Nación
SuperServicios tendrá que suspender intervención a Empresa de Servicios Públicos de Santa Marta
Así lo estableció el fallo judicial emitido el 16 de diciembre a una acción de tutela. La Procuraduría advirtió que impugnará la decisión del juez.
Un fallo del Juzgado Sexto Administrativo del Circuito de Santa Marta le ordenó a la Superintendencia de Servicios Públicos (SuperServicios) suspender la intervención de la Empresa de Servicios Públicos de la ciudad (Essmar), que inició el 22 de noviembre de 2021.
Al respecto, la alcaldesa de la ciudad, Virna Johnson, instó a la entidad para que “proceda a dar cumplimiento al fallo judicial”. En su cuenta de Twitter, la mandataria publicó un oficio dirigido a la SuperServicios en el cual advertía que, de no cumplir con la orden del juez, “estarán incurriendo en delitos como: usurpación de funciones públicas, prevaricato por acción, entre otras faltas disciplinarias, y actuaremos con las denuncias a que haya lugar”, aunque pocos minutos después eliminó el trino.
En la misma carta, Johnson también detallaba que envió una copia del oficio a la Procuraduría General de la Nación para solicitar su vigilancia permanente para que “conmine a la SuperServicios y a la agente interventora Yahaira Díaz a cumplir inmediatamente la orden judicial del juzgado sexto administrativo”.
Sin embargo, ante el fallo del juez que ordena a la SuperServicios suspender la intervención a la Empresa de Servicios de Santa Marta (Essmar), la Procuraduría expresó en un comunicado que “ya había señalado la improcedencia de la acción de tutela que pedía la nulidad del acto administrativo que le permitió a la SuperServicios tomar posesión de la Essmar, el Juez Segundo Administrativo del Circuito de la capital del Magdalena ordenó suspender, en primera instancia, esa intervención, en fallo proferido un día antes de iniciar la vacancia judicial y el cual aún no está en firme”.
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La Procuraduría agregó en su comunicado que la tutela es procedente de manera excepcional cuando se trata de evitar que se consolide un perjuicio irremediable y en este caso no existía prueba ni argumento alguno que permitiera considerar que se le estuviera provocando un daño a la persona que la instauró.
“Si bien es cierto que se trata de una empresa pública que presta el servicio a toda la comunidad de Santa Marta, ello no es suficiente para considerar que la medida de la toma de posesión le ha ocasionado vulneración de derecho a él como persona natural, pues precisamente dicha medida tiene como fin garantizar la prestación eficiente del servicio”, anotó el Ministerio Público.
En ese sentido, la Procuraduría advirtió que impugnará el fallo proferido por el juez que ordenó suspender la intervención a la SuperServicios.
48 horas para suspender la intervención
El jueves 16 de diciembre, la alcaldesa de Santa Marta, Virna Johnson, informó en su cuenta de Twitter sobre el fallo de tutela que ordenó suspender la “intervención infundada” de la SuperServicios a la Essmar.
“El fallo es claro, tienen 48 horas para suspender la intervención ordenada el 22 de noviembre de 2021. Olvídense de las maniobras que acostumbran a utilizar, estaremos pendientes para dar cumplimiento al debido proceso”, señaló la alcaldesa Johnson.
El fallo es claro, tienen 48 horas para suspender la intervención ordenada el 22 de noviembre de 2021. Olvídense de las maniobras que acostumbran a utilizar, estaremos pendientes para dar cumplimiento al debido proceso. ¡Seguimos en la lucha! pic.twitter.com/biHdCAxCe3
— Virna Johnson (@VirnaJohnson) December 16, 2021
Según comentó la alcaldesa, llegaron a las instalaciones de la SuperServicios y fueron recibidos con una “actitud desobligante” por la agente interventora Yahaida Díaz.
“No nos dejó entrar con la excusa de que quería a alguien del Ministerio Público. Nosotros solo queríamos saber cuál era su actitud con respecto al fallo (...). La decisión que ella nos dijo que habían tomado es que iban a esperar las 48 horas para impugnar este fallo, cuando este fallo no dice que son 48 horas para impugnar, sino para emitir el acto administrativo correspondiente de parte de la Superintendencia para retrotraer la intervención”, detalló la alcaldesa de Santa Marta, Virna Johnson.
¿Por qué se dio la intervención?
El 22 de noviembre de 2021, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SuperServicios) ordenó la toma de posesión de la Empresa de Servicios Públicos de Santa Marta (Essmar) al determinar que no tiene la capacidad técnica, operativa, administrativa y financiera para garantizar la debida calidad, cobertura y continuidad de los servicios de acueducto y alcantarillado a los habitantes de la capital del Magdalena.
La toma de posesión, ordenada mediante la Resolución 20211000720935, se realizó este lunes en la sede administrativa de la Essmar. La diligencia fue liderada por la superintendente, Natasha Avendaño García, con el acompañamiento de la Dirección de Intervenidas de la SuperServicios y el apoyo de la Dirección General de la Policía Nacional.
La funcionaria explicó que la Essmar está incursa en las causales de toma de posesión 1 y 7 del artículo 59 de la Ley 142 de 1994 que establece el régimen de los servicios públicos. Estas causales hacen referencia a dificultades en la prestación de los servicios y en el pago de sus obligaciones, respectivamente.
“Con fundamento legal tomamos la decisión de intervenir a la Essmar porque presenta una crítica situación que genera graves perjuicios a sus usuarios y pone en riesgo su sostenibilidad. Los resultados de la vigilancia especial que realizamos a la empresa desde el momento del inicio de la operación, en 2019, evidencian deficiencias en la cobertura, continuidad y calidad de los servicios de acueducto y alcantarillado para sus más de 117.000 suscriptores.
A esto se suman las deudas pendientes con la DIAN, la Gobernación del Magdalena y otros acreedores que podrían generar embargos judiciales que agravarían las condiciones financieras de la empresa y la reducida capacidad de pago de sus compromisos mercantiles”, dijo Avendaño.