El general Luis Mendieta Ovalle se reencuentra después de doce años en cautiverio con su esposa, María Teresa Mendieta | Foto: Daniel Reina

Nación

“Son curules para los victimarios, no para las víctimas”: General (r) Luis Mendieta sobre decisión de la Corte Constitucional

En diálogo con SEMANA señaló que el fallo debe permitir la participación de víctimas de las Farc.

24 de mayo de 2021

Luego de que la Corte Constitucional reviviera, la semana pasada, las denominadas curules de paz tras una amplia discusión, SEMANA consultó al general (r) Luis Mendieta quien estuvo secuestrado por la guerrilla durante casi 12 años. Cuando era parte de la Policía, tuvo que vivir el horror de la denominada Toma a Mitú, en 1998. Durante el ataque, según se sabe, el oficial combatió al menos 1900 guerrilleros y dirigió a cerca de 120 policías en la defensiva. Mendieta señala que, en su opinión, esta decisión favorece más a los victimarios (Farc) que a las verdaderas victimas del conflicto.

La Corte discutió la semana pasada el proyecto de acto legislativo porque, precisamente, se hundió en plenaria del Senado. Lo que hizo el senador Roy Barreras, ponente en esta ley, fue pedir a las instancias judiciales revisar el tema por medio de una acción de tutela que fue la que discutió el Alto Tribunal.

El general (r) Luis Mendieta advirtió: “Por supuesto que las curules no son para las víctimas, sino los victimarios. Nosotros desde el proceso de paz veníamos señalando incluso posteriormente con todo el tema del plebiscito, destruimos en esos debates y en las comisiones de seguimiento en el Congreso de la República, hicimos varias intervenciones porque manifestamos nuestra desconfianza e incredulidad que se puede otorgar a los terroristas de las Farc. Desde el mismo acuerdo se especificaron determinadas zonas donde hacía presencia las Farc, recordemos que se había hablado de crear unas circunscripciones especiales y allí iban a ser elegidos candidatos de las Farc, por supuesto. Los que ellos imponían. O sea que en este momento la Corte está tomando una decisión es a favor de los victimarios concediéndoles esas curules, 16 en total”.

Y agrega: “En el 2022, incluso antes, los grupos armados, van a presionar en las zonas donde se va a permitir esos registros o circunscripciones especiales para que determinados candidatos de las Farc sean elegidos en esas zonas del país. No sé qué otra situación se presente pero va a ser muy difícil por la amenaza, la presión que van a ejercer sobre todos los integrantes de las Farc en esos puntos del territorio nacional”.

Cabe anotar que la decisión de revivir las curules de paz en el Congreso se dio con 5 votos contra 3. SEMANA pudo establecer que los magistrados Gloria Ortiz, Paola Meneses y Jorge Enrique Ibáñez presentaron salvamento de voto, es decir, que no estuvieron de acuerdo con la decisión que tomaron los compañeros de la Sala Plena. De igual manera, no se aceptó la recusación que presentó la senadora María Fernanda Cabal en contra del magistrado Alejandro Linares.

Precisamente, SEMANA tuvo acceso en primicia a las razones de tres magistrados que no estuvieron de acuerdo con la decisión de revivir las denominadas curules de paz. Lo que señalan en primer lugar los togados, es que la acción de tutela que presentó el congresista Roy Barreras es improcedente.

Y agregan: “En efecto, anotaron que la acción de tutela no es el medio judicial procedente para revisar los vicios o irregularidades en que incurra el Congreso de la República durante el proceso legislativo para expedir las leyes y mucho menos aquellos que ocurran durante el proceso constituyente para reformar la Constitución Política. Si los jueces, entre ellos la Corte Constitucional como tribunal de cierre, por vía de decisiones de tutela interviene en los procesos legislativos y constituyentes, asume una competencia que solo le fue conferida para el trámite”.