Bogotá
Secretaría de Salud le pone cara a la polémica: afirma que ya no se está exigiendo que domiciliarios sean expertos en Salud
Pese a las denuncias de las droguerías, la entidad asegura que la entrega a domicilio de medicamentos no requiere de un perfil con formación específica.
Luego de que la Asociación Colombiana de Droguistas Detallistas denunciara que la Secretaría de Salud de Bogotá estaría sobrepasándose en sus funciones y generando normas que ponen en riesgo la empleabilidad de cientos de personas, en especial la de domiciliarios, pues se estaba exigiendo que debían tener estudios relacionados en temas de salud para poder trabajar en estas droguerías, la Secretaría respondió.
En un primer momento, la Secretaría de Salud indicó que durante las labores de inspección, vigilancia y control que realiza la Secretaría, la entidad verifica las condiciones para la dispensación de los medicamentos, de tal forma que se garantice su integridad y seguridad, dando cumplimiento al marco normativo nacional y lineamientos técnicos del Invima y el Ministerio de Salud y Protección Social, que son las instancias rectoras en la materia.
Frente al perfil de las personas que entregan los medicamentos a domicilio, y dadas las dudas de los gremios al respecto y el impacto que puede causar la exigencia de algunos perfiles mencionados, la Secretaría Distrital de Salud realizó la consulta al Ministerio de Salud y Protección Social para obtener un lineamiento detallado.
La respuesta emitida por dicha entidad aclaró que, finalizada la declaratoria de emergencia sanitaria por covid-19, la entrega a domicilio de medicamentos no requiere de un perfil con formación específica (químico farmacéutico, tecnólogo en regencia de farmacia, director de droguería, farmacéutico licenciado, expendedor de drogas o auxiliar en servicios farmacéuticos).
Lo más leído
En tal sentido, la Secretaría de Salud manifestó que en los procesos de inspección, vigilancia y control no se está exigiendo que los domiciliarios tengan dicha formación académica específica.
Finalmente, la Secretaría Distrital de Salud especificó que, en cumplimiento de sus funciones, desarrolla la función de inspección, vigilancia y control a los establecimientos farmacéuticos minoristas, bajo un permanente diálogo con las agremiaciones, siguiendo el marco normativo del Ministerio de Salud y el Invima frente a la materia y acompañando a las agremiaciones para que los usuarios dispongan de la información necesaria para el correcto uso de los medicamentos.
¿Cuál es la polémica?
La Asociación Colombiana de Droguistas Detallistas afirma que desde diciembre de 2021 la Secretaría de Salud estableció que en las actas de visita de inspección, vigilancia y control, toda droguería que preste el servicio de domicilio en la capital del país debe garantizar que la persona que transporte el pedido debe contar con estudios en salud. De no ser así, el establecimiento podría ser sancionado con multas, decomiso de mercancía o incluso cierre del establecimiento, según lo determine la investigación que adelanten.
Esto fue calificado por Viviana Bueno, directora ejecutiva de la Asociación Colombiana de Droguistas Detallistas (Asocoldro), como insólito y arbitrario.
Advirtió que la medida está basada en normas plasmadas en un acta de inspección sin previa consulta pública, como lo establece la norma, lo que dejaría sin validez el requerimiento de la Secretaría Distrital de Salud. Pese a lo anterior, el gremio de las droguerías denuncia que se está presentando abuso de poder de contratistas de la Secretaría de Salud. “En el norte de la ciudad ya hay droguerías que han tenido que despedir a sus empleados para evitar sanciones”, dijo Bueno en medio de una rueda de prensa.
En Bogotá existen alrededor de 1.300 droguerías y más del 50 % de ellas se verían afectadas con el acta de visita, inspección y vigilancia, que en este momento está sirviendo de rasero a los establecimientos comerciales, sin que esta acta esté aprobada formalmente. Lo que aclaran desde el gremio de las droguerías es que están haciendo efectiva una norma que no ha sido aprobada, lo que podría caer en irregularidades administrativas graves.
Esa preocupación fue presentada directamente al Ministerio de Salud, desde mayo de 2022, y aunque hubo pronunciamiento de la entidad, este fue en vano. Su orden fue: “Que, desde el ministerio, a través del funcionario competente, ordene la suspensión inmediata de la implementación de la nueva acta de inspección y vigilancia y control a establecimientos farmacéuticos minoristas, empleada por la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá D. C., la cual fue implementada a partir del mes de diciembre de 2021, debido a su expedición irregular, por desconocer abiertamente a las normas previstas en el Decreto Único de Reglamento 780 de 2016″.