En la subasta número 12 se ofrece un lote de 353 vehículos, entre automóviles, camionetas, camperos y motocicletas
En la subasta número 17 se ofrece un lote de 400 vehículos, entre automóviles, camionetas, camperos y motocicletas. | Foto: Secretaría de Movilidad

Bogotá

Secretaría de Movilidad anuncia primera subasta de vehículos declarados en abandono para este 2023

Se ofrece a empresas dedicadas a labores de fundición, metalurgia y siderurgia de chatarrización de vehículos, un lote de 400 vehículos.

4 de marzo de 2023

La Secretaría Distrital de Movilidad anunció una nueva subasta, la número 17, de vehículos declarados en abandono con el propósito de descongestionar los patios de Bogotá y procurar un mejor ambiente para los ciudadanos.

Esta subasta, la primera del 2023, estará abierta hasta el viernes 10 de marzo y ofrece un lote de 400 vehículos en calidad de chatarra, con un valor inicial de 45 millones 300 mil pesos. Es importante aclarar que en la subasta podrán participar las empresas dedicadas a actividades relacionadas con la fundición, la metalurgia, la siderurgia o comercializadores internacionales que exporten.

“Le recordamos a todas las empresas de metalurgia y siderurgia, que tenemos abierta esta subasta hasta el 10 de marzo, pueden inscribirse a través de la página de nuestro intermediario comercial: www.superbid.com.co. También invitamos a los ciudadanos, que se acerquen a la Secretaría Distrital de Movilidad a subsanar sus faltas y recoger sus vehículos de los patios”, manifestó Adriana Iza, subsecretaria de Servicios a la Ciudadanía.

Los vehículos declarados en abandono generan congestión y contaminación en los patios de la ciudad.
Los vehículos declarados en abandono generan congestión y contaminación en los patios de la ciudad. | Foto: Secretaría de Movilidad

¿Cómo pueden participar las empresas?

Para realizar el registro inicial es necesario:

● Ingresar al portal www.superbid.com.co y hacer clic en “Registro”.

● Elegir usuario y contraseña (login).

● Validar login, para hacer ofertas.

● Para terminar el registro, leer y aceptar el “Procedimiento de utilización del Portal Superbid Colombia”, haciendo clic en “CONFIRMAR”, enviando la fotocopia de su cédula y el RUT. 24 horas después se obtiene la confirmación del registro.

Para habilitarse y participar:

La persona que se registró, debe habilitarse en cada subasta, aceptando los términos y condiciones. Para ello deberá:

● Ingresar el login y la contraseña, regresar al inicio y seleccionar la subasta de su interés.

● Hacer clic en “Habilítate” y recibirá un correo con la confirmación de su solicitud de habilitación, con un enlace que lo direccionará a las Condiciones de Oferta y Pago (COP) de la subasta seleccionada.

● Leer el contrato dispuesto por Superbid para participar en las subastas, marcar la declaración de aceptación de términos y hacer clic en aceptar.

De esta manera, las empresas interesadas ya pueden participar en la subasta, siguiendo las condiciones específicas dispuestas por nuestro intermediario comercial, Superbid Colombia.

Descongestión de patios en Bogotá

Actualmente, en los patios de la Secretaría de Movilidad se encuentran 36.880 vehículos inmovilizados, adeudando cerca de 145 millones de pesos. Estos automotores, cuyo ingreso se originó por cometer infracciones a las normas de tránsito y que, por su permanencia, superior a un año y sin que el propietario y/o poseedor los hayan reclamado, pueden ser enajenados a través de subasta.

La implementación de la Ley 1730 de 2014 contribuye con el propósito 2 del Plan Distrital de Desarrollo 2020-2024, a través del cual la administración distrital busca mitigar el cambio climático, entre otros.

Secretaría de Movilidad busca descongestionar los patios de la ciudad.
Secretaría de Movilidad busca descongestionar los patios de la ciudad. | Foto: Alcaldía de Bogotá

Declaración de abandono

Para declarar un vehículo en abandono y poderlo subastar, la Secretaría Distrital de Movilidad publica en un periódico de amplia circulación el listado correspondiente a los vehículos inmovilizados, con permanencia mínima de un año y que no han sido reclamados por los propietarios o poseedores.

Los avisos, publicados en diarios de amplia circulación, se encuentran disponibles para consulta en: https://www.movilidadbogota.gov.co/web/ley-1730-de-2014.

La Ley autoriza al organismo de tránsito para que mediante acto administrativo declare el abandono del vehículo inmovilizado.
La Ley autoriza al organismo de tránsito para que mediante acto administrativo declare el abandono del vehículo inmovilizado. | Foto: Alcaldía de Bogotá

Así se da la oportunidad, tal como lo establece la Ley 1730, para que el propietario y/o poseedor del vehículo se presente a subsanar la causa que dio lugar a la inmovilización y, a su vez, cancele lo adeudado por concepto de servicios de parqueadero y grúa, a fin de lograr la autorización de entrega del vehículo.

Vencido el término de reclamación del vehículo, si el propietario y/o poseedor no ha subsanado la obligación por la infracción que dio lugar a la inmovilización y los costos asociados a los servicios de parqueadero y/o grúas pendientes, la Ley autoriza al organismo de tránsito para que mediante acto administrativo declare el abandono del vehículo inmovilizado.