Nación
Se inicia el plan piloto de baños públicos en Bogotá, ¿dónde puede encontrarlos?
En las localidades de Puente Aranda, Usaquén y Suba operarán los módulos de baños públicos.
La Alcaldía de Bogotá inició en abril la instalación de tres modernos módulos de baños públicos por medio de un contrato interadministrativo entre la Defensoría del Espacio Público y la Terminal de Transportes S.A. que garantizará la accesibilidad a las personas con discapacidad.
Estos módulos serán instalados en la Calle 9 con carrera 37 (Puente Aranda); Calle 114A con carrera 45 (Suba) y en la calle 125 con carrera 21ª (Usaquén).
El primero de ellos, que ya se encuentra al servicio de la ciudadanía, está ubicado en el reconocido sector de San Andresito de la 38. La tarifa para su ingreso se estableció en $500 pesos, garantizando con este valor el mantenimiento y el aseo de los módulos.
Estos baños públicos cuentan con una batería sanitaria, lavamanos y camilla para el cambio de pañales tanto en los baños para hombres como para mujeres.
“Con este proyecto estamos poniendo a disposición de la ciudadanía un servicio esencial pensado para la ciudadanía y de todos depende que el piloto tenga buenos resultados, por el cuidado y el buen uso que debemos darles a los módulos, y que esto nos permita establecer la viabilidad de extender el proyecto a toda la ciudad”, señaló la directora del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público (DADEP), Alejandra Rodríguez Cortés.
📣 ¡Con el inició del plan piloto de baños públicos en el Distrito, ponemos a disposición un servicio esencial para la ciudadanía 🙌🏼. Tres modernos módulos serán instalados en tres estacionamientos de Puente Aranda, Suba y Usaquén. El primero ya se encuentra en funcionamiento👇🏽 pic.twitter.com/HSNyxW15O7
— Defensoría del Espacio Público (@DadepBogota) April 22, 2021
Los parqueaderos en los que se encuentran ubicados estos módulos son administrados por la Terminal de Transporte de Bogotá, entidad que se encargó de la adecuación y construcción de los tres módulos durante el periodo de duración del piloto, que será de un año, tiempo en el que se va a evaluar la viabilidad técnica, operativa y de sostenibilidad financiera de este modelo.
Corte Constitucional pide garantizar baños públicos para habitantes de calle
La Corte Constitucional pidió exceptuar a los habitantes de calle de las medidas correctivas ante la realización de necesidades fisiológicas en espacio público.
También exhortó a las autoridades territoriales a que adopten acciones y políticas que garanticen a esta población el acceso universal a la infraestructura sanitaria. Sobre este tema, se pronunció la organización que había presentado la demanda.
Se trata de la ONG Temblores, que advirtió: “En los últimos años, desde Temblores ONG hemos documentado que la ausencia de baños públicos es motor de violencias homicidas, físicas y policiales en contra de las personas habitantes de calle. Según cifras de Medicina Legal, en el año 2020, 14 personas habitantes de calle fueron asesinadas mientras se encontraban realizando necesidades fisiológicas y 23 fueron violentados físicamente”, señalan en un comunicado.
“El 17 de marzo de 2021, en una votación de 7-1, la Corte Constitucional reconoció los derechos a la intimidad, la vida digna y la igualdad de las personas habitantes de calle. Ayer, la Corte Constitucional reconoció el derecho a la ciudad de las personas habitantes de calle”, advierte la oenegé.
“Celebramos la decisión de la Corte Constitucional de exceptuar a la población habitante de calle de la aplicación de medidas correctivas por realizar necesidades fisiológicas en el espacio público. En la demanda que presentamos, le demostramos a la Corte que la aplicación de dichas medidas vulnera directamente los derechos fundamentales a la intimidad, a la dignidad y a la igualdad de las personas habitantes de calle”, destacaron.
Por último, la Corte “exhortó a las autoridades municipales y distritales para que, en caso de que que no lo hubiesen adelantado, diseñen y, en todo caso, implementen una política pública que garantice el acceso universal a infraestructura sanitaria en el espacio público, la cual sea disponible a las personas que habitan en la calle. Esto conforme a las obligaciones estatales que se derivan de la Constitución y de la Ley 1641 de 2013″, señaló el Alto Tribunal en una comunicación.