Víctima y victimarios estarían dedicados al comercio de sustancias estupefacientes.
Víctima y victimarios estarían dedicados al comercio de sustancias estupefacientes. | Foto: Getty Images

Judicial

¿Se le puede creer a un testigo que fumó marihuana? El complejo caso que resolvió la Corte Suprema de Justicia

La única testigo de un asesinato en Manizales reconoció haber fumado. El alto tribunal evaluó si esto le generó alucinaciones o pudo cambiar su percepción de los hechos.

5 de abril de 2023
sicario disparó en chapinero
Dirty deed in a dark alley. | Foto: Getty Images

Esta acción habría afectado la percepción de los hechos. Siendo la única testigo directa del ataque armado, el juez consideró que no se podía ratificar la tesis de la Fiscalía General sobre la participación de Castro Atehortúa en el crimen. De esta forma se ordenó su libertad inmediata.

Marihuana recreativa
Marihuana recreativa | Foto: Getty Images

Por esto, fue condenado a 35 años de prisión por su participación. En la decisión se ordenó su captura inmediata para que cumpliera su sentencia. La defensa de Castro Atehortúa tocó entonces la puerta de la Corte Suprema de Justicia para reclamar que no se le podía dar credibilidad a una persona que estaba drogada y que había incurrido en contradicciones en sus declaraciones.

Con ponencia del magistrado Fernando León Bolaños, la Sala Penal determinó que la declaración de Daniela era totalmente coherente. Esto pese a que ella había asegurado que esa misma noche se había fumado unos “ploncitos de marihuana con Andrés Felipe”. Igualmente, pudo reconocer al victimario, puesto que ella lo conocía desde hace mucho tiempo en el barrio y que, cuando tenían 12 o 13 años, habían tenido una relación de tinte sentimental. Incluso, para el momento de los hechos, eran “amigos” en Facebook.

“La seguridad, precisión y consistencia en el señalamiento de la persona que atentó contra la vida de Andrés Felipe Ospina Toro, otorgan al testimonio de Daniela Mejía Rendón la fuerza suficiente para darlo por cierto”, precisó la decisión de la Corte Suprema conocida en su integridad por SEMANA.

Marihuana, estos son los efectos a largo plazo de su consumo diario
Marihuana, estos son los efectos a largo plazo de su consumo diario | Foto: Bloomberg via Getty Images

En otro de los apartes del fallo de 42 páginas se advierte que existe una coherencia y razonabilidad en todas las declaraciones que hizo. “Es más, la versión de Daniela Mejía Rendón coincide con las conclusiones a las que llegó el médico que realizó el protocolo de necropsia; pues, hizo referencia a las lesiones detectadas en Andrés Felipe (…) delatando la corta distancia en la que se produjeron los disparos”.

La misma testigo fue clara y reiterativa en señalar que pese a haber consumido marihuana esto en nada afectó sus sentidos, puesto que no generó una alteración en su sistema y mucho menos le provocó alucinaciones. “(…) auxilió a su compañero, lo llevó hasta el hospital y colaboró con las autoridades, conductas que mal podría haber desplegado una persona en condición alucinante; por el contrario, de allí se desprende un escenario realmente vivenciado y no fantasioso, ideado o maquinado”.

De esta forma se rechazó de tajo la duda plantada por la defensa del acusado: “(…) no puede tomar como regla de la experiencia que todo aquel que fuma marihuana presenta ‘alucinaciones’ que le impiden reconocer las personas en su entorno, porque sobre efectos de la marihuana no se pueden construir máximas, pues depende de cantidades, situaciones vividas, estado de las personas, etc.”.

La apreciación presentada por la defensa del acusado, y con la que buscaba restarle credibilidad total a la testigo, no tiene ningún soporte —para la Corte— y su base son puras especulaciones. “En consecuencia, la claridad de la testigo descarta las ‘alucinaciones’ a las que hizo referencia la defensa”. La declaración de la testigo también fue coherente cuando dijo que el atacante salió caminando. Los videos de las cámaras de seguridad confirmaron este dicho.

Tras revisar la casación, la Sala concluyó que los testigos citados por la defensa del condenado si fueron contradictorias y no lograron demostrar que ellos estuvieran con Junior Alexis cuando se presentaron los hechos. Debido a esto se dejó en firme la condena de 35 años de cárcel.