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PAZ

Senado aprueba la JEP, la corte hizo el milagro

Tras el fallo que dio luz verde a la justicia especial para la paz, el Gobierno encontró los votos en el Senado para aprobar la ley que la pone en funcionamiento. Ahora será el turno de la Cámara de Representantes.

16 de noviembre de 2017

Tuvieron que pasar siete sesiones en cuatro semanas para que el Gobierno consiguiera los 45 votos para aprobar la ley que pone en funcionamiento la justicia especial para la paz (JEP). Siete intentos fallidos, siete plenarias suspendidas por falta de senadores para tomar decisiones, doce impedimentos, y tiempo precioso perdido. Pero a la octava fue la vencida, y el proyecto que es considerado la espina dorsal del acuerdo de paz con las Farc, recibió la bendición del Senado. Este miércoles, con 51 votos, la JEP fue aprobada.

La jornada fue maratónica, y por qué no, milagrosa. El Gobierno había penado por votos, entre otras por el ausentismo de numerosos de sus aliados. En la víspera, nueve liberales, siete de la U, siete conservadores, habían desaparecido a la hora de votar. Esta vez aunque unos pocos, los votos le sobraron al ministro Guillermo Rivera y a los colegas del gabinete que lo rodearon durante las casi nueve horas de sesión. Algunos de los ausentistas aparecieron, los suficientes como para que el proyecto fuera aprobado.

Esta vez se vio a la bancada de la U más numerosa, como también sillas ocupadas en el lado de los conservadores y los liberales. Y por si fuera poco a senadores de Cambio Radical votando a favor algunos artículos de la JEP, a pesar de que hace unos días, y atendiendo instrucciones superiores, habían manifestado que no votarían el proyecto.

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Pero lo que resultó más sorpresivo, algunos senadores del Centro Democrático votando algunas proposiciones y artículos, pese a que su conducta habitual era abandonar el recinto al momento de la votación. Su presencia hasta fue utilizada por el Gobierno para mantener el quorum en momentos de apremio.

Eso sí no todo fue dulce para el gobierno, porque precisamente Cambio Radical, los conservadores y el uribismo se unieron para meterle una clausula a la futura ley y que puede afectar a varios de los magistrados recientemente elegidos de esta jurisdicción de paz. Gracias a los parlamentarios de estos partidos se incluyó un régimen de inhabilidades.

En este capítulo se establecieron condiciones que sin duda limitarían a varios de los nombrados. Una de ellas establece que quienes dentro de los cinco años anteriores a la fecha de posesión hayan ejercido la representación judicial o administrativa de actuaciones relacionadas con hechos del conflicto armado, o pertenezcan o hayan pertenecido a organizaciones o a entidades que hayan ejercido dicha representación no podrán tomar posesión de su cargo. Tampoco, quienes hayan gestionado o representado intereses privados en contra del Estado en materia de reclamaciones por violaciones a los derechos humanos, al DIH o al Derecho Penal Internacional, o quienes hayan tramitado acciones ante sistemas o tribunales internacionales.   

Esta disposición buscaría inhabilitar a algunos de los magistrados sobre los que el Centro Democrático y Cambio Radical (en cabeza del candidato presidencial Germán Vargas Lleras) habían hecho críticas por su pasado y por su presunta ideología política.  

El uribismo, por ejemplo, ha censurado los nombres de Rodolfo Arango y Sandra Rocío Gamboa, el primero por haber dado una opinión contra Luis Alfredo Ramos, y la segunda por haber sido abogada del Colectivo de Abogados en el caso contra Álvaro Uribe por las chuzadas del DAS.    

El ministro Rivera advirtió que si la Cámara aprueba este mismo régimen de inhabilidades, la Corte Constitucional lo podría tumbar: "los magistrados ya fueron escogidos y uno no le puede imponer a una persona que se inscribió a una convocatoria abierta unas reglas distintas", explicó.

