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Lo último: falso testigo del montaje al almirante (r) Gabriel Arango Bacchi fue condenado a 11 años de cárcel

El juzgado 49 penal del Circuito de Conocimiento condenó en primera instancia a Miguel Esyssin Matos Montero.

5 de noviembre de 2021
Almirante Gabriel Arango Bacci
El almirante retirado Gabriel Arango Bacci | Foto: TICO ANGULO

El juzgado 49 penal del Circuito de Conocimiento condenó a 11 años de prisión a Miguel Esyssin Matos Montero, quien señaló con falsedades al almirante (r) Gabriel Arango Bacci de tener presuntos vínculos con el narcotráfico. El 3 de diciembre de 2009, la Corte Suprema declaró inocente al oficial de la Armada, acusado de vender información y colaborar con narcotraficantes y desde ese momento los acusadores pasaron a ser investigados.

La decisión del Alto Tribunal se dio luego de que la Fiscalía cambiara su posición frente a la investigación. Inicialmente el caso estaba bajo la dirección de Mario Iguarán, exjefe del ente acusador, pero bajo la administración de Guillermo Mendoza, la Fiscalía cambió al fiscal. Éste puso en duda la solidez de las pruebas en las que se había basado la resolución de acusación contra Arango Bacci.

La Corte también ordenó compulsar copias para que las autoridades competentes investiguen si los testimonios que sirvieron inicialmente para acusar a Arango Bacci fueron o no falsos. Esa petición de la Corte se debió a que la defensa de Arango argumentó que él había sido víctima de un montaje. Así las cosas, el juzgado 49 penal del Circuito de Conocimiento emitió la condena 12 años después.

Almirante Gabriel Arango Bacci
El contralmirante reitrado Gabriel Arango Bacci Fotógrafo Tico Angulo | Foto: TICO ANGULO

“El día de ayer, 4 de noviembre de 2021 el Juzgado 49 Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá condenó al señor Esyssin Matos Montero como autor responsable de los delitos de falso testimonio y fraude procesal, condenándolo a 140 meses de prisión. Estos delitos fueron cometidos dentro del proceso penal orquestado en contra del contralmirante (R) Gabriel Ernesto Arango Bacci, donde el señor Matos Montero -junto con otros falsos testigos- fue determinado a rendir declaraciones mendaces, que en su momento llevaron a la privación injusta de su libertad y causaron un daño irreparable a su honra y buen nombre”, señaló el abogado Jaime Granados, defensa del contralmirante retirado.

“Desde su representación judicial celebramos una nueva reivindicación de la justicia en este oprobioso caso que marcó la vida de esta gran persona y de su familia”, agregó la defensa del contralmirante retirado. De acuerdo con la sentencia, “ese afán de perjudicar al señor Arango Bacci faltando a la verdad, se advierte con mayor intensidad en el testigo Matos Montero, dado su ostensible interés por exaltar su relato, aún en contra de las formalidades del testimonio...”.

“Aquella investigación penal que concluyó en la absolución del investigado Arango Bacci, a su vez tuvo origen en el informe de Policía Judicial N° 088 del 20 de septiembre de 2006, remitido con oficio N° 422-D8-74851 del 22 de agosto de 2007 por la Fiscalía Octava Especializada de la UNAIM a la Unidad de Fiscalías Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, referente a la presunta participación de civiles y de personal de la Armada Nacional en conductas criminales, ligadas al narcotráfico, con indebida utilización de cartas de navegación que informaban el posicionamiento de embarcaciones de las autoridades marítimas nacionales y extranjeras, reveladas a narcotraficantes que operaban desde la costa norte de Colombia para movilizar sustancias estupefacientes”, agrega la sentencia, conocida por SEMANA.

“Remitiéndose a las estipulaciones, se estableció que el acusado Eyssin Miguel Matos Montero rindió declaraciones, bajo la gravedad del juramento ante autoridades judiciales, “en las cuales realizó afirmaciones contrarias a la verdad en contra del almirante Gabriel Ernesto Arango Bacci, a fin de vincularlo con hechos al margen de la ley relacionados con temas de narcotráfico”, valoradas y acogidas por los funcionarios para adelantar la investigación penal, acusarlo y juzgarlo por las conductas punibles de concierto para delinquir agravado, revelación de secretos, cohecho propio y prevaricato por omisión, hasta que en la sentencia del 3 de diciembre de 2009, la Corte Suprema de Justicia lo absolvió y ordenó compulsar copias contra Matos Montero, con el fin de que fuera investigado penalmente”, agrega el documento.

Posterior a ello, el juzgado 49 penal del Circuito de Conocimiento determinó, en una investigación contenida en una sentencia de 45 páginas, la falsedad en la versión de Matos Montero y de ahí derivó su condena.