inocencia, y tampoco investigaciones por crímenes luego de su sometimiento a la justicia transicional por operaciones militares, evidentemente desbordó el Código Penal Colombiano en varios de sus fragmentos”, completa la denuncia.

En noviembre pasado, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) nó el traslado del expediente del coronel (r) Publio Hernán Mejía Gutiérrez, imputado por la Jurisdicción dentro del caso 03 (muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate por agentes del Estado, los llamados falsos positivos), a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP.

La orden de traslado se dio luego de que el excomandante de dicha unidad militar no reconociera su responsabilidad en los hechos que son estudiados en el Caso 03, subcaso Costa Cribe, que abarca lo ocurrido entre 2002 y 2005 en el norte de Cesar y sur de La Guajira, atribuido a algunos integrantes del Batallón La Popa cuando se presentaron como resultados operacionales legítimos los asesinatos y desapariciones forzadas de personas señaladas de pertenecer a las guerrillas, en medio de una alianza criminal entre militares y paramilitares.

Mediante el auto 128, emitido el 7 de julio de 2021, la JEP declaró como máximos responsables a 15 miembros del Ejército (dos tenientes coroneles, tres mayores, un teniente, dos subtenientes, dos sargentos primero, un sargento viceprimero, un cabo tercero y tres soldados profesionales) por su participación determinante en el asesinato de 127 personas en el norte de Cesar y el sur de La Guajira. Uno de esos 15 imputados fue el coronel retirado Publio Hernán Mejía Gutiérrez, a quien se le atribuye responsabilidad en 75 asesinatos cometidos por el Batallón La Popa entre enero de 2002 y diciembre de 2003 cuando él era el comandante de dicha unidad militar.

Al contrastar la información que hace parte del acervo probatorio, la Sala de Reconocimiento determinó que el coronel (r) Mejía tuvo liderazgo y contribuyó de manera esencial en el diseño y la implementación del plan macrocriminal encontrado por la Sala, por la conformación y dirección de la organización criminal que se creó dentro del Batallón La Popa, dedicada a la comisión de asesinatos y desapariciones que fueron presentadas como bajas en combate, y por la alianza establecida con grupos paramilitares de la que se valió dicha organización. Por eso la Sala de Reconocimiento le imputó los delitos de homicidio en persona protegida y desaparición forzada contemplados en el Código Penal colombiano, que también constituyeron crímenes de lesa humanidad de asesinato y desaparición forzada de personas, y el crimen de guerra de homicidio. Los mencionados crímenes de lesa humanidad involucraron un ataque generalizado y sistemático contra la población civil en relación con estos hechos.

Luego de haber firmado un acta de compromiso para someterse a la JEP en junio de 2017, el coronel (r) Publio Hernán Mejía ha negado toda su responsabilidad en los hechos imputados y por el contrario ha catalogado los testimonios de los demás testigos y comparecientes del tribunal que lo mencionan como responsable, de ‘mendaces’, ‘descabelladas’ y ‘criminales versiones’ que solo faltan a la verdad.