Nación
Suspenden recolección de firmas para la revocatoria de Daniel Quintero
La decisión fue tomada por el Juzgado 33 Administrativo de Oralidad del Circuito de Medellín porque el alcalde ad hoc aún no puede verificar que se cumpla con las medidas de bioseguridad.
Desde que Daniel Quintero llegó a la Alcaldía de Medellín, sus contrarios decidieron adelantar un proceso de revocatoria directa de su mandato, sin embargo, la pandemia no ha permitido que este se desarrolle con normalidad. Pese a dichas condiciones, el movimiento ha tenido fuerza en redes sociales e, incluso, llevó a que se nombrara un alcalde ad hoc para hacerle seguimiento.
Pese a la fuerza mediática de la revocatoria, ahora esta tiene un problema, pues el Juzgado 33 Administrativo de Oralidad del Circuito de Medellín suspendió la recolección de firmas porque dicha labor no cumple con los protocolos de bioseguridad.
Y es que estos comités están obligados, según orden del Ministerio de Salud y Protección Social, a diseñar un protocolo para la recolección de los apoyos ciudadanos necesarios para continuar con la siguiente fase del proceso de revocatoria; y este debe ser analizado en virtud de su adherencia a los estándares de bioseguridad establecidos en la Resolución No. 777 de 2021 proferidas por el Ministerio de Salud, y que pese a la reapertura económica se encuentran vigentes para la fecha. El asunto, es que el cumplimiento de estas medidas lo debe realizar el alcalde ad hoc, quien es Juan Pablo Díaz Granados, quien fue designado el 17 de junio.
Según el concepto del Juzgado, el alcalde ad hoc manifestó que aún no ha tomado posesión de su cargo, por lo que no puede vigilar que la recolección de firmas para la revocatoria cumpla con los protocolos de bioseguridad. Dice el Juzgado: “Ello significa, además, que tampoco ha resuelto el impedimento de la secretaria de salud de Medellín para fungir como garante del cumplimiento de los protocolos de bioseguridad establecidos por parte de los comités de revocatoria y el acatamiento de las disposiciones prescritas en la Resolución No. 777 de 2021″.
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El problema es que los días 17 y 18 de junio de 2021, los registradores especiales de Medellín hicieron entrega de los formularios de recolección de apoyos ciudadanos a los comités de revocatoria denominados “El pacto por Medellín te salvará; porque te amamos, te vamos a recuperar”. Dice el Juzgado: “Esta decisión, a juicio del Despacho puede contribuir a que se incremente el número de contagios por covid-19, resultantes de un proceso de recolección de firmas, en donde no está garantizada la verificación en el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad requeridos, con lo cual se pone en riesgo no solo el derecho a la salud de los habitantes de Medellín, sino que, eventualmente desconoce el debido proceso que debe seguirse en el proceso de revocatoria”.
Por este motivo, el Juzgado consideró “que están dadas las condiciones establecidas en el artículo 7º del Decreto 2591 de 1991 para una medida provisional en el presente trámite constitucional, la cual consistirá en ordenar a los comités de revocatoria del mandato del alcalde de Medellín, denominados “El pacto por Medellín te salvará; porque te amamos, te vamos a recuperar” y “Depende también de ti darle amor a Medellín, Firma por Medellín”, que suspendan a partir del día jueves 24 de junio de 2021, la recolección de apoyos ciudadanos hasta tanto se profiera sentencia en este trámite constitucional”.