POLÍTICA
Robledo y Macías, se resuelve el duelo jurídico entre un arquitecto y un comunicador
Este martes la plenaria del Senado votará la apelación del congresista del Polo contra la decisión del presidente del Senado de declarar improcedente el debate de moción de censura contra el ministro de Hacienda Alberto Carrasquilla. ¿Quién ganará? Cambio Radical y liberales darán el veredicto.
Aunque Ernesto Macías (Centro Democrático) es comunicador social y Jorge Robledo (Polo Democrático) es arquitecto, llevan seis semanas enfrentados en un debate jurídico propio de expertos constitucionalistas. Mientras el presidente del Senado considera que el debate de moción de censura contra el ministro de Hacienda Alberto Carrasquilla es improcedente a la luz de la Constitución, el senador de oposición insiste en que cumple todos los requisitos consagrados en la ley por lo que debe ser convocado. Este martes, el pulso entre ambos congresistas llegará a su fin.
Todo empezó el pasado 18 de septiembre cuando Robledo adelantó un debate de control político contra el ministro de Hacienda por el tema de los denominados bonos de agua. El senador del Polo acusó a Carrasquilla de haber utilizado su cargo de ministro de Hacienda, durante el gobierno de Álvaro Uribe (2003 y 2007) para diseñar un esquema para otorgar créditos a 117 municipios para ser invertidos en obras de acueducto y saneamiento básico.
Según Robledo, el esquema diseñado por Carrasquilla puso en marcha un negocio calculado que endeudó de manera “irresponsable, ventajosa y leonina” a 117 municipios colombianos que en la actualidad no solo están pagando la deuda y sus intereses, sino que continúan sin las obras de acueducto y alcantarillado.
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Una semana después de dicho debate, el 25 de septiembre, Robledo y otros 17 senadores propusieron adelantar la moción de censura contra el ministro de Hacienda, con el argumento de que Carrasquilla “no está capacitado moral, ética y políticamente para desempeñar las funciones propias de su cargo de manera proba, responsable, eficaz, objetiva e imparcial”.
PROPOSICIO´N DE MOCIO´N DE CENSURA MINISTRO CARRASQUILLA. 24.SEP.2018 (1) by Semana on Scribd
La figura de la moción de censura está consagrada en el artículo 135 de la Constitución, que establece como requisito la condición ser propuesta por la décima parte de los miembros que componen la respectiva cámara (Senado o Cámara de Representantes). Como Robledo la presentó con el respaldo de 17 senadores, superó este requisito.
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Sin embargo, el artículo 31 de la ley quinta de 1992 (reglamento del Congreso) establece que la mesa directiva de la respectiva cámara deberá convocar la moción de censura si esta cumple con los requisitos. Macías, apoyado por un concepto jurídico, señaló que en el caso de Carrasquilla no los cumplía: “los lineamientos que caracterizaron a los citados programas de gobierno (bonos agua) terminaron en el año 2010”, por lo que no están dentro de las actuales funciones del ministro, y como “las conductas se ejecutaron en el ámbito privado, no pueden ser materia de reproche político”.
Concepto Mocion de Censura Macias by Semana on Scribd
Con esos argumentos, el pasado 8 de octubre la mesa directiva del Senado (integrada por Macías, Eduardo Pulgar Daza y Angélica Lozano) declaró “improcedente” el debate de moción de censura contra Carrasquilla.
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Un día después, el 9 de octubre, Robledo apeló esa decisión, apoyado en su propio concepto jurídico. Considera que cumplke con los requsistos constitucionales y legales, que el tema de los bonos de agua no son un asunto del pasado porque se siguen ejecutando, que la moción de censura también permite escrutar la vida privada de los actuales funcionarios, y no es un proceso judicial sino de control político, y que de no tramitarse se estarían violando los derechos a la libertad de expresión y el ejercicio de la oposición político.
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Esos dos conceptos jurídicos, tanto el de Macías como el de Robledo, serán los que tenga que evaluar la plenaria del Senado este martes y determinar quién tiene la razón. Pero como la decisión la deben tomar los senadores, el veredicto puede tener más cariz político que jurídico.
De un lado, los congresistas que se declararon partido de gobierno y que quieran proteger al ministro Carrasquilla de la moción de censura, acogerán el concepto de Macías. Del otro lado, los que quieran proteger la figura de la moción de censura como una herramienta del ejercicio de control político respaldarán la tesis de Robledo.
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Se da por descontado que en la primera orilla cerrarán filas los 19 senadores del Centro Democrático, los 14 del Partido Conservador, los 9 de la U que se declararon gobiernistas, los tres de Colombia Justa Libres, los dos del MIRA, y el de la ASI que se alineó con el uribismo. Es decir, se espera que 47 senadores declaren improcedente la citación a Carrasquilla.
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La apelación de Robledo parte con el respaldo de los 9 senadores de la Alianza Verde, 5 del Polo, 4 de Farc, 3 de Decentes, los dos indígenas, y el de Gustavo Petro, es decir 24 votos.
Pero los dos partidos independientes, Cambio Radical que tiene 16 votos en la plenaria, y el Partido Liberal que cuenta con 14, serán los llamados a inclinar la balanza.
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Los liberales decidieron votar a favor de la apelación de Robledo, y Cambio Radical podría adoptar la misma postura. La semana pasada una votación que se llevó en la plenaria para resolver esta apelación dio pistas que todo se resolverá en un auténtico foto finish.
Todo apunta a que la suerte de la moción de censura contra Carrasquilla este martes en el Senado será de infarto. Y terminará un pulso de ribetes constitucionales, pero protagonizado por un comunicador social y un arquitecto. ¿Quién ganará?