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¿Y los directivos de Reficar, qué?

El lío de Reficar vuelve a poner sobre la mesa la reflexión sobre la responsabilidad de los miembros de las juntas directivas de las empresas.

13 de febrero de 2016
Esta semana, La W entrevistó a Fabio Echeverri sobre su papel, como presidente de la junta de Ecopetrol, en el escándalo de Reficar. | Foto: Liliana Corzo

Una de las noticias de la semana fue un mano a mano entre Fabio Echeverri y las periodistas de la W. El tema era la responsabilidad de los miembros de junta de Ecopetrol en el escándalo de Reficar. Como Echeverri fue durante varios años presidente de ese órgano directivo, era el blanco perfecto para pedir explicaciones. Frentero, como siempre, se le midió al tema con cancha e irreverencia. El resumen de su mensaje fue “Yo no tuve nada que ver con eso”. Como Reficar era propiedad de Ecopetrol y ha sido la inversión más grande de esa compañía, eso indignó a la brigada femenina de Julio Sánchez y el episodio terminó con Echeverri tirando el teléfono.

El incidente, sumado al silencio de varios otros miembros de junta y al hecho de que Mauricio Cárdenas ha sido miembro de esa junta durante la era Reficar en tres condiciones diferentes (representante de los minoritarios, ministro de Minas y ministro de Hacienda), ha puesto sobre el tapete el tema de las responsabilidades de miembros de juntas directivas.

Hasta 1995, las juntas directivas eran órganos de decisión cuyos miembros no tenían grandes responsabilidades. En muchos casos no eran más que tertulias agradables donde se aprobaba lo que presentaba la administración. Eso cambió con la Ley 222 de ese año, mediante la cual se expidieron nuevas normas sobre el asunto. Estas incluían elementos obvios como cumplir la ley, no incurrir en conflictos de intereses o develarlos inmediatamente, actuar con seriedad y buena fe y otros principios de esa naturaleza.

Sin embargo, esa misma ley introdujo elementos que hicieron que ser miembro de una junta directiva no solo entrañara serísimas responsabilidades sino también riesgos por su incumplimiento. El espíritu de la nueva norma es que un miembro de junta directiva es administrador de la compañía y responde por dolo (mala fe) y por culpa, que es lo opuesto a lo que haría un hombre de negocios con sus propios asuntos. Los directores se consideran administradores, y como tales son responsables de los daños en que incurra la compañía o sus accionistas por dolo o por culpa, salvo que hayan votado en contra o no hayan estado presentes en la decisión.

En general, un buen director debe ser independiente, prudente, preparar con tiempo los asuntos que se van a someter a su consideración y defenderlos como si fueran sus propios negocios. Se menciona específicamente el concepto de que los asuntos deben ser manejados con diligencia, para dejar claro que se debe hacer un estudio detallado y sin improvisación de los temas.

Pero la gran novedad es que los miembros de junta tienen que responder por decisiones que entrañen daños graves o detrimento patrimonial si en estas hubo dolo o culpa. Eso los expone a demandas judiciales y hasta penales, dependiendo del caso. En Colombia, hasta ahora, no se han aplicado con suficiente rigor las sanciones a los miembros individuales por incumplimiento de sus responsabilidades. Pero en el papel, por lo menos, la lavada de manos ya no existe.

Fabio Echeverri se lavó las manos. Probablemente no estaba mintiendo en el sentido de que un subcomité de inversiones al cual él no pertenecía tomó las decisiones de fondo. Pero Reficar no solo era el proyecto más grande en la historia de Ecopetrol, sino el más grande en la historia del país. Como presidente de la junta directiva de la empresa que promovió ese proyecto y que llegó a ser dueña del ciento por ciento de este, el ‘sucedió a mis espaldas’ no basta.