También quedó en suspenso la propuesta de los conservadores que permitiría a paramilitares y parapolíticos recuperare sus derechos políticos. Una ventana abierta si estos decidieran acogerse voluntariamente a la JEP, cumpliendo con los requisitos de verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición. La idea, que para muchos generó escándalo, tuvo respaldo en senadores liberales, conservadores y de Cambio Radical, con el argumento de  equilibrio en el tratamiento entre ellos y los exguerrilleros.

De inmediato la idea empezó a cobrar rostro, y nombres de jefes paramilitares como Salvatore Mancuso o Jorge 40, y de parapolíticos como Álvaro García Romero,  Rocío Arias, Dieb Maloof, empezaron a rondar como posibles beneficiarios de la propuesta.

Todo esto sucedió un día después de que el presidente Juan Manuel Santos, en alocución televisiva para todo el país, instó al Congreso a cumplir con su deber, asistir a las sesiones, y votar el proyecto de la JEP. Les dijo a los parlamentarios que la responsabilidad del éxito de la paz recaía en su terreno.

Camino despejado

Pero quien de verdad obró el milagro de la aprobación de la JEP en el Senado fue la Corte Constitucional. La decisión que adoptó frente a la reforma constitucional que creo esta jurisdicción transicional, a la postre fue la que destrabó el trámite.

Uno de los temas más álgidos de la implementación de la JEP es si los guerrilleros desmovilizados, en especial los exlíderes de las Farc, pueden llegar a participar en política. El fallo de la Corte le dio luces al Senado que acogió su decisión.

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El Alto Tribunal avaló la posibilidad de que los exguerrilleros puedan por el momento participar en política, aunque delegó en la Jurisdicción Especial para la Paz la posibilidad de impedir que puedan seguir ejerciendo cargos.

Una de los principales obstáculos de la JEP en el Senado era la posibilidad de que terceros civiles fueran vinculados de forma obligatoria a la JEP. A la oposición de Cambio Radical a este punto se sumó la de varios conservadores.

La corte encontró que el acceso forzoso de los no combatientes en el conflicto armado a la Jurisdicción Especial para la Paz, y al tratamiento especial correspondiente, anula la garantía del juez natural y el principio de legalidad. Por lo anterior, los terceros solo podrán concurrir de forma voluntaria a la JEP. Este punto era uno de los principales temores de los empresarios frente al acuerdo de paz.

Otro tema muy controvesial en el Congreso era la posibilidad de aplicar la extradición a los excombatientes que no cumplieran con los puntos del acuerdo. En el debate el fiscal Néstor Humberto Martínez había tenido un rol determinante. En este aspecto la Corte Constitucional determinó que si los desmovilizados incumplen sus compromisos perderán todos los beneficios, incluyendo el de la extradición.

La JEP también estuvo trabada por las observaciones del fiscal general Néstor Humberto Martínez, quien exigió en múltiples ocasiones que los delitos de ejecución permanente tengan que ser de competencia de la jurisdicción ordinaria. El fiscal criticaba, por ejemplo, que las Farc pudieran mantener cultivos ilícitos con el argumento de que los habían sembrados antes de la firma de la paz. Pero quizás el punto álgido tenía que ver con el lavado de activos pues para Martínez si los desmovilizados seguían en posesión de bienes de procedencia ilícita derivados -por ejemplo- del narcotráfico, seguirían cometiendo este delito.

En este aspecto, la corte aseguró que respecto de los delitos de ejecución permanente, cuando la JEP determine que se han incumplido las condiciones del sistema, del proceso se remitirá a la jurisdicción ordinaria, y quedará sujeto a las condiciones sustantivas y procesales de la misma.

La corte también destrabó la polémica sobre la participación de abogados extranjeros en la JEP, la corte la restringió a la figura del Amicus Curiae pero no podrán participar en los debates respectivos en las mismas condiciones de los magistrados, punto que también fue muy criticado por muchos juristas nacionales.

Por eso la corte hizo el milagro. Desató los nudos de la JEP en el Senado y revivió un proyecto que parecía naufragar. Ahora la batalla final del ministro Rivera será en la Cámara de Representantes